Política

Reunión de fiscales del TS y la AN con Segarra

Cónclave en la Fiscalía General para acusar a Trapero y al Govern por un delito de rebelión

La fiscal general reunió a los fiscales del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional para que unificaran criterios y acusaran tanto a la ex cúpula de los Mossos como a los ex miembros del Govern por un delito de rebelión.

María José Segarra, fiscal general del Estado.

La Fiscal General del Estado María José Segarra reunió a los cuatro fiscales del Tribunal Supremo asignados al procés y a los fiscales de la Audiencia Nacional encargados de investigar al ex major de los Mossos, Josep Lluís Trapero, por la celebración del referéndum ilegal del 1 de Octubre para unificar criterios a la hora de presentar los escritos de acusación contra los ex líderes del Govern y la ex cúpula de la policía autonómica Catalana.

Según ha podido saber El Independiente de fuentes fiscales, la reunión se produjo la primera semana de octubre y se prolongó durante más de dos horas en la sede de la Fiscalía General, que sita en la calle Fortuny de Madrid, en horario vespertino. En ella se acordó que el Ministerio Público acusaría tanto a los ex máximos responsables de la Generalitat cuando se declaró de forma unilateral la independencia de Cataluña -Oriol Junqueras y otros cinco ex consellers, entre otros- como al ex número uno de los Mossos d’Esquadra por un delito de rebelión atendiendo al “principio de unidad de actuación” que rige las normas de funcionamiento de la Fiscalía.

En la reunión se acordó acusar tanto a Trapero como a los ex líderes del Govern de rebelión atendiendo al "principio de unidad de actuación" del Ministerio Público

A la citada reunión, que presidió y convocó Segarra, asistieron los fiscales de Sala del Alto Tribunal Jaime Moreno, Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza y Fidel Cadena;  el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso; el teniente fiscal de dicho órgano, Miguel Ángel Carballo; y el fiscal de la Audiencia Pedro Rubira.

Después de debatir sobre los aspectos jurídicos concretos del delito de rebelión -que implica la violencia- y sobre el delito de sedición, se estableció que tanto en el Supremo como en la Audiencia Nacional se acusaría a los responsables de los actos del 20-S y el 1-O por el primero de ellos, que conlleva penas más elevadas de prisión.

Criterios dispares en la Audiencia

En el caso del Supremo, la Fiscalía prevé solicitar más de 20 años de cárcel para el líder de ERC, Oriol Junqueras, y penas de más de quince años de prisión para los exconsejeros Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn, Raül Romeva y Dolors Bassa.

En tanto, en la Audiencia Nacional se acusará a Josep Lluís Trapero por un delito de rebelión aunque existe disparidad de criterios entre los fiscales de dicho tribunal a la hora de calificar los hechos. Mientras el teniente fiscal Miguel Ángel Carballo apuesta por acusar al ex major de los Mossos por un delito de rebelión, el fiscal Pedro Rubira es más partidario de que la acusación se califique como sedición.

Sin embargo, en aras de que los escritos de acusación del Ministerio Fiscal sean uniformes en ambos procedimientos Trapero será acusado principalmente por el más grave aunque se introduzca una calificación alternativa por un delito de sedición. De hecho, la ex titular del Juzgado Central de Instrucción Número 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, procesó a Trapero por dos delitos de sedición y otro de organización criminal mientras el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena dictó auto de procesamiento contra los ex dirigentes de la Generalitat por rebelión.

El artículo 545 del Código Penal prevé una pena de entre ocho y diez años de prisión e inhabilitación para los responsables de la sedición, y de hasta 15 años si se tratara de autoridades públicas. En tanto, nuestra legislación sostiene que “los que, induciendo a los rebeldes, hayan promovido o sostengan la rebelión, y los jefes principales de ésta, serán castigados con la pena de prisión de quince a veinticinco años e inhabilitación absoluta por el mismo tiempo”.

Dos juicios distintos

Por su parte, el delito de rebelión, regulado en los artículos 472-484 de nuestro Código Penal, establece como autores del mismo quienes “se alzaren violenta y públicamente” para “derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución” o también para “declarar la independencia de una parte del territorio nacional”, entre otras cuestiones.

El fiscal de la Audiencia Nacional Pedro Rubira es partidario de acusar a Trapero por el delito de sedición aunque sea de forma alternativa

Trapero, el ex director de los Mossos Pere Soler, la intendente Teresa Laplana y el ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig serán juzgados en 2019 por la Sección Primera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, tribunal compuesto por los magistrados Concepción Espejel (presidenta),  Manuela Fernández de Prado y Ramón Sáez Valcárcel (ponente). La Sala ya ha acordado la apertura de juicio oral y el fiscal ha solicitado una prórroga del plazo para presentar su escrito de acusación, según informan fuentes jurídicas.

Mientras tanto, Junqueras, los exconsellers Turull, Rull, Forn, Romeva y Bassa, los Jordis y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell, entre otros, serán enjuiciados por los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Manuel Marchena (presidente y ponente), Andrés Martínez Arrieta, Luciano Varela, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, Ana Ferrer y Andrés Palomo del Arco.

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