El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha aprovechado su visita al primer ministro canadiense, Justin Trudeau, para reclamar que el caso de Québec "es un ejemplo de que desde la política se pueden encontrar soluciones a una crisis secesionista". "Aunque cada país tiene sus caminos", ha matizado.
En el mes de julio pasado el entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, presentó públicamente la ley del Referéndum de autodeterminación que acabó celebrándose el 1 de octubre pese a ser declarado ilegal por el Tribunal Constitucional. Una de las peculiaridades de la ley era que no contemplaba un mínimo de participación ni tampoco una mayoría cualificada para que la hipotética victoria de la secesión fuera considerada por sus mentores como válida y vinculante a todos los efectos. "Con un sólo voto de diferencia es suficiente para dar por bueno el triunfo del sí", repetían una y otra vez los representantes de la CUP y de JxSi.
Al mismo tiempo, los independentistas catalanes hacen machaconamente referencia como modelo a seguir el caso de Canadá, que tiene reconocido constitucionalmente el derecho a la secesión. Por ello, es útil analizar lo que ha ocurrido en aquel país para ver cuáles son las diferencias sustanciales con lo que se propone en Cataluña por parte de los separatistas.
Canadá, en efecto, se ha considerado como un ejemplo a imitar por el independentismo. Pero son pocos los que en Cataluña, o en el resto de España, se han detenido a explicar con detalle lo ocurrido con los dos referendos (1980 y 1995) convocados y perdidos por los separatistas francófonos en aquel país. Tampoco hay mucho publicado sobre la consulta hecha posteriormente por el gobierno federal al Tribunal Supremo de Canadá, que dio lugar a la famosa sentencia de 1998 sobre el derecho a la secesión y sus condiciones de ejercicio, así como su consecuencia legal y política más importante, la aprobación por el Parlamento canadiense en 2000 de la llamada Ley de Claridad, conocida oficialmente como Bill C-20.
Querían la secesión, pero no la independencia completa
Un rasgo llamativo de la agitación en favor de la secesión de Québec fue la deliberada vaguedad de los separatistas en torno a sus objetivos finales: querían la secesión, pero no la independencia completa, como quedó claro tanto en la pregunta del referéndum de 1980, como en la que se planteó en 1995.
En Québec se celebraron dos referendos que podríamos llamar de autodeterminación. En el del 80, la opción favorable a la secesión (la cuestión que se planteó a los votantes era tan complicada* que podía amparar cosas muy distintas) fue derrotada por el 59,56 % de los votos emitidos (el 50,98% del censo dijo no, mientras que el 34,62% del censo dijo sí). En el referéndum de 1995 (con una pregunta más sencilla**) y con una muy alta tasa de participación -el 93,52%-, los secesionistas fueron también derrotados, pero esta vez por un margen muy estrecho: dijeron no sólo el 50,58% de los votantes (en relación al censo, el 47,30% del censo dijo no; el 46,22% dijo sí).
Los federalistas canadienses, incluidos los ciudadanos de Québec contrarios a la secesión, cayeron en la cuenta en 1996 de que, en caso de haber ganado el sí, Canadá se habría encontrado en una situación política y legal confusa. El Gobierno federal no tenía ninguna interpretación constitucional con la que tratar legalmente la convocatoria de un posible nuevo referéndum y un probable resultado favorable a la secesión. Se decidió entonces hacer una consulta (lo que en la jerga legal en Canadá se conoce como "una referencia") al Tribunal Supremo (en Canadá no existe un Tribunal Constitucional) respecto a tres cuestiones: el derecho de Québec a decidir la secesión de forma unilateral; el amparo que la ley internacional podía dar a Québec para decidir la eventual secesión unilateral, y, finalmente, qué ley debía predominar en caso de conflicto entre la ley canadiense y la ley internacional respecto a un acto unilateral de Québec para llevar a cabo la secesión.
