Claro 'gesto' al independentismo con una importante reducción de penas. La Abogacía del Estado presentó este viernes sus conclusiones provisionales contra los principales dirigentes del proceso independentista catalán, excluyendo el delito de rebelión por orden directa del Gobierno de Pedro Sánchez. Ni un sola mención a la violencia que sí aprecia la Fiscalía del Tribunal Supremo y la acusación popular Vox. Y lo que es más grave, que también apreciaban los abogados del Estado asignados al caso que se negaron a suscribir el informe que se ha remitido al Alto Tribunal.
En su escrito, el Servicio Jurídico del Estado aprecia los delitos de sedición, malversación de caudales públicos y desobediencia grave. Las penas solicitadas para los 18 acusados oscilan entre los 12 años de prisión y la multa. En el caso del líder de ERC, Oriol Junqueras, los servicios jurídicos del Gobierno solicitan 12 años de prisión mientras que Fiscalía pide para él 25 años de cárcel por un delito de rebelión.
A lo largo de 58 páginas de escrito de acusación, la Abogacía no aprecia violencia en los actos del 20- S y el 1-O en Cataluña. El escrito hace referencia a que en los días previos a la proclamación de la independencia unilateral de Cataluña se produjeron "incidentes contra el orden público"calificados de "altercados, tumultos y disturbios" que generaron "un ambiente crispado y hostil".
El documento de la abogada general Consuelo Castro -que esta tuvo que asumir personalmente tras la imposición del Ejecutivo de excluir la rebelión y el profundo malestar que eso generó en el cuerpo de letrados- se distingue entre tres tipos de procesados. En primer lugar se encuentran los antiguos miembros del Gobierno de la Generalitat, que jugaron “el papel de adoptar las decisiones ejecutivas necesarias” para realizar el referéndum ilegal del 1 de octubre. A seis de ellos -el ex vicepresidente Oriol Junqueras, el ex consejero de Interior Joaquim Forn, el de Presidencia Jordi Turull, Raül Romeva (Asuntos Exteriores), Josep Rull (Territorio) y Dolors Bassa (Trabajo)- se les acusa de sedición y malversación. Forn, Turull, Romeva, Rull y Bassa se enfrentan a once años y medio de prisión y la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, a diez años de prisión.
Ambos delitos se aprecian en concurso medial, es decir que, según el abogado del Estado, la presunta malversación -el desvío de fondos públicos para fines ilegales- fue el medio necesario para cometer el delito más grave, el de sedición, consistente en alzarse “pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes” o el cumplimiento de “resoluciones administrativas o judiciales”. Al recurrir al concurso medial de los delitos, las penas bajan considerablemente ya que sí la sedición y malversación se contemplaran por separado la petición de condenas tendría que ser forzosamente mayor.
Los Jordis, sin condición de autoridad
Según los servicios jurídicos del Ejecutivo, Junqueras, Forn, Turull, Romeva, Rull y Bassa merecen un castigo más grave por su estatus de “autoridad”, al haber “inducido, sostenido y dirigido la sedición desde su condición de miembros del Gobierno”.
En el caso de los otros tres antiguos miembros del Ejecutivo catalán encausados -Meritxell Borrás (Gobernación), Carles Mundó (Justicia) y Santiago Vila (Empresa)- la Abogacía del Estado aprecia los delitos de malversación y desobediencia grave por autoridad pública. El primero, por adoptar “los acuerdos para la ejecución y desarrollo del referéndum del 1 de octubre, disponiendo ilegítimamente de fondos públicos”. El segundo, por desoír sistemáticamente los acuerdos del Tribunal Constitucional. Por ambas infracciones pide para ellos siete años de prisión, 10 años de inhabilitación absoluta y un año y ocho meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público además de una multa.
Un segundo grupo de acusados estaría conformado por los líderes de Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. El escrito los señala como autores de un delito de sedición que también habrían “inducido, sostenido y dirigido”, aunque sin contar con la condición de “autoridad” de los seis exmiembros del Gobierno también acusados de la misma infracción. Por esa razón, el abogado del Estado solicita para ellos una pena de menor entidad: ocho años de cárcel y otros tantos de inhabilitación absoluta.
El gesto a los independentistas
La Abogacía cifra en un total de 1,9 millones el dinero supuestamente defraudado en el 'procés' explicando que "la fijación de la cuantía de lo defraudado a los efectos penales sólo interesa para determinar si es o no aplicable el tipo agravado del delito de malversación".
El hecho de que el Gobierno de Pedro Sánchez haya obligado a sus servicios jurídicos a cambiar a última hora el criterio respecto a la petición de penas para quienes violaron el ordenamiento jurídico –el abogado del Estado asignado a la causa del procés siempre apreció un delito de rebelión en el Tribunal Supremo- es, sin duda, todo un gesto político.
Las fuentes jurídicas consultadas por este medio explican que, más allá del viraje impuesto por el Ejecutivo a la Abogacía del Estado de cara al juicio del procés, la decisión conocida este jueves también tendrá gran repercusión cuando el fallo del Tribunal Supremo sea recurrido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (algo que ocurrirá con toda probabilidad ya que las defensas así lo han anunciado). La razón es que en Estrasburgo será la Abogacía del Estado el órgano que tenga que defender la sentencia de la justicia española y, si esta conlleva condenas por rebelión, difícilmente podrá el abogado español defender en Europa una tesis que ni siquiera apoyó en el Supremo, explican las fuentes informantes.
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