La Audiencia Nacional ha condenado este viernes al presidente de Fórum Filatélico cuando estalló el escándalo, Francisco Briones, a doce años, cuatro meses y 16 días de prisión por delitos de estafa, falseamiento de cuentas y blanqueo de capitales.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso El Independiente, de 200 páginas, la Sección Primera de la Sala Penal considera a Briones autor de un delito continuado de estafa agravada en concurso con un delito de insolvencia punible y otro de falseamiento de cuentas a la pena de 8 años, 7 meses y 16 días de prisión y multa de 17 meses con cuota diaria de 200 euros, y como autor de un delito de blanqueo de capitales a la pena de 3 años y 9 meses de prisión y multa de 49,7 millones de euros.
El tribunal también le condena a las penas de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo y para la administración de sociedades de capital por el tiempo de la condena privativa de libertad. Los jueces aprecia, además, la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas.
La Sala sostiene que Briones "ejecutó actos de blanqueo por sí mismo: el dinero que obtenía del fraude lo integraba en el sistema a nombre de una sociedad cuyos propietarios eran su cónyuge y sus hijos, transformó ese dinero en bienes inmuebles cuya titular era la sociedad de sus familiares, solicitó préstamos bancarios para encubrir el origen de los activos, ocultó el dinero de las comisiones ilegales en una cuenta opaca y en una caja de seguridad".
Absuelto el Consejo de Administración
El tribunal condena igualmente al exdirector general de Fórum Filatélico Antonio Merino a 2 años y 3 meses como cómplice de delito continuado de estafa agravada en concurso con insolvencia punible y por blanqueo y multa 15,9 millones de euros al aplicarle la atenuante de confesión, mientras que al exdirector jurídico Juan Ramón González le impone la pena de 6 años y 3 meses e igual multa por estafa agravada y blanqueo.
El fallo también condena a los auditores José Carrera Sánchez y Rafael Ruiz Berrio como cooperadores necesarios en el delito de falseamiento de cuentas societarias a las penas de 2 y 1 año de cárcel, respectivamente. El resto de acusados, colaboradores en la estafa y en los delitos de blanqueo de capitales, resultan condenados a penas de prisión de entre 6 meses y 4 años y multas que llegan hasta los 63,5 millones de euros.
El tribunal absuelve a los cuatro miembros del Consejo de Administración que fueron juzgados –Miguel Ángel Hijón, Francisco José López Gilarte, Agustín Fernandez Rodríguez y Juan Macía Mercadé- por los delitos de estafa agravada continuada, insolvencia punible y falseamiento continuado de cuentas societarias.
La sentencia explica en sus hechos probados cómo Fórum Filatélico SA, en el periodo comprendido de 1998 a 2006 desarrolló un negocio de captación masiva de dinero procedente de pequeños ahorradores –muchos invirtieron más de 50 mil euros- dinero que devolvía en el plazo determinado con un interés añadido superior al de las entidades financieras. El motivo que alegaban para retribuir el dinero que recibían era la inversión en valores filatélicos, que se componían de series de sellos de correos del tema Europa emitidos por la Confederación Europea Postal y de Telecomunicaciones (Cept), cuyo precio fijaba la compañía en atención a sus necesidades financieras mediante unas listas internas.
En la publicidad de sus productos sostenían que los sellos se revalorizaban de manera constante y sostenida y la actividad se formalizaba en contratos-tipo de compraventa de lotes de sellos que encubrían la realidad económica de la transacción. La sentencia explica que el inversor compraba, según decían, por un precio equivalente al valor de la filatelia que le adjudicaban, asumiendo la compañía el compromiso de recompra por el que se obligaba a devolverle en un plazo el dinero aportado más la rentabilidad acordada.
Mercado cerrado ajeno al coleccionismo
De esa manera, Fórum Filatélico había construido un mercado cerrado, ajeno al del coleccionismo de sellos, bajo la apariencia de compraventa de valores filatélicos, en el que llegaron a integrar -el 9 mayo de 2006, momento de la intervención judicial- a 268.804 clientes, titulares de 393.754 contratos, que habían confiado a la empresa más de tres mil millones de euros.
“Los clientes invertían sus ahorros por la alta rentabilidad que ofrecía el producto, que era ajena al valor del sello y a cualquier hipotética revalorización, de ahí que siempre optaran por revender la filatelia y percibir el interés pactado, que hasta la intervención judicial la empresa abonó puntualmente”, señala la Audiencia.
En este contexto Fórum había adquirido más de 121 millones de sellos, un patrimonio que tenía escaso valor en el mercado, argumenta la Sala, porque no había demanda que lo absorbiera y como el mercado era el único espacio donde los sellos -el activo casi exclusivo de Fórum- podían lograr liquidez, “era ficticia la idea de que soportaban económicamente la inversión del cliente más la retribución garantizada, cuando en realidad la filatelia acumulada en grandes masas por la entidad, hasta el punto de haber desecho el mercado, estaba sobreestimada de manera espectacular y tenía un escaso valor”.
A consecuencia de ello el negocio producía pérdidas constantes fruto del compromiso de recompra con intereses y a que la única fuente de ingresos era el dinero de los inversores. Por ello, Fórum solo era capaz de mantener la actividad reteniendo a los inversores para que renovaran sus contratos y captando nuevos clientes que aportaran capitales, continúa explicando la resolución.
Los grandes costes de producción, organización y distribución, debidos al mantenimiento de la red comercial y a la compra masiva de sellos, más la tesorería que requería la devolución del dinero a los inversores y el abono de los intereses convenidos, incrementaba de modo progresivo la situación de insolvencia, ya que el activo no podía hacer frente a las deudas.
En esta situación y para presentar una imagen de solidez del negocio y aparentar la existencia de beneficios, relata la Sala, Fórum Filatélico elaboraba sus cuentas anuales ocultando las obligaciones de recompra con los clientes, que no se reflejaban en el pasivo. Anotaba como ventas la entrega de capital por parte del cliente y como compras la devolución del dinero más los intereses, y sobrevaloraba en el activo su filatelia, lo que impedía conocer su estado patrimonial.
Todas estas decisiones empresariales fueron adoptadas por el presidente y consejero delegado -Fernández Prada hasta 2001, que fue fundador de la compañía en 1979 y presidente de la primera época y Briones Nieto después- y por un administrador de hecho, José Manuel Carlos Llorca Rodríguez, quien se encuentra en rebeldía. Ellos, según la sentencia, establecían la política de precios y el interés con el que se retribuía el dinero de los inversores.
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