Canadá establece el derecho de secesión, pero se exigen unos requisitos que no se contemplan por los independentistas catalanes
El Tribunal Supremo dio a conocer su respuesta en agosto de 1998. Además de rechazar de pleno que la ley canadiense o las leyes internacionales pudieran amparar una declaración unilateral de secesión de Québec, sentenció que el proceso de separación, cuya culminación exigiría, en todo caso, una reforma constitucional, sólo podría iniciarse a partir del resultado de un referéndum en el que los votantes respondieran a una pregunta "clara". Además, señalaba que no cualquier resultado podría entenderse como suficiente; es decir, "la mayoría a favor de la secesión tenía que ser igualmente clara".
Finalmente, tras un sí rotundo a una pregunta concisa a favor de la secesión, "habría que negociar los términos" de la misma: condiciones económicas (reparto de la deuda, financiación de las pensiones de jubilación de los ciudadanos del Québec independiente, entre otras muchas cuestiones), fronteras, estatuto de las minorías, estatutos de los nacionales del nuevo estado de Québec residentes en el resto de Canadá y viceversa, etc.
La sentencia del Supremo planteaba, a su vez, tres cuestiones:
1.¿Cómo definir una pregunta "clara y aceptable" legalmente desde el punto de vista del espíritu y la letra de la sentencia?
2.¿Qué debía entenderse por mayoría "clara y aceptable" legalmente en el resultado del referéndum?
3.¿Qué habría que negociar, quién debería participar, qué intereses deberían tenerse en cuenta en caso de que la secesión consiguiera el sí en el referéndum y se llevara a cabo la negociación entre Québec y Canadá que prevé la sentencia?
Estas fueron las tres preguntas que trató de responder la ley conocida como la Clarity Act, aprobada en marzo de 2000 por la Cámara de los Comunes y refrendada por el Senado en junio de ese mismo año. Y éstas fueron sus respuestas:
1.Una pregunta clara. La Clarity Act establece que para que la pregunta se considere legalmente clara deberá ser:
Previamente aprobada por la Cámara de los Comunes.
No podrá estar redactada de tal forma que pueda ser interpretada como el sí o el no a "un mandato" para negociar la independencia, o a un "futuro acuerdo" político y económico entre Québec y Canadá. Es decir, debe ser una pregunta cuya respuesta sea, inequívocamente, la expresión del deseo de los votantes de separarse, o no, de Canadá y de convertir a Québec en un estado independiente.
Además, la Cámara de los Comunes deberá tener en cuenta, entre otras, la opinión de todos los partidos con representación parlamentaria en la provincia cuya secesión se plantea y las opiniones de todos los demás gobiernos de las provincias de la Federación canadiense.
¿Qué ocurre si la Cámara de los Comunes no considera "clara" la pregunta propuesta para el referéndum, pero éste se celebra de todos modos y el resultado es favorable a la secesión? Pues, sencillamente, que el proceso de la secesión quedaría bloqueado. A efectos prácticos, ello equivaldría a anular o dar por no celebrado el referéndum.
2. Una mayoría clara. La respuesta de la Clarity Act es que la Cámara deberá tener en cuenta dos parámetros: la proporción alcanzada por la mayoría de votos válidos emitidos y el porcentaje de participación en el referéndum. La Clarity Act no define límites o umbrales a ninguno de estos dos parámetros, pero parece razonable pensar que al establecer el criterio de "una mayoría clara", una participación inferior al 50% del censo electoral o una mayoría sólo ligeramente superior al 50% de los votos válidos emitidos no se consideraría suficiente para dar por buena la secesión.
3. Negociar los términos de la secesión. En cuanto al contenido de la negociación entre Canadá y la provincia que hubiese superado los dos pasos anteriores para lograr la secesión, la Clarity Act establece, en primer lugar, que en esa negociación deberá participar no solamente el gobierno federal canadiense, sino, además, los gobiernos de todas las provincias de la federación; segundo, que no podrá proponerse ninguna reforma constitucional que dé paso a la secesión de una provincia sin que antes hayan concluido las negociaciones sobre los términos de la secesión, incluyendo, entre otras cosas, "el reparto de activos y pasivos" y "los cambios en las fronteras provinciales".
