El ministro de Justicia Rafael Catalá ha solicitado a dos fiscales de su gabinete que analicen de forma pormenorizada la sentencia de la Audiencia de Navarra, donde se condena a nueve años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a los integrantes de ‘La Manada’. El objetivo es estudiar si cabe o no reforma alguna en el Código Penal, en concreto, en el capítulo donde se encuentran tipificado los delitos sexuales.
Según ha podido saber El Independiente, el titular de Justicia ha adoptado esta medida después de conocer el polémico fallo del tribunal y la gran indignación social despertada con el mismo. Fuentes del Ejecutivo reconocen que están dispuestos a llevar a cabo reformas en nuestra legislación si se aprecia nuestro ordenamiento se ha quedado “desfasado” u “obsoleto” en esta materia.
No en vano el ministro portavoz, Íñigo Méndez de Vigo, anunció en la rueda de prensa del Consejo de Ministros que el Gobierno revisará dichos delitos ya que "hay una mayor concienciación y sensibilización hacia una tolerancia cero hacia este tipo de actuaciones y por eso, el ministro de Justicia ha anunciado que ha pedido que se reúnan para reflexionar sobre ello".
Lo cierto es que la sentencia notificada este jueves por la Audiencia de Navarra ha contado con una gran repulsa social ya que en ella los jueces afirman que no hubo violencia directa -requisito que exige el Código Penal para que sea una violación o agresión sexual- por lo que rebajaron considerablemente las peticiones de penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación para los integrantes de ‘La Manada’, José Ángel Prenda, Jesús Escudero, Ángel Boza, el militar Alfonso Jesús Cabezuelo y el guardia civil Antonio Manuel Guerrero, que fueron condenados por abusos sexuales.
En la resolución, los magistrados argumentaron que para que se trate de una agresión sexual se tiene que probar “la existencia de una violencia idónea, no para vencer la resistencia de la víctima -por mucho que ésta, según declara el Tribunal Supremo, no tenga que ser desesperada, sino real, verdadera, decidida, continuada y que exteriorice inequívocamente la voluntad contraria al contacto sexual-, sino para doblegar la voluntad del sujeto pasivo”. La sentencia de la mayoría contó con un duro voto particular, del magistrado Ricardo González, donde se sostuvo que los vídeos que fueron aceptados como prueba en la vista oral muestran “actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo”.
Por otro lado, la Fiscalía de Navarra ha anunciado este viernes que recurrirá la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra ya que considera que sí hubo “agresión sexual”.
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