El rector de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), Javier Ramos, ha convocado este martes al Consejo de Gobierno para proponer el nombramiento de la persona que dirigirá provisionalmente el Instituto de Derecho Público tras la suspensión cautelar de funciones del catedrático Enrique Álvarez Conde por su presunta responsabilidad en el escándalo del máster de Cristina Cifuentes. La designación se producirá mientras avanza la investigación que lleva a cabo la Fiscalía.
La reunión extraordinaria del órgano colegiado de gobierno de la URJC se desarrollará a partir de las 10 horas y el orden del día tiene como único punto plantear y someter a aprobación el nombre del profesor que asumiría las riendas de este organismo con personalidad jurídica propia mientras se sustancia el expediente disciplinario abierto a Álvarez Conde. Éste es el director del Instituto de Derecho Público de esta universidad madrileña desde su creación a finales de diciembre de 2011.
El rector ha sondeado en los últimos días a varios profesores para conocer si estarían dispuestos a asumir las riendas del instituto de manera temporal y cubrir el vacío de poder que se registra desde hace dos semanas, al estar el director suspendido temporalmente y haber dimitido la subdirectora (Laura Nuño). Este diario ha podido confirmar que varios de los docentes con los que ha hablado Ramos, que busca el mayor consenso posible, han rechazado abiertamente ese ofrecimiento.
Aunque alguno de los profesores le han aconsejado que sea un miembro del equipo de gobierno quien se ponga al frente en esta etapa transitoria, Javier Ramos ha descartado totalmente esa posibilidad. También se da por seguro que el elegido no pertenecerá al ámbito del Derecho Constitucional, área de conocimiento al que pertenece la cátedra de Álvarez Conde.
En su artículo 98, los estatutos de la Universidad Rey Juan Carlos establecen que "el Consejo de Gobierno encargará provisionalmente las funciones de dirección a un profesor doctor con vinculación permanente adscrito al mismo o a otro departamento". Ese mandato temporal termina en el momento en que haya un "director electo".
El rector propondrá a un profesor doctor que no forma parte del actual equipo de gobierno y ajeno al área de Derecho Constitucional
Enrique Álvarez tendría que haber iniciado semanas atrás un nuevo mandato como director de este instituto al ser la única candidatura presentada, pero su elección se pospuso por las irregularidades que rodean el curso de posgrado en el que se matriculó la hoy presidenta de la Comunidad de Madrid y a cuya utilización ha renunciado.
Los estatutos fijan que, en condiciones normales, es el consejo del instituto el que elige al director "entre los profesores doctores vinculados a la Universidad Rey Juan Carlos y miembros del mismo que "acrediten un mínimo de dos periodos de actividad investigadora y tres periodos de actividad docente". El mandato tiene una duración de cuatro años.
El pasado 13 de abril, el rector anunció la apertura de expedientes disciplinarios tanto al catedrático y director del máster bajo sospecha como a la funcionaria Amalia Calonge. Fue ésta la que modificó, sin autorización de la unidad correspondiente, las calificaciones de las dos asignaturas del expediente académico de la hoy presidenta de la Comunidad de Madrid en las que aparecía inicialmente como ‘no presentada’ y en las que finalmente le constaba un notable.
El catedrático ha reconocido que se fabricó el acta esgrimido inicialmente por Cristina Cifuentes para intentar acreditar que había defendido su trabajo ante el tribunal el 2 de julio de 2012 y que había obtenido una calificación de 7.5. El documento está firmado presuntamente por las profesoras Alicia López de los Mozos (presidenta), Clara Souto (vocal) y Cecilia Rosado (secretaria), si bien las dos primeras ya han reconocido que ésas no son sus rúbricas y que no participaron en ningún jurado que hubiera examinado a la actual jefa del Ejecutivo madrileño.
"Hay que reconstruir un acta"
Según la versión defendida por Álvarez Conde en Onda Cero, fue el rector el que le pidió el trabajo y, al decirle que no lo tenía -"la normativa exige que se destruyan a los 2 años", precisó-, le espetó que hacía falta un documento. "Hay que reconstruirlo", me dijo. Intentamos reconstruir una hipotética acta, fue hecha por otra de mis discípulas, y se la enviamos por la tarde", desveló. Javier Ramos ha desmentido esta versión y ha anunciado que estudiaría dichas declaraciones por si fueran constitutivas de delito.
En su artículo 98, el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario "no podrá exceder de seis meses" salvo que la paralización del procedimiento se impute al interesado, pudiendo percibir éste durante el tiempo que dure la medida cautelar las "retribuciones básicas".
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