La Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein, encargada de decidir si entrega a España al ex presidente catalán Carles Puigdemont, ha decidido ampliar un mes más el plazo legal previsto para pronunciarse sobre si ejecuta o no la euroorden cursada por el magistrado Pablo Llarena, según avanzan fuentes jurídicas a El Independiente.
Los jueces Martin Probst, Matthias Hohmann y Matthias Schiemann comunicaron este martes dicha circunstancia a Eurojust, organismo que a última hora de la mañana transmitió la decisión al Tribunal Supremo. De esta forma, el tribunal alemán alarga hasta los 90 días el plazo para estudiar si finalmente entrega o no a España al líder separatista. En principio, los 60 días que configuran el periodo legal habitual para adoptar esta decisión expiraban este jueves. Ahora, Alemania gana tiempo hasta finales del mes de junio.
Por otro lado, esta decisión se ha producido después de que dicho tribunal haya señalado de nuevo que no existe “ningún motivo”, por ahora, para volver a considerar el cargo de rebelión en el caso de la entrega a España de Puigdemont. Los magistrados entienden que no hay pruebas nuevas que permitan, por el momento, equiparar el delito de Alta Traición del Código Penal alemán con los hechos que se le imputan en el Supremo al expresidente de la Generalitat.
“Desde el punto de vista del tribunal, en el marco del proceso no ha habido ni en la base probatoria ni en la consideración jurídica de los hechos un cambio significativo que lleve a un cambio de la postura que quedó reflejada en la decisión del 5 de abril de 2018”, explicó este martes el tribunal en una resolución dada a conocer a las partes.
En estos momentos, la fiscalía alemana está pendiente de formalizar una nueva petición de entrega próximamente sobre Carles Puigdemont que incluya la del delito de rebelión. De ahí, que los jueces germanos hayan ampliado un mes más el plazo legal para pronunciarse sobre la misma, apuntan fuentes jurídicas.
En un informe remitido a los fiscales alemanes el pasado mes de abril, Llarena les dio la opción de enmarcar la declaración unilateral de independencia de Cataluña y el referéndum ilegal del 1-O en los delitos de rebelión, sedición y también conspiración para la rebelión.
El instructor del procés abría así la posibilidad a que en caso de que la Audiencia de Schleswig-Holstein no apreciara el concepto de violencia entregara a Puigdemont por sedición; un delito que exige de un alzamiento público y tumultuario para impedir por la fuerza o fuera de las vías legales “la aplicación de las leyes, el ejercicio legítimo de la autoridad o el cumplimiento de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales”. O incluso calificar los mismos hechos -recalcó el juez del Supremo- como una tentativa de violencia en la conspiración para la rebelión.
En estos momentos, el tribunal germano también ha rechazado considerar el delito de perturbación del orden público puesto que el ex president no puede ser responsabilizado personalmente de hechos que pudieran constituir ese delito. Así las cosas, salvo cambio de criterio, la detención contra Puigdemont en Alemania sigue limitada al cargo de malversación de fondos públicos.
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