Al Partido Popular no le ha quedado claro por qué razón la Sección Segunda de la Audiencia Nacional le ha condenado como partícipe a título lucrativo en la Primera Época de la trama Gürtel (1999-2005). Por esta razón, su letrado Jesús Santos ha remitido un escrito de aclaración de sentencia al citado tribunal, al que ha tenido acceso El Independiente, donde le pide, entre otras cuestiones, que “rectifique” y absuelva al partido.
El pasado mes de mayo la Audiencia condenó al PP por la vía civil a pagar 245.492,80 euros por gastos electorales en los Ayuntamientos madrileños de Pozuelo de Alarcón y Majadahonda que se habrían sufragado con el dinero de las comisiones aportadas por la trama corrupta capitaneada por Francisco Correa. Dicha condena dio el pistoletazo de salida a una moción de censura que cambió el Gobierno de nuestro país y acabó, además, con la dimisión de Mariano Rajoy como presidente del PP.
Sin embargo, la formación conservadora se defiende en los tribunales y sostiene que en la resolución de la Audiencia Nacional se aprecian “omisiones relevantes” sobre la absolución del Partido Popular como partícipe a título lucrativo ya que “no se produjo el lucro atribuido en relación con sus gastos electorales” ni “el necesario conocimiento del enriquecimiento que se le atribuye”.
Para los ‘populares’ el motivo de esta condena no ha quedado claro: “¿Por qué se hace responsable al Partido Popular de entregas de dinero procedentes de las cuentas del "Grupo Correa", cuyos perceptores fueron los propios Correa, Pérez, Crespo o Sepúlveda?”; “¿cómo saben los nagistrados de la mayoría que después ese dinero se invirtió en pagar actos del Partido Popular? ¿Qué actos, dónde se celebraron, cuándo tuvieron lugar?”; “¿por qué la sentencia dice que esos fondos tienen origen desconocido y sin embargo los incluye como posible producto de un delito? ¿por qué “servicios que no han podido concretarse”, sin embargo los atribuye a campañas electorales?; No hay sobre esto la más mínima mención en la sentencia”, critica el PP en su escrito enviado a los jueces.
El abogado de Génova 13 también pone el acento en que “la sentencia acuerda que se produjeron unos actos electorales de los que se habría beneficiado el Partido Popular a nivel nacional y, sin embargo, no analiza qué se considera gasto electoral, cómo se sufragan los gastos electorales, quién puede realizar gasto electoral, etc”.
Personas que actuaron "al margen" del PP
Tampoco se entiende en la formación de Rajoy por qué la Audiencia Nacional ha concluido que "los responsables del Partido Popular sabían cómo se financiaban las elecciones y en nuestro caso las de Majadahonda y Pozuelo” si en la resolución de la Sección Segunda “no se realiza la conexión entre ese acervo probatorio que refiere y ese supuesto conocimiento del Partido Popular a nivel nacional más allá de acudir a la lógica”.
De igual manera, se critica que “se obvia en la sentencia mencionar en qué prueba directa y en qué motivos concretos se fundamenta la conclusión por la que se acuerda condenar al Partido Popular en condición de responsable civil del artículo 122 del Código Penal, cuando no ha quedado explicado en qué pruebas concretas se basa el conocimiento que se atribuye a mi principal de las atribuciones concretas que pudieran haberse realizado a personas que en todo caso actuaron al margen del partido, en contra de los intereses de éste, sin poder para representar al partido, y en contra de la prohibición expresa de actuar a espaldas del partido; tampoco, pues, ha sido explicado cómo unas actuaciones realizadas en contra de esa prohibición puede beneficiar a quien las rechazaba; y mucho menos ha quedado motivado en la sentencia por qué razón se ha considerado que partidas que nada tienen que ver con el Partido Popular hayan podido beneficiarle”.
Entre las explicaciones que reclama el abogado del Partido Popular a la Audiencia Nacional se encuentra que “la sentencia debe completarse en el sentido de indicar en qué concretos hechos y motivos se acuerda dicha condena, más allá de lo que pone de manifiesto el escrito de acusación del Ministerio Fiscal”. Los populares reclaman “una concreción mínima” que los “salve” de la “indefensión proscrita en el artículo 24.1 Constitución española”.
Por último, a la par que solicitan todas estas aclaraciones del fallo se pide al tribunal que acuerde “las rectificaciones derivadas de la misma”, es decir, su absolución en esta trama de corrupción.
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