La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recordado este martes a las autoridades alemanas que "en ningún caso" entra a valorar el fondo a la hora de posicionarse durante las tramitaciones de las órdenes europeas de detención. Así lo ha afirmado la Fiscalía en un comunicado para explicar que ha informado favorablemente ante el Juzgado Central de Instrucción número 2 una orden europea de detención cursada por Alemania por unos presuntos delitos de contrabando y elusión fiscal contra un ciudadano con pasaporte británico.
"La Fiscalía de la Audiencia Nacional, respetuosa para con el espíritu que debe presidir la interpretación de las órdenes europeas de detención y fiel al principio de reconocimiento mutuo de resoluciones judiciales, en ningún caso ha entrado a valorar la entidad de los elementos de prueba de que disponen las autoridades requirentes, como viene siendo habitual", ha manifestado.
Nueva nota de la Fiscalía con alusiones a Schleswig-Holstein y Puigdemont:
- favorable a una orden alemana contra un inglés por contrabando
- respetuosa con la interpretación de las órdenes europeas
- fiel al principio
de reconocimiento mutuo
- no valora los elementos de prueba pic.twitter.com/DRU84TrZyM— Matthew Bennett (@matthewbennett) April 10, 2018
Así lo ha manifestado el Ministerio Público después de que el Tribunal Regional Superior (OLG) de Schleswig-Holstein, en el norte de Alemania, acordara la libertad condicional del ex presidente catalán Carles Puigdemont, rechazando extraditarle por el delito de rebelión y cuestionando el de malversación.
La decisión de Schleswig-Holstein
Aunque los jueces alemanes reconocen que Puigdemont fue "corresponsable", al menos políticamente, de la generación de los costes del referéndum por un valor de 1,6 millones de euros, también señalan que lo expuesto por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena en la orden europea de detención "no satisface" las exigencias legales por no contender una "descripción suficiente" de las circunstancias en las que se produjeron los hechos.
En cuanto al delito de rebelión, el tribunal de Schleswig-Holstein explica que "el comportamiento del que es acusado el señor Puigdemont no es penalmente punible en Alemania" porque el delito alemán de alta traición --con el que se compara el delito español de rebelión-- requiere que haya una "violencia" tal sobre terceros que presione al "órgano constitucional" hasta el punto de doblegar su voluntad. "Este no es el caso aquí", sostiene.
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