La Fiscalía considera que hay riesgo de reiteración delictiva con los miembros de 'La Manada' ya en libertad apoyándose en que tienen una causa abierta por hechos de “naturaleza análoga” en la localidad cordobesa de Pozoblanco. Así lo defendió el Ministerio Público en la vista que se celebró el pasado lunes en la Audiencia de Navarra y así lo recogerá previsiblemente en el recurso de súplica que presentará en los próximos ante el tribunal que preside el magistrado José Francisco Cob contra el auto de excarcelación de La Manada.
El fiscal entiende que el hecho de los condenados José Ángel Prenda, Ángel Boza, Jesús Escudero, Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo, se encuentren ya en libertad aumenta además la posibilidad de riesgo de fuga puesto que ahora pesa una sentencia condenatoria contra ellos de nueve años de prisión que no existía cuando fueron enviados a la cárcel de forma preventiva el 8 de julio de 2016.
Además, según informan fuentes jurídicas, para el acusador público –que pedía prorrogar hasta el límite legal de los 4 años y seis meses la prisión provisional para La Manada- es también clave el hecho de que los condenados estén siendo investigados en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Pozoblanco por unos hechos que se enmarcan en otro delito de carácter sexual. Es cierto que ese procedimiento se encuentra aún en fase de instrucción pero para el fiscal es una prueba evidente del riesgo de reiteración delictiva.
En el auto donde se acordó la excarcelación de los jóvenes sevillanos, la Audiencia de Navarra admitió, que si bien se les investiga por otro caso con un delito de naturaleza sexual en Pozoblanco (Córdoba), los condenados que aún no han sido ni procesados ni juzgados ya que el caso continúa en fase de instrucción.
Sin antecedentes penales
“Ninguno de los acusados ahora condenados cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados y no puede desconocerse tampoco que la repercusión que ha tenido este caso y la presión que ha desatado han alimentado un rechazo social de tal magnitud respecto de los cinco acusados que ello permite cuestionar fundadamente ese hipotético riesgo de reiteración delictiva que, respecto de cuatro de ellos, se presume por las acusaciones, pues lo que todo ello hace presumir, en buena lógica, no son sino extraordinarias dificultades para que puedan desarrollar una vida social normalizada en libertad una vez regresen a su entorno familiar y social; todo ello, junto con la pérdida de su anonimato a que anteriormente hemos hecho referencia, hace poco menos que impensable el referido riesgo de reiteración delictiva”, sostuvo la resolución.
La Sala señaló que el “sosiego de la víctima” de ‘La Manada’ quedaría garantizado por los 500 kilómetros de distancia entre Madrid y Sevilla, los lugares de residencia de la joven y los jóvenes sevillanos condenados por abuso sexual. “Debe considerarse que los acusados tienen su residencia a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima y que garantizar su tranquilidad y su sosiego es algo que entendemos puede procurarse mediante la adopción de medidas menos gravosas que la prolongación de la situación de prisión provisional, como las previstas en el art. 544 bis LECrim., en la que se encuentran desde hace poco menos de dos años y máxime si consideramos que el estatus de preso preventivo es aún más penoso que el que corresponde al penado que inicia el cumplimiento de la sanción firme”, explicó el tribunal.
El Ministerio Fiscal ya ha anunciado que recurrirá en súplica esta resolución. Dicho recurso será resuelto por el mismo tribunal que ha acordado la libertad del Prenda y sus compañeros; de ahí, las escasas probabilidades de estimación del mismo.
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