Política

El juez concluye que los Mossos fueron clave para que se celebrara el referéndum

Mandos policiales hicieron ver sin éxito a Puigdemont, Junqueras y Forn días antes el "grave riesgo" de enfrentamientos

Discusión entre Mossos y agentes de la Policía Nacional durante la mañana del 1-O. | EFE

Los Mossos d'Esquadra fueron un engranaje indispensable para que la maquinaria del 1-O pudiera funcionar. Ésta es la contundente conclusión a la que llega el magistrado del Tribunal Supremo que ha instruido la causa del procés, Pablo Llarena, que coloca a un paso del banquillo a 25 acusados por su responsabilidad en el diseño y ejecución del plan secesionista.

En su auto de procesamiento, notificado este viernes a las partes tras casi cinco meses de investigación, el instructor analiza de forma pormenorizada la actuación de la Policía Autonómica de la Generalitat el día del referéndum de autodeterminación, que había sido prohibido por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre al admitir a trámite los cuatro recursos interpuestos por el Gobierno de la nación contra las resoluciones adoptadas por el Parlamento de Cataluña y el Govern el día anterior.

El juez reúne numerosos indicios que le llevan a dar por confirmado "el diseño de un operativo formal o aparente" con el que los responsables del anterior Ejecutivo autonómico pretendían "boicotear el cumplimiento de la orden judicial por inacción". Por orden de la Fiscalía Superior de Cataluña, reiterada posteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), los Mossos tenían la misión de cerrar -durante el viernes y sábado inmediatamente anteriores a la consulta ilegal- todos los puntos designados como centros de votación, a fin de que nadie pudiera acceder durante la jornada del domingo para depositar la papeleta.

El instructor del Supremo da por confirmado "el diseño de un operativo formal" con el fin de "boicotear" la orden judicial de cierre de los colegios electorales

Ésa era la teoría. La aplicación práctica la detalla Llarena en su resolución: "Los agentes que acudían a cada centro de votación informaban (desvelaban) que el día 1-O acudiría a cada centro una pareja policial y que procederían a cerrarlo si no lo impedía una aglomeración de personas que comprometiera el orden público. E informaban de que comprobarían el acatamiento de la orden a las 6 horas del día del referéndum". Con esa certeza, los promotores del referéndum hicieron un llamamiento a los catalanes partidarios de romper con España para que se concentraran en los colegios la víspera o a partir de las 5 de la mañana, a sabiendas de que la concentración de una muchedumbre dificultaría el desalojo y la votación podría llevarse a cabo.

El magistrado llama la atención sobre el hecho de que los responsables operativos del Cuerpo no sólo movilizaran a menos agentes que en otras convocatorias electorales -7.000 frente a 12.000, un 42 % menos- sino que además lo hicieran con una distribución claramente "ineficaz" para el fin teóricamente pretendido. "No en el sentido de poder garantizar el cierre de los grandes centros de votación, sino en el de garantizar la presencia de al menos dos agentes en los 2.259 centros de votación existentes", señala.

"Las pautas de actuación previstas eran plenamente dilatorias y tolerantes con la votación. Cuando una patrulla comprobaba que se estaba votando en un centro, si concluía que carecía de capacidad para cumplir su mandato, había de comunicarlo a la Sala Regional de los Mossos d’Esquadra. Caso de que esta Sala no pudiera dar adecuada respuesta a la situación, la Sala había de comunicarlo al Centro de Coordinación Regional, también de los Mossos d’Esquadra, que mandaría un grupo de mediación para evaluar si podían pactar una solución con los congregados en el centro de votación (debe destacarse que en aquella fecha eran ocho agentes de mediación en todo Cataluña y actuaban en binomios). Si la intervención del grupo de mediación no solventaba el problema, el Centro de Coordinación Regional valoraría si se hacía conveniente enviar de refuerzo a la Policía Local del lugar donde acaecieran los hechos. Y si tras la intervención de la Policía Local no se corregía la situación, se había de comunicar de nuevo al Centro de Coordinación Regional, que a su vez informaría al Centro de Coordinación Global de los Mossos d’Esquadra, para que éste valorara si finalmente había de pedirse refuerzo de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado", relata.

"Inacción" policial

Para acreditar la "inacción" de la Policía Autonómica, el juez recuerda que ha quedado grabado en vídeo cómo mossos llegaron a encararse con policías nacionales y guardias civiles cuando éstos trataban de clausurar puntos de votación y que no requisaran material en colegios cuando éstos se cerraron al mediodía para que los integrantes de las mesas electorales pudieran almorzar. "La actuación referida en su atestado por el Cuerpo de Mossos d'Esquadra sólo refleja, como actuación positiva pero plenamente ineficaz, la identificación de centenares de integrantes de las mesas electorales. También refiere que 24 colegios no se constituyeron en esa mañana por su actuación, sin indicar el motivo de la no constitución o las circunstancias en que pudo producirse su eventual actuación", expone.

El magistrado de la Sala Segunda del Supremo muestra su extrañeza ante el hecho de que, pese a la manifiesta inacción de los funcionarios de la Policía de la Generalitat aquel día, no se haya abierto expediente disciplinario a ninguno de los agentes -como se aprecia en los 41 vídeos aportados a la causa por la Guardia Civil- que "aparecen desplegando comportamientos incompatibles con el acatamiento de la decisión judicial de clausurar los colegios". Llarena hace esa afirmación con la información facilitada por Ferrán López, número dos del Cuerpo el 1-O y hoy máximo responsable operativo tras la destitución del mayor Josep Lluís Trapero, cuando le tomó declaración como testigo a finales del pasado mes de febrero.

