No es habitual, pero ocurre. El uniforme no es ninguna garantía. En realidad, en pocas empresas se librarían de tener un listado así si el régimen disciplinario fuera tan estricto como el que se aplica a ellos. Guardia Civil y Policía Nacional tampoco están a salvo de que sus integrantes asistan a su puesto de trabajo en condiciones dudosas. Son la excepción, es cierto. También que su número se reduce anualmente. Hace años se achacaba al carajillo del café, a la copita de última hora o a la cerveza con la que mitigar el calor. Pero acudir al trabajo con una copa de más ha dejado de ser una desagradable anécdota para convertirse en motivo de expediente grave o muy grave en el trabajo.
Si quien lo comete debería predicar con el ejemplo, la sanción puede ser incluso mayor: la pérdida del empleo. Vistas las cifras de los últimos años, sorprenden. Sólo en la última década, en la Guardia Civil se abrieron 150 expedientes disciplinarios a otros tantos agentes por trabajar en estado de embriaguez o por consumir alcohol mientras se encontraban de servicio. Si la mirada se amplía a dos décadas atrás, la cifra alcanza los 366 casos. Sin duda, suponen casos aislados si se tiene en cuenta que actualmente el Cuerpo cuenta con más de 85.000 agentes, todos ellos obligados a respetar el código de disciplina y de decoro que recientemente adelantó El Independiente.
La sanción por estar bebido durante el servicio pasa por la suspensión de empleo hasta seis años, la pérdida de escalafón o cambio de destino
En la mayoría de los expedientes se hace tras constatar que los agentes han superado de modo evidente los niveles establecidos como permitidos -0.3 gramos de alcohol por litro en aire expirado- y se sancionan como falta disciplinaria “muy grave”. Los agentes que son investigados y en su caso sancionados por beber más de la cuenta o por hacerlo durante horas de servicio son minoría. El año pasado se abrió apenas una decena de expedientes a agentes del Cuerpo por este motivo.
Pérdida de empleo
Una cifra que está lejos de lo que sucedía hace unos años. Según datos aportados por el Gobierno, hace apenas una década el número expedientes por embriaguez o consumo de alcohol entre agentes de la Guardia Civil era el triple que en la actualidad y aún mucho más elevado si nos remontamos al comienzo de la década de 2000. Aquel año, en la Benemérita se expedientó a 39 guardias. En total, entre 1998 y 2008 el consumo de alcohol fue la causa para 216 expedientes disciplinarios, lo que hace un total en las dos últimas décadas de 366 casos.
Los casos se repiten por numerosos cuarteles, si bien con menor presencia que hace unos años. Si a finales de los 90 o comienzos de los años 2000 los expedientes se abrían en cuarteles de más de una veintena de provincias, en los últimos años las sanciones por embriaguez se han tramitado en 9 o 10 cuarteles únicamente.
Históricamente, el problema del consumo de alcohol no es nuevo. Los casos eran más frecuentes en los años más duros de la amenaza terrorista, en los que a la presión que suponía la amenaza de la banda sobre los agentes se sumaba, en especial en los cuarteles del País Vasco y Navarra, la soledad en la que se debía vivir. Una complicada situación que llevó a algunos agentes a vivir momentos difíciles profesional y socialmente.
Los agentes tampoco pueden ser vistos ebrios fuera de servicio más de tres veces en un año. De hacerlo, supondrá una "falta muy grave"
Una vez que se abre un expediente por esta causa se investiga el grado de infracción cometido y en función de la misma se impone una sanción, tal y como recoge la Ley que fija el Régimen disciplinario de la Guardia Civil, que data de 2007. Las sanciones establecidas van desde la pérdida del destino a la separación del servicio, la pérdida del escalafón y, en los casos más graves, la suspensión temporal de empleo. De los 366 casos abiertos desde 1998, la suspensión de empleo se ha impuesto en algo menos de la mitad de los casos, en 146 ocasiones. La pérdida de empleo puede aplicarse por un periodo que va desde los tres meses y hasta los 6 años, en los casos más graves.
Tampoco fuera de servicio
Se considera una falta “muy grave”, equiparable a la del consumo de estupefacientes u otras sustancias tóxicas, “prestar servicio en estado de embriaguez” o incluso el consumo de alcohol durante el servicio. El severo régimen establecido obliga a los agentes incluso a no ser vistos bebidos fuera del servicio de modo “habitual” o si sucede en unas circunstancias en las que se consideren que daña “la imagen de la Guardia Civil o de la función pública”. Para que sea considerado “habitual” se debe acreditar encontrarse ebrio en al menos tres ocasiones a lo largo de un año. Incluso se considera una falta “muy grave” que un agente se niegue a someterse a una prueba de alcoholemia.
Se da la circunstancia de que en otro cuerpo de seguridad, la Policía Nacional, los casos de sanciones por encontrarse en estado de embriaguez durante el servicio son mucho menos numerosas. En los últimos 20 años tan sólo se han abierto 44 expedientes por este motivo y apenas 16 han derivado en sanciones con carácter “muy grave”.
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