¿Seguiría adelante la moción de censura si Mariano Rajoy presenta finalmente su dimisión ante el riesgo de que pueda prosperar la iniciativa promovida por el PSOE? ¿Habría elecciones si renuncia el presidente del Gobierno? ¿Quién asumiría la Presidencia en funciones en caso de que Rajoy decida dar por terminada de forma anticipada su etapa? El debate y votación de la moción de censura presentada por el PSOE para desalojar al PP del Ejecutivo abre varios posibles escenarios. Éstas son las respuestas a las preguntas clave para entender qué podría ocurrir.
- ¿Se seguiría tramitando la moción de censura en caso de que Rajoy dimitiera antes de que se debata? No. Si el objetivo perseguido con la moción de censura es desalojar al Gobierno y éste dimite, la iniciativa decaería de forma automática siempre y cuando diera tiempo a publicarlo en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del comienzo de la votación. "No tendría sentido. No se puede hacer caer al que ya ha caído", sentencia el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco Eduardo Vírgala.
- ¿Y si la dimisión se produce iniciada la sesión pero antes de la votación? Comenzada la votación, ésta ya no se puede detener bajo ninguna circunstancia. Si Rajoy formalizara su renuncia iniciada la sesión en el que se debatirá la moción de censura pero antes de que los 350 diputados que integran la Cámara Baja emitan su voto, sería la presidenta del Congreso quien tendría que decidir si acepta la renuncia o se sigue tramitando la iniciativa para desalojar al inquilino actual de la Moncloa. Ello no está regulado de forma expresa en el sistema parlamentario español, pero la lógica invita a pensar que si ya ha dimitido no tiene sentido que se llegue a la votación.
- Si dimite Rajoy para neutralizar la moción de censura, ¿habría elecciones de forma automática? No. De ocurrir dicha circunstancia, el Jefe del Estado tendría que iniciar una ronda de consultas previa a la formación del nuevo gabinete, como establece el artículo 99: "Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno". De conseguir el apoyo, el candidato que lograra el respaldo del Congreso agotaría la legislatura iniciada tras las elecciones generales celebradas el 26 de junio de 2016, por lo que el 1 de junio de 2020 como muy tarde -25 días antes- tendría que disolver el Parlamento y convocar nueva cita con las urnas. Sólo en el caso de que el candidato no consiguiera mayoría en el plazo de dos meses se daría por terminado el mandato iniciado por Mariano Rajoy el 29 de octubre de 2016 y se llamaría a los españoles otra vez a votar.
- ¿Quién sería presidente del Gobierno en funciones si dimite Rajoy? Si finalmente presentara su dimisión ante el riesgo de que pudiera prosperar la moción de censura que se debate este jueves en el Congreso de los Diputados, Mariano Rajoy seguiría al frente del Ejecutivo hasta que tomara posesión el nuevo gabinete. Así lo establece expresamente el artículo 101.1 de la Constitución: "El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente". Como precisa el catedrático de Derecho Constitucional Eduardo Vírgala, la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría sólo se convertiría en presidenta en funciones en caso de fallecimiento del presidente.
- ¿Existe algún precedente? Sí. Adolfo Suárez ocupaba escaño como presidente del Gobierno en funciones cuando el 23-F de 1981 un grupo de guardias civiles capitaneado por el teniente coronel Antonio Tejero irrumpió en el hemiciclo e interrumpió la sesión plenaria en la que se votaba la investidura de Leopoldo Calvo-Sotelo como segundo presidente de la etapa democrática. En una declaración al pueblo emitida por TVE, el líder de UCD había anunciado el 29 de enero su dimisión como presidente del Gobierno y de su partido. Tras la asonada, Clavo-Sotelo fue proclamado jefe del Ejecutivo el 25 de febrero.
- Si prospera la moción de censura, ¿cuándo sería investido presidente Pedro Sánchez? "Al ser una moción de censura constructiva, de salir adelante, Pedro Sánchez sería nombrado nuevo presidente del Gobierno inmediatamente", explica el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla Fernando Álvarez Ossorio. En el momento en que triunfara la moción de censura, tomaría posesión el presidente investido y se publicaría en el BOE con carácter inmediato una vez que contara con la indispensable firma el rey. "El Gobierno entrante lo podría nombrar Sánchez en un día", añade Álvarez Ossorio.
- ¿Puede el presidente del Gobierno disolver las Cortes cuando esté en trámite una moción de censura? No. La Carta Magna lo regula de forma nítida en su artículo 115.2: "La propuesta de disolución no podrá presentarse cuando esté en trámite una moción de censura".
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