El colectivo de funcionarios Manos Limpias, acusación popular en el caso Nóos y artífice de que la Infanta Cristina se sentara en el banquillo de los acusados, solicitará de manera inmediata a la Audiencia de Palma que ordene el ingreso en prisión de Iñaki Urdangarin y su ex socio Diego Torres por riesgo de fuga. El cuñado del Rey Felipe VI reside desde hace casi cinco años en la ciudad suiza de Ginebra.
El secretario general de Manos Limpias, Miguel Bernad, ha informado a El Independiente de que los abogados trabajan ya en la redacción del escrito para que la procuradora lo presente "esta misma tarde o mañana por la mañana" y ha anunciado que el sindicato llegará hasta Estrasburgo al considerar que la sentencia del Tribunal Supremo, que condena al marido de la Infanta Cristina a cinco años y diez meses de prisión, es "benévola" y da un trato "privilegiado" a los procesados.
"Desde el máximo respeto a las resoluciones judiciales, pero también desde nuestro derecho a discrepar, Manos Limpias va a recurrir la sentencia, primero ante el Tribunal Constitucional y con posterioridad ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Las condenas a Ignacio Urdangarin, Diego Torres y a la Infanta Cristina, rebajándole a ésta sustancialmente la sanción económica, la analizamos no sólo como benevólas sino también como manifiestamente privilegiadas", expone.
La posición procesal del colectivo de funcionarios fue fundamental para que Cristina de Borbón se sentara en el banquillo de los acusados como presunta cooperadora necesaria de dos delitos fiscales cometidos por su marido. Fue la única parte que mantuvo la acusación contra la infanta, absuelta de los delitos imputados pero a la que el alto tribunal confirma como partícipe a título lucrativo en los hechos enjuiciados.
Bernad ha defendido que es "la primera sentencia" en la que "la casi totalidad de la sociedad española discrepa" por quedar "en evidencia palmaria la bondad de la misma y el privilegio a los condenados", al tiempo que ha adelantado que en el recurso que elevarán a la Justicia europea denunciarán "las presiones" que recibió para que retiraran la querella.
El líder de Manos Limpias anunciará que acudirán a Estrasburgo, donde denunciará las "presiones" que recibió para retirar la querella
"La respuesta fue la detención e ingreso en prisión de Miguel Bernad. Se trató de expulsar a Manos Limpias de este procedimiento y para ello era necesario criminalizar a Miguel Bernad en una operación que yo califico de las cloacas del Estado", ha añadido. El líder del colectivo de funcionarios públicos se enfrenta a una petición de pena de la Fiscalía de 25 años y diez meses de prisión por un delito de organización criminal, cuatro continuados de extorsión y dos en grado de tentativa por las supuestas presiones ejercidas de la mano de la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros (Ausbanc) para retirar acusaciones en las que Manos Limpias ejercía la acusación popular.
Manos Limpias también ha interpretado como "ilegal e inconstitucional" que se haya condenado a Manos Limpias "por querella temeraria y de mala fe" después de que tanto el juez instructor (José Castro) como la Audiencia de Palma la hubieran admitido al considerar que "existían sólidos indicios de delito y no la rechazaron de plano".
En su sentencia, el Tribunal Supremo señala que algunos indicios hacen pensar que la estrategia procesal de esta parte en relación con Cristina de Borbón estaba presidida por "consideraciones ligadas más bien a escenarios extraprocesales" que con el legítimo proceso de convencer a un tribunal de que esa condena era justa.
El Tribunal Supremo vincula la estrategia procesal de esta acusación popular a "escenarios extraprocesales"
En este sentido, afea a la dirección letrada de esta acusación popular que hubiera pedido ocho años de prisión para la hermana del Rey por la supuesta comisión de dos delitos fiscales: "Se hace difícil pensar que un profesional del Derecho considere que un delito contra la Hacienda pública del que no es autor, sino cooperador necesario y por cuantía no superior a 120.000 euros, merezca ese máximo punitivo, despreciando sin razones especiales la posibilidad del artículo 65.3 del Código Penal que permitiría rebasar por debajo el mínimo legal o minimizando el dato de que la cantidad adeudada ha sido íntegramente consignada", subraya.
La Sala aprecia que el comportamiento de Manos Limpias en las últimas fases del proceso estuvo presidido por "una ausencia de prudencia y de ponderación y una absoluta y aparentemente deliberada y preconcebida impermeabilidad a cualquier elemento que pudiera favorecer a quien acusaba en solitario".
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