El Gobierno asegura que la Abogacía del Estado ha actuado con "criterios de profesionalidad y técnico-jurídicos" a la hora de presentar su escrito de acusación en la causa del procés y no para ofrecer el "gesto" político que reclamaban los partidos independentistas para mantener su apoyo parlamentario al Ejecutivo de Pedro Sánchez.
"No sé si servirá o no para eso, pero no es un gesto", ha defendido la ministra de Justicia, Dolores Delgado, en rueda de prensa tras la celebración del Consejo de Ministros. Delgado ha explicado que "existe un debate jurídico y social sobre qué ocurrió en Cataluña en septiembre y octubre del año pasado" que se ha trasladado también a la Abogacía del Estado, pero siempre desde un punto de vista jurídico. "No es ninguna imposición", ha insistido a preguntas de los periodistas.
Carmen Calvo dice que "el presidente del Gobierno nunca ha dicho que haya un delito de rebelión en Cataluña" y un periodista le "recuerda" que Sánchez dijo que sí existía el pasado mayo, a lo que la vicepresidenta aduce que "por entonces no era presidente del Gobierno" #CMin pic.twitter.com/tLHl1GuarA
— Europa Press (@europapress) November 2, 2018
En esta línea se ha pronunciado también la vicepresidenta, Carmen Calvo, que ha negado que el Gobierno haya cambiado de criterio a la hora de acusar a los líderes del procés a través de la Abogacía del Estado. La vicepresidenta ha negado que el "presidente del Gobierno" hubiera asegurado que lo ocurrido en Cataluña responde al delito de rebelión, como dijo Pedro Sánchez en mayo, ya que entonces no estaba al frente del Ejecutivo, sino que era el líder de la oposición. Ha dejado entrever así que ese cambio de criterio de Sánchez responde precisamente a su llegada a la Moncloa con el apoyo de los independentistas a la moción de censura a Mariano Rajoy.
Tras ser preguntada por la iniciativa presentada este viernes en el Congreso por Ciudadanos para reclamar al Gobierno que no apruebe indultos para los independentistas si resultan condenados tras el juicio, Calvo ha recordado que esa figura es perfectamente legal porque está establecida en la Constitución.
"El indulto es un delito constitucional", ha asegurado para acusar a Ciudadanos de "sobreactuar de forma precipitada" e invitarle a participar en el debate sobre la reforma de la Constitución si quiere propiciar alguna modificación al respecto.
La Abogacía del Estado ha presentado este viernes sus conclusiones provisionales contra los principales dirigentes del proceso independentista catalán excluyendo el delito de rebelión por orden directa del Gobierno de Pedro Sánchez. En su escrito, el Servicio Jurídico del Estado aprecia los delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave. Las penas solicitadas para los 18 acusados oscilan entre los 12 años de prisión y la multa. En el caso del líder de ERC, Oriol Junqueras, los servicios jurídicos del Gobierno solicitan 12 años de prisión mientras que Fiscalía pide para él 25 años de cárcel por un delito de rebelión.
El hecho de que el Gobierno de Pedro Sánchez haya obligado a sus servicios jurídicos a cambiar a última hora el criterio respecto a la petición de penas para quienes violaron el ordenamiento jurídico –el abogado del Estado asignado a la causa del procés siempre apreció un delito de rebelión en el Tribunal Supremo- responde al "gesto" político que le reclamaban los independentistas para mantener su apoyo parlamentario al Gobierno.
En primer lugar, porque la Fiscalía y el Tribunal Supremo se sintieron ninguneados cuando reclamaron al ex presidente catalán Carles Puigdemont a Alemania por el delito de rebelión y el tribunal de Schleswig-Holstein se negó a entregarlo valorando los hechos y extralimitándose a la hora de calificar la tipificación del delito que exigía el cumplimiento de la euroorden cursada.
En segundo lugar, con esta calificación el Gobierno se alinea con la justicia alemana en vez de respaldar la tesis del instructor del procés Pablo Llarena y muestra que tampoco comparte la posición de la Fiscalía del Alto Tribunal, que ve una “rebelión de libro” en este caso. El propio Pedro Sánchez compartía esta interpretación jurídica antes de llegar a la Moncloa gracias al apoyo de los independentistas a su moción de censura. "Si no hay altercados públicos, eso no significa que no pueda haber un delito de rebelión, como sí que se produjo”, aseguró en mayo en una entrevista en Antena 3.
Cuando Sánchez llegó al Palacio de la Moncloa en junio albergaba la esperanza de que el cambio de fiscal general del Estado sirviera para que el Ministerio Público suavizara sus acusaciones en esta causa. Así se lo transmitieron a los presos interlocutores del Gobierno, según ha podido saber El Independiente de fuentes solventes. Sin embargo, la fiscal general María José Segarra no cambió criterio a los fiscales de Sala Consuelo Madrigal, Javier Zaragoza, Fidel Cadena y Jaime Moreno y estos han presentado este viernes sus acusaciones por rebelión ante la Sala Segunda del Alto Tribunal.
"Acción tumultuaria" y violencia
En su escrito de acusación, el Ministerio Público sostiene que “la actuación de los acusados pretendía orillar la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria, e impedir el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de aquella, para conseguir como objetivo último -con sus propias leyes y sus propias estructuras de Estado- declarar la independencia de esa parte del territorio nacional y obligar al Estado a aceptar la separación del referido territorio, finalidad que estuvieron a punto de lograr con los actos delictivos que ejecutaron poniendo así en grave peligro el orden constitucional”.
La Fiscalía explica que “el plan secesionista contemplaba la utilización de todos los medios que fueran precisos para alcanzar su objetivo, incluida -ante la certeza de que el Estado no iba a aceptar esa situación- la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido, valiéndose para ello de la fuerza intimidatoria que representaban, por una parte, con la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas instigadas y promovidas por ellos, y, por otra, el uso de los Mossos d’Esquadra como un cuerpo policial armado e integrado por unos 17.000 efectivos aproximadamente, que acataría exclusivamente sus instrucciones -como así sucedió- y que, llegado el caso, podría proteger coactivamente sus objetivos criminales, sustrayéndole, así, al cumplimiento de su genuina función de guardar y preservar el orden constitucional”.
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