El Tribunal Supremo ha acordado solicitar documentación a la Audiencia Nacional sobre las escuchas telefónicas que se hicieron sobre el empresario Juan Miguel Villar Mir y su letrado en el marco de la operación Lezo como paso previo a decidir si admite a trámite o no la querella que la defensa del empresario ha interpuesto contra el magistrado Manuel García Castellón.
Según ha podido saber El Independiente, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal ha acordado dichas diligencias, a petición de la Fiscalía, en virtud del artículo 410 de la Ley Orgánica del Poder Judicial donde se recoge que “en el caso de que alguna de las partes en un proceso, o persona que tuviese interés en él, formulasen querella contra el juez o magistrado que deba resolver en dicho proceso, con carácter previo a la admisión de ésta el órgano competente para su instrucción podrá recabar los antecedentes que considere oportunos a fin de determinar su propia competencia así como la relevancia penal de los hechos objeto de la misma o la verosimilitud de la imputación”.
La Fiscalía pido al Alto Tribunal disponer dicha documentación antes de emitir su informe a favor o en contra de la admisión de la querella
En concreto, el Supremo solicita que se aporte al procedimiento testimonio de la denominada pieza de derecho de defensa, así como el oficio de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) donde se analizan las intervenciones telefónicas y el informe final de las mismas obrante en los folios 2904 a 2965 del sumario de la trama Lezo.
La defensa de Villar Mir presentó a finales del mes de septiembre una querella contra el instructor de Lezo por los delitos de prevaricación judicial, interceptación ilegal de las comunicaciones, retardo malicioso de la administración de Justicia y falsedad e infidelidad en la custodia de documentos.
Un informe médico falso
Por su parte, el magistrado de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha argumentado que las escuchas entre letrado y el dueño de OHL estaban justificadas puesto que la Ley establece que todas las comunicaciones entre el investigado o encausado y su abogado tienen “carácter confidencial” salvo cuando “se constate la existencia de indicios objetivos de la participación del abogado en el hecho delictivo investigado o de su implicación junto con el investigado o encausado en la comisión de otra infracción penal”.
El juez del caso Lezo descubrió que, cuando se interceptaron las comunicaciones del empresario imputado (no de su abogado), la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil se encontró de forma casual con que Juan Miguel Villar Mir -en una conversación con su letrado- quería fabricar un informe médico para evitar comparecer en la Audiencia.
El instructor, al apreciar indicios de delitos en dicho comportamiento, decidió deducir testimonio y remitir dichas actuaciones a los juzgados madrileños de Plaza de Castilla ante la posible comisión de un delito de falsedad documental. No en vano la titular del Juzgado de Instrucción Número 5 de la capital, Carmen Valcarce, mantiene en la actualidad imputado al facultativo que fabricó el citado informe médico tras haberle tomado declaración el pasado mes de septiembre en calidad de investigado. La instructora también ha pedido recientemente a la Audiencia que le remita más documentación del caso.
Una vez que la Audiencia Nacional remita dicha documentación al Supremo este dará traslado a la fiscal de Sala Pilar Fernández Valcárcel para que informe a favor o en contra de la admisión de la citada querella, según informan fuentes jurídicas.
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