Había diferentes opciones, pero ganó la que defendía la conveniencia de establecer un procedimiento legal, que, abriendo la posibilidad de la secesión, la regulase y le diera, en su caso, "legitimidad", algo crucial para justificar una decisión de tanta relevancia. Una amplia mayoría de canadienses, incluidos los quebequeses, se puso de acuerdo, al menos, en una cosa: una pregunta confusa o de significado indeterminado, o un resultado en el referéndum que no represente a una clara mayoría, inhabilitan la consulta desde un punto de vista democrático. Un procedimiento fuera de la legalidad y no acordado con el resto de las instituciones y territorios del país no puede ser base para ninguna secesión legítima y viable.
Canadá es el primer país de impecable tradición y práctica democráticas que contempla en su ordenamiento legal y constitucional la posibilidad de secesión de sus provincias, estableciendo un procedimiento para ello.
Desde la aprobación de la Ley de Claridad en 2000, el impulso a favor de la secesión de Québec parece haberse desinflado aparatosamente
Desde la sentencia de 1998 y, sobre todo, desde la aprobación de la Ley de Claridad en 2000, el impulso a favor de la secesión de Québec parece haberse desinflado aparatosamente. Los independentistas estiman que, al menos, hoy por hoy, no pueden ganar, y menos aún claramente, un referéndum que plantee claramente la secesión de Canadá. El movimiento nacionalista e independentista de Québec no ha desaparecido, desde luego, pero parece que no ha podido resistir la prueba de la claridad.
¿Estarían los independentistas catalanes dispuestos a afrontar el reto que sí aceptaron los independentistas de de Québec? A la luz de lo sucedido con la Ley de Referéndum y el 1-O, parece que en Cataluña se pretende lo contrario: un proceso nada transparente, carente de legitimidad y escasamente democrático.
*La pregunta del referéndum de 1980 fue la siguiente: “El Gobierno de Québec ha hecho pública su propuesta de negociar un acuerdo con el resto de Canadá, basado en la igualdad entre las naciones; este acuerdo daría a Québec poder exclusivo para hacer sus leyes, establecer y recaudar sus impuestos y establecer relaciones con el exterior, en otras palabras, le daría la soberanía; al mismo tiempo, mantendría una asociación económica con Canadá, incluyendo una moneda común; cualquier cambio en el status político que resulte de estas negociaciones se efectuará con la aprobación del pueblo a través de otro referéndum; en estos términos, ¿otorga Vd. al Gobierno de Québec el mandato para negociar el acuerdo que se propone entre Québec y Canadá?". Obviamente, el sí, más que un sí a la independencia, era un sí a un mandato negociador, lo que dejaba en el aire el tipo de acuerdo a firmar entre Québec y Canadá, que habría estado sometido, además, en todo caso, a un segundo referéndum.
**La pregunta que se planteó en el referéndum de 1995 fue más breve, pero no mucho más clara. Decía así: “¿Está Vd. de acuerdo en que Québec debe obtener la soberanía después de haber hecho una oferta formal a Canadá para establecer una nueva relación económica y política en el marco de la ley sobre el futuro de Québec y el Acuerdo firmado el 12 de junio de 1995 [la ley y el Acuerdo que se mencionan en la pregunta recogen las aspiraciones soberanistas, según un pacto firmado entre partidos nacionalistas francófonos]”? Como vemos, la pregunta, aparte de referirse a un marco de negociación y de objetivos, establecido separadamente, cuyo contenido, intenciones últimas y significado muchos votantes podían no conocer, o no recordar en el momento de la votación, volvía a evitar la palabra “independencia”; el sí habría permitido iniciar el recorrido de diferentes caminos, que podrían haber conducido a Québec y a Canadá a lugares muy diferentes.
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