La Fiscalía ha informado en contra de recusar al magistrado Manuel Marchena y a los otros seis miembros del tribunal que juzgará el caso del "procés" en base a la condena de Estrasburgo a España en el caso Otegi, como así solicitó el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart. Tal y como hizo hace unos días con las recusaciones planteadas por otros acusados contra Marchena por los WhatsApp del senador popular Ignacio Cosidó, la Fiscalía ha pedido que se rechace de plano, o en su caso, se desestime la recusación planteada por Cuixart.
Y también las presentadas por la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y Anna Simó, exintegrante de la Mesa, contra Marchena a raíz del acuerdo entre el Gobierno y el PP, ya roto, que le iba a nombrar presidente del CGPJ y del Supremo, un cargo que él mismo rechazó. Para recusar a todo el tribunal, Cuixart alegó que "las dudas de imparcialidad" sobre Marchena "se extienden" al resto de miembros de la Sala e invocó la condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a España por el caso del dirigente abertzale Arnaldo Otegi, en el que no se reconoció la supuesta parcialidad de una magistrada que le juzgó.
'Mera ósmosis'
Sobre este extremo, el fiscal Fidel Cadena señala que "presumir que los seis magistrados recusados (todos menos Marchena) son parciales por mera ósmosis y por extensión no solo es contrario a la presunción de imparcialidad del juzgador (...) sino que carece de fundamento absoluto". Es así, dice la Fiscalía, "porque el interés directo que se imputa especulativamente al presidente simplemente no existe ni se ha probado". Y por ello "la cita del TEDH del caso Otegi no es de aplicación analógica" a este caso ya que la supuesta ausencia de imparcialidad de Marchena "es simplemente inexistente".
Por tanto, no hay "causa alguna que pueda sostener" la supuesta "contaminación subjetiva" de los seis jueces a los que Cuixart recusó "por extensión" dado que tampoco hay razón para recusar a Marchena. "Mal puede extenderse la mácula que no existe", señala el fiscal Cadena, que incide en que "no basta con que las dudas o sospechas sobre la imparcialidad del juez surjan en la mente de quien promueve el expediente" sino que es preciso que éstas estén "objetiva y legítimamente justificadas".
En relación a Marchena, la Fiscalía recuerda que la Sala del 61 del Tribunal Supremo ya rechazó apartarle del tribunal del "procés" cuando los acusados presentaron anteriores incidentes de recusación contra él y otros de sus compañeros de tribunal. La Fiscalía cree que estas nuevas peticiones intentan dilatar "la recta administración de justicia", es decir, la celebración del juicio, sobre todo cuando no hay motivos legítimos para fundar las recusaciones.
En esta ocasión, los encausados alegaron supuestos vínculos políticos de Marchena con el PP a raíz del mensaje de Cosidó, en el que supuestamente hablaba de que el acuerdo permitiría controlar "desde detrás" la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Pero en su anterior informe, presentado el pasado lunes y al que hoy hace referencia Cadena, la Fiscalía ya dijo que no hay "sombra de culpa" en Marchena en relación al acuerdo entre el Gobierno y el PP, que saltó por los aires la semana pasada.
"Nada puede ser reprochado al comportamiento del juez cuya recusación se promueve", aseguró el ministerio público. En el caso de que las peticiones de recusación no sean rechazadas de plano, irían a la denominada Sala del 61, que decidirá sobre todas ellas.
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