Política

Las claves del 'procés'

Las presiones del Gobierno caen en saco roto: el Supremo mantiene a los presos encarcelados

Oriol Junqueras, dirigiénseo a la Audiencia Nacional.
Oriol Junqueras, dirigiéndose a la Audiencia Nacional, en una imagen de archivo. | EP

De nada han servido las manifestaciones de la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, el ministro de Asuntos Exteriores, Josep Borrell, o la delegada del Ejecutivo en Cataluña, Teresa Cunillera,  a favor de la excarcelación de los líderes independentistas que proclamaron la declaración unilateral de independencia de Cataluña el 27 de octubre de 2017. El proceso judicial sigue su ritmo y prueba de ello es la decisión adoptada este miércoles por el tribunal que juzgará a la cúpula independentista.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rechazado en cinco autos la petición de libertad presentada por las defensas de los nueve procesados en la causa del "procés" que están en prisión provisional (Josep Rull, Jordi Turull, Raul Romeva, Oriol Junqueras, Jordi Sánchez, Carme Forcadell, Joaquim Forn, Dolors Bassa y Jordi Cuixart), basada, como principal argumento, en el impacto que la situación de prisión tiene en el entorno familiar y personal de cada uno de ellos.

La Sala de Enjuiciamiento, por unanimidad, apoya su decisión en que la dignidad con la que esas circunstancias son expuestas por las defensas no es suficiente para neutralizar los riesgos de fuga y de reiteración delictiva que llevaron al instructor y a la Sala de Recursos a acordar la medida cautelar. "Los fines del proceso y, de modo especial, las medidas cautelares que tienden a asegurar esos fines, no se desdibujan por los padecimientos que en el orden familiar puede acarrear la privación de libertad", subraya el tribunal.

De acuerdo con el criterio del fiscal, el Supremo afirma que la adopción de medidas cautelares está sometida por la propia ley "a los principios de legalidad, judicialidad, excepcionalidad, proporcionalidad, necesidad y temporalidad, atendiendo a los graves perjuicios personales y familiares que en todos los órdenes supone la privación de libertad, así como sus consecuencias colaterales respecto de otras personas que puedan estar vinculadas al procesado". Cuando el juicio de ponderación sobre la concurrencia de los presupuestos que legitiman la medida restrictiva se hace con el filtro de esos principios, explican los magistrados, "los sentimientos de aflicción de los familiares debilitan su rango axiológico y no pueden operar como razones desencadenantes de la libertad".

La prisión no puede ligarse "al contexto político"

Algunos de los procesados alegaron la vulneración de su derecho a la defensa y a un proceso justo si continúan en prisión durante la celebración del juicio. La Sala –en autos con ponencia del presidente del tribunal Manuel Marchena- señala que "ni el contenido material del derecho a la defensa, ni, por supuesto, el derecho a un proceso con todas las garantías, están afectados por las condiciones que, en su caso, presidirán la celebración de las sesiones del plenario. La dignidad de los procesados, las condiciones de su alimentación y la habitabilidad del lugar de su custodia, serán debidamente garantizadas por esta Sala".

La Sala rechaza también las alegaciones referidas a la vulneración de los derechos a la libertad, a la presunción de inocencia y a un proceso público sin dilaciones  indebidas realizadas por los ex consellers procesados  Jordi Turull y Josep Rull en sus respectivas peticiones de libertad. Tampoco admite la alegación de Dolors Bassa relativa a que ha abandonado la política y al clima político actual proclive al diálogo entre el Gobierno central y el de la Generalitat. En este sentido, la Sala responde que "ni las medidas cautelares vigentes respondieron, en el momento de su adopción, a un determinado clima político, ni su permanencia puede hacerse ahora depender de un contexto político diferente".

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