Las decisiones de Quim Torra están sometidas a "autorización" del Gobierno, cuya actuación se configura "como un auténtico control de legalidad, que no de oportunidad, que resulta de la habilitación del artículo 155 de la Constitución". En conclusión, que está legitimado para impedir la publicación de los nombramientos como consejeros de dos huidos y dos encarcelados por su implicación en el procés, tal y como pretendía el títere de Carles Puigdemont. Esta es la respuesta, por escrito, que el secretario de Estado de Administraciones Territoriales, Roberto Bermúdez de Castro, ha remitido al presidente de la Generalitat, fundamentada en un informe de la Abogacía General del Estado de este martes "por la que estima que no resulta factible la publicación pretendida".
El Gobierno niega que la autorización deba entenderse "como un control meramente formal" ni tampoco la publicación de según qué decisiones "como un acto debido y reglado". El 155 faculta al Gobierno para "velar por el cumplimiento de la normativa estatal y autonómica de aplicación, al objeto de seguir manteniendo el orden constitucional frente a actuaciones contrarias al mismo".
Los huidos y encarcelados "no podrán desempeñar sus funciones institucionales"
La Abogacía del Estado y los servicios jurídicos entienden que el pretendido nombramiento de Josep Rull, Jordi Turull, Lluis Puig y Toni Comín -los dos primeros encarcelados y los otros dos huidos en Bélgica- "no es válido ni eficaz pues atendiendo a los parámetros exclusivamente jurídicos, no podrán desempeñar sus funciones institucionales como consejeros con arreglo a las previsiones y exigencias que para tal cometido recoge la normativa vigente".
Dicha autorización, "impone entender que la publicación del acto tendrá necesariamente lugar si el contenido del acto se ajusta a la legalidad; y, por el contrario, si el contenido del acto no se ajusta a dicha legalidad, la publicación no podrá autorizarse.
A falta de toma de posesión de un gobierno viable, "al momento presente siguen resultado plenamente de de aplicación las previsiones contenidas en el apartado E.3" del acuerdo alcanzado en el Senado el 27 de octubre del pasado año, "que faculta al Gobierno a someter a autorización los actos, acuerdos, resoluciones o disposiciones normativas que hayan de ser objeto de publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya".
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