El Consejo General del Poder Judicial ha denegado este jueves al juez Santiago Vidal su reincorporación a la carrera, tras haber sido suspendido por razones disciplinarias, porque no lo ve apto, al haber constatado que persiste en su falta de lealtad a la Constitución y las instituciones del Estado.
Vidal fue suspendido por tres años por una falta muy grave de ignorancia de sus deberes en relación con su participación en la redacción de una Constitución catalana.
La Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces, que ha estudiado hoy la declaración como apto de Vidal, necesaria para su reingreso en la carrera, la ha rechazado tras constatar, en función de sus manifestaciones públicas, su falta de lealtad constitucional.
La Permanente recuerda que la sanción que se impuso a Vidal acarreó la privación de todos los derechos inherentes a su condición de juez o magistrado, pero no supuso la pérdida de su condición de miembro de la Carrera Judicial, de modo que la suspensión “no le disculpa de sus obligaciones básicas, cual es primera de ellas la de lealtad constitucional, al punto de que la Ley no establece que el suspenso deba renovar su juramento o promesa de guardar y hacer guardar la Constitución, al reputar que se mantiene válido y exigible el anteriormente efectuado”.
Y ese juramento ha sido “repetidamente incumplido” por el magistrado durante los últimos tres años ya que “no se trata de hacer pesar repetidamente sobre el magistrado las consecuencias punitivas de las faltas por las que ya ha sido sancionado”, sino evidenciar “la inexistencia de presente de su capacidad para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado” a la vista de las manifestaciones e intervenciones públicas efectuadas en ese tiempo.
Un voto particular
Santiago Vidal (Sant Sarduní d'Anoia, Barcelona, 1954) podrá solicitar de nuevo el reingreso cuando sus acciones permitan apreciar que su comportamiento futuro "será conforme con el juramento de lealtad a la Constitución que tiene prestado", señala el acuerdo de la Comisión Permanente, apoyado por la mayoría de sus miembros y contra el que cabe recurso ante el Supremo.
El acuerdo ha sido aprobado con los votos a favor del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes, y de los vocales del órgano de gobierno de los jueces Fernando Grande-Marlaska, Juan Martínez Moya, Juan Manuel Fernández, José María Macías y Pilar Sepúlveda.
Los vocales progresistas Concepción Sáez -que ha anunciado la formulación de un voto particular- y Rafael Mozo se han pronunciado en contra.
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