El ex profesor del colegio Valdeluz ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Madrid a 49 años y cinco meses de prisión por 12 delitos de abusos sexuales a alumnos menores entre los años 2004 y 2014.

 

En una sentencia, los magistrados consideran probado que Andrés D. D. aprovechó que era un profesor de música querido y valorado y que su relación con sus alumnos y alumnas era cercana y cariñosa para satisfacer su deseo e impulso sexual. En los 12 casos concurre, según la Sección 23 de la Audiencia, la circunstancia de prevalerse por abuso de superioridad y que la mayoría fueron continuados y algunos agravados por la edad de las víctimas. La sentencia recoge que el profesor organizaba fiestas en la academia, así como viajes de estudios, y en verano, barbacoas en su casa, "sintiendo por él todas las denunciantes una admiración superior a la normal".

Según el tribunal, el acusado aprovechó la cercanía "para tocarlas y satisfacer su deseo e impulso sexual"

 

Según el tribunal, esa cercanía que tanto ponía en práctica la aprovechó el acusado "para tocarlas y satisfacer su deseo e impulso sexual, comenzando con besos, abrazos, cosquillas, hasta ir aumentando los toqueteos progresiva y gradualmente en el tiempo, poco a poco, llegando a manosear piernas hacia ingles y zona vulvar e interior de los muslos, espaldas, senos y nalgas".

 

De hecho, añade que llegó a restregar "en alguna ocasión su pene en sus espaldas o llevando el acusado la mano de alguna de ellas a su miembro, por fuera de la ropa". Asimismo, "llegó a introducir sus dedos en la vagina de algunas de ellas, escudándose muchas veces en la necesidad de llevar a cabo correcciones posturales mientras estaban sentadas tocando el piano".

 

En otras ocasiones, aprovechando la atención de los alumnos/as a la pantalla donde se proyectaban -en penumbra- audiovisuales musicales, llevaba a cabo también tocamientos sobre las menores, a quienes sentaba a su lado.

El condenado llegó a restregar "en alguna ocasión su pene en sus espaldas o llevando el acusado la mano de alguna de ellas a su miembro, por fuera de la ropa"

 

Individualizadamente la sentencia analiza la conducta que se llevó a cabo sobre cada una de las víctimas que se recogen en los hechos probados. Solamente sobre dos de ellas no se considera acreditada la conducta. En un caso, dada la retractación total en el acto del juicio de cuanto había declarado hasta ahora en el sumario, y en otro, dada una insuficiencia de prueba a la luz de las exigencias que ya se han comentado; especialmente en cuanto a los elementos corroboradores.

En el juicio, que se celebró a puerta cerrada, el representante del Ministerio Fiscal pidió 69 años de cárcel por catorce delitos de abuso sexual. El profesor estuvo en febrero de 2014 dos meses en prisión preventiva. Además, solicitó al Valdeluz y a su aseguradora, Mapfre, el pago de 270.000 euros a siete menores por los daños morales. Y reclamó 240.000 euros al acusado y a la academia Melodía Siglo XXI como responsable civil subsidiario.

Andrés D.D., que impartía clases de Ética, Religión y Música, afirmó en el juicio que la acusación "falsa" que ejercen las catorce exalumnas se debía a tres motivos: a que tenían "demasiadas" hormonas adolescentes; a su deseo de conseguir dinero a través de la indemnización que se le imponga y; a "una venganza" de las chicas hacia su mujer.

Pese a esta tesis, las víctimas fueron ratificando a lo largo de las sesiones los abusos sexuales. Muchas de ellas manifestaron que no denunciaron los hechos cuando pasaron porque tenían mucho cariño a la esposa del acusado, quien dirigía la academia donde habrían sucedido la mayoría de los abusos.

El Tribunal descarta la defensa del acusado que sostiene que las acusaciones son una confabulación por venganza de su esposa

 

El profesor, único acusado del caso y detenido el 11 de febrero de 2014, estuvo dos meses en prisión preventiva, pero el juez decretó posteriormente su libertad condicional, con obligación de comparecer en el juzgado los días 6 y 20 de cada mes, la retirada del pasaporte y la prohibición de acercarse al centro educativo.

El tribunal descarta la defensa del acusado, quien sostiene que todas las acusaciones en su contra son fruto de una confabulación por venganza contra su esposa, también profesora, por el trato que daba a las alumnas, y además la Sala rechaza que exista una contaminación por el seguimiento mediático que ha tenido este caso.

La Sala condena también al acusado a indemnizar en un total de 142.000 euros a las víctimas y declara la responsabilidad civil subsidiaria del colegio, en cuyas instalaciones se ubicaba la academia de música y para el que también el acusado venía prestando servicio como profesor ya que el tribunal considera que existió una clara "culpa in vigilando" por parte del centro educativo.