En respuesta a una pregunta planteada por este redactor a través del Portal de la Transparencia, el Ministerio del Interior ha asegurado que ha abierto 23 expedientes sancionadores a mossos desde que el departamento que dirige Juan Ignacio Zoido ha asumido las competencias en materia de Interior en Cataluña en virtud de la aplicación del artículo 155 de la Constitución. El secretario general técnico de Interior, Juan Antonio Puigserver, ha precisado que los procedimientos "aún no han concluido" e, invocando una de las causas previstas en el artículo 14 de la Ley de Transparencia y Buen Gobierno, ha anticipado que no se facilitarán datos sobre las resoluciones que finalmente se adopten.

Mandos policiales hicieron ver sin éxito a Puigdemont, Junqueras y Forn el "grave riesgo" de enfrentamientos que se corría si no se desconvocaba el referéndum

El testimonio de Ferran López no sólo le ha servido a Llarena para conocer que a los Mossos que no ejecutaron la labor que tenían encomendada sólo se le han abierto informaciones reservadas. Su declaración también le ha servido para apuntalar la acusación por rebelión formulada contra el ex presidente Carles Puigdemont, el ex vicepresidente Oriol Junqueras y el ex consejero de Interior Joaquim Forn. Estos tres ex altos cargos del Govern asistieron a una reunión con los máximos responsables operativos de la Policía Autonómica el 28 de septiembre -tan sólo tres días antes de la celebración del referéndum ilegal- en la que se les hizo saber sin éxito por parte de los mandos policiales el "riesgo" que se corría si la consulta se desarrollaba debido a la "gran cantidad de colectivos movilizados en aquellas fechas".

Ello "hacía prever una ruptura respecto a situaciones pasadas y una escalada de violencia con brotes importantes de enfrentamiento", sostiene el instructor, que recuerda que los responsables del Gobierno autonómico "conocían sobradamente" los riesgos existentes tras el precedente del acoso sufrido por la comisión judicial cuando procedía a registros y detenciones en la Consejería de Economía y Hacienda el 20 de septiembre. "Pese a ello, la decisión de los miembros del Gobierno fue de que la votación había de celebrarse", apunta Llarena.

No sólo lo reveló el comisario López. Al contenido de aquella reunión, a la que el instructor concede una enorme relevancia a la hora de valorar las posibles responsabilidades penales de los ex tres altos cargos citados, también se refirieron el jefe de la Comisaría General de Información (Manuel Castellví) y el jefe de la Comisaría General Técnica de Planificación (Emili Quevedo) cuando fueron citados a declarar como testigos en el Tribunal Supremo.

El juez muestra su extrañeza por que Interior no haya abierto expedientes sancionadores a los agentes que hicieron dejación de funciones, como se aprecia en los vídeos

"La responsabilidad de los tres miembros del Gobierno presentes en la reunión viene esencialmente determinada por la decisión de promover el referéndum que determinaría la declaración de independencia, sirviéndose o asumiendo la violencia que exigiría o comportaría su celebración, tal y como en ese momento se evidenciaba. Máxime cuando se había ideado que la movilización ciudadana era un instrumento necesario para que el Estado español aceptara la independencia de Cataluña y se conocía que se habían desplegado importantes fuerzas del orden para evitar el quebranto de legalidad. Ello es lo determinante para asentar la responsabilidad de quienes el 28 O rechazaron poner término al proceso ilegal que propiciaba el riesgo de violencia en la calle, con independencia de que los responsables policiales del Cuerpo de Mossos d’Esquadra asumieran o desatendieran la orden judicial de impedir -como cuerpo policial que tiene encomendadas las funciones de orden público en la Comunidad Autónoma de Cataluña- la apertura de los centros de votación, el desarrollo del referéndum y la realización del escrutinio", argumenta.

Apelando a las "reglas de la lógica y de la experiencia humana", el juez llega a la conclusión de que "los responsables políticos tuvieron que cursar a la Policía Autonómica la orden de no impedir la votación", motivo por el que los responsables operativos del Cuerpo "diseñaron un mecanismo de actuación que impedía que un agente de los Mossos d’Esquadra pudiera cumplir la decisión judicial de un modo real o eficaz".

'Línea dura'

Llarena vincula esta 'línea dura' con la destitución de Jordi Jané como consejero de Interior sólo dos meses antes -concretamente el 14 de julio de 2017- por no compartir un "apoyo férreo" a la vía unilateral de independencia, motivo por el que Puigdemont prescindió también de otros dos miembros de su gabinete: Jordi Baiget (Industria) y Meritxell Ruiz (Enseñanza). "Tan pronto como el Sr. Jané fue sustituido por Joaquim Forn, éste declaró ante los medios de comunicación que la función de los Mossos d’Esquadra era facilitar la votación, lo que determinó que el director general de Interior, Albert Batlle, dimitiera de su cargo", observa. Forn no sólo firmó el decreto de convocatoria del referéndum; también reconoció haber ido a votar el 1-O.

Cuando declaró como testigo el coordinador de los tres cuerpos policiales, el coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, éste llamó la atención sobre el hecho de que, cuando se reunió con los responsables de la Generalitat el 28 de septiembre, éstos hubieran puesto más el acento en el inciso que la magistrada del TSJC Mercedes Armas hizo en su auto en el sentido que el cumplimiento de su orden no perjudicara la normal convivencia ciudadana que en la decisión de la juez de que se clausuraran los centros de votación. Pérez de los Cobos destacó que los representantes de los Mossos defendieron en aquel encuentro la necesidad de que la votación se llevara a cabo sin enfrentamientos y que la Policía Nacional y la Guardia Civil sólo actuaran el día de la consulta a petición de los Mossos y no por decisión propia.

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