Política

La ministra Delgado pudo cometer delito al no denunciar al comisario Villarejo

El Código Penal prevé pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de entre seis meses y dos años a la autoridad o funcionario que "dejare intencionadamente" de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia

Dolores Delgado, ministra de Justicia, esta semana en el Club Siglo XXI de Madrid.
Dolores Delgado, ministra de Justicia, esta semana en el Club Siglo XXI de Madrid. | EFE

La fiscal de la Audiencia Nacional en excedencia y hoy ministra de Justicia, Dolores Delgado, pudo incurrir en la omisión del deber de perseguir delitos al no denunciar que Villarejo se valió presuntamente de una red de prostitutas para sonsacar información a políticos y empresarios. El polémico comisario hizo esta confesión en presencia de esta representante del Ministerio Fiscal, un juez entonces en activo (Baltasar Garzón) y tres mandos policiales, entre ellos la persona que ocupaba el segundo puesto en el escalafón del Cuerpo (Miguel Ángel Fernández Chico, ya fallecido).

En el curso de la comida celebrada en octubre de 2009, Villarejo comenta como "anécdota" al resto de comensales que en los años 90 montó una supuesta 'agencia de modelos' para obtener lo que él denominó "información vaginal". "A los 40 tacos que se me encendió un poco la luz y me separé y tal, seguía con un tema, con una empresa de análisis de información y de investigación y tal. ¿Sabes lo que hice para llevarme al huerto a todo el mundo? Montar una ‘agencia de modelos", expone el policía, a lo que Delgado replicó sin el menor reproche: "¿Y ya está? Éxito garantizado".

"¡Qué gilipollez! Pero gente dura, correosa, en los consejos de administración, le ponías una ‘chorbita’, se la tiraba y a ese tío que iba a tomar (…) y muerto. Pero la gente es más simple. No he visto gente más tonta. Además, es que es lo importante y contaban las cosas para que las chicas se sintieran cautivadas (….). De verdad, fíjate qué cosa tan tonta: era la información vaginal que yo decía. Era una cosa absurda", apostilla Villarejo. La grabación de aquel almuerzo la está difundiendo el portal moncloa.com.

En su artículo 408, el Código Penal prevé pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un plazo de entre seis meses y dos años a "la autoridad o funcionario que, faltando a la obligación de su cargo, dejare intencionadamente de promover la persecución de los delitos de que tenga noticia o de sus responsables".

Justicia elude aclarar si denunció los hechos la hoy ministra, que no hablará hasta que vaya al Congreso el día 10

Cuando tuvo conocimiento de los hechos relatados por el ex agente encubierto, en prisión preventiva desde el pasado mes de noviembre en el marco de la instrucción del caso Tándem, Dolores Delgado ejercía como fiscal en la Audiencia Nacional. También tenían la condición de autoridad y funcionarios públicos los otros cuatro comensales que se sentaban en torno a esa mesa del madrileño restaurante Rianxo. A saber: el juez Baltasar Garzón, inhabilitado por el Tribunal Supremo años después; Fernández Chico, entonces Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional, y los comisarios Gabriel Fuentes y Enrique García Castaño.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo interpreta el citado precepto como un delito de quebramiento de un deber en el que bastan "unos razonables indicios". "Lo que se castiga no es -no puede serlo por razones ligadas al concepto mismo de proceso- la no persecución de un delito ya calificado, sino la abstención en el deber de todo funcionario de dar a la notitia criminis de cualquier delito el tratamiento profesional que exige nuestro sistema procesal. Y es que tratándose de funcionarios públicos afectados por la obligación de promover la persecución de un delito, lo que reciben aquéllos son precisamente noticias de la comisión de un hecho aparentemente delictivo, nunca un hecho subsumido en un juicio de tipicidad definitivamente cerrado", expone el magistrado de la Sala Penal Manuel Marchena en una sentencia dictada el 22 de mayo de 2013.

Denuncia 'inmediata'

Por su parte, el artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) -vigente desde el año 1882- también prevé castigo para toda persona que tuviere conocimiento de un "delito flagrante" y no lo pusiera en conocimiento "inmediatamente al Ministerio Fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo". En ese caso, la sanción prevista abarca una horquilla que va desde las 25 a las 250 pesetas.

A preguntas de El Independiente, un portavoz del Ministerio de Justicia rehusó aclarar si la ministra de Justicia puso en conocimiento de autoridades judiciales y policiales que Villarejo usó una red de prostitutas para extorsionar a terceros. La explicación que dan desde el gabinete de Delgado es que la ministra comparecerá el próximo 10 de octubre en el Congreso de los Diputados, donde dará explicaciones.

Pese a la gravedad de los hechos, la fiscal en excedencia de la Audiencia Nacional opta por el silencio en medio de la polémica después de que salieran a la luz que compartió mesa y mantel con total cercanía con el comisario vinculado a las cloacas del Estado José Manuel Villarejo.

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