Política | Tribunales

Las claves del 'procés'

El presidente del TC aplaza el debate sobre el recurso de amparo de Junqueras

Fuentes del tribunal de garantías explican que González Rivas no ha incluido en el orden del día del próximo Pleno el recurso de Junqueras que generó división en el Constitucional

Oriol Junqueras, durante la entrevista desde la cárcel con Informe Semanal | INFORME SEMANAL

El Tribunal Constitucional no debatirá esta semana sobre el recurso de amparo contra la prisión preventiva presentado por el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras. Según informan fuentes jurídicas a El Independiente, el presidente del tribunal de garantías Juan José González Rivas ha decidido no incluir en el orden del día del próximo Pleno la deliberación del recurso que, tal y como avanzó este medio, causó división en el seno de dicho órgano y amenaza con romper la unanimidad lograda por el tribunal sobre el desafío independentista en Cataluña.

En una primera deliberación sobre el citado amparo, un grupo magistrados propuso remitir el caso al Tribunal Supremo para que fuera este órgano quien valorase si se debe excarcelar o no a Junqueras en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre el exjefe del prokurdo Partido Democrático de los Pueblos, Selahattin Demirtas.  La argumentación esgrimida es que el Alto Tribunal no pudo valorar el fallo de Estrasburgo, ya que cuando prorrogó en enero la prisión preventiva de los presos, la sentencia del caso Demirtas no había sido notificada. Otros magistrados del Constitucional simplemente instaron en aquel Pleno a González Rivas a reforzar la argumentación de su ponencia sobre la prisión preventiva.

Lo cierto es que el presidente del Constitucional se vio obligado a modificar la misma en un intento de que no se rompa la unanimidad en un asunto tan delicado a nivel jurídico y político a escasos días de que en el Supremo arranque el juicio al ‘procés’.

Fuentes del TC explican que la razón por la que no va a ir en el orden del día del Pleno de esta semana es que todavía se está rehaciendo la sentencia de Juan José González Rivas. Otras fuentes apuntan a que este aplazamiento está relacionado con que en el ánimo del tribunal está no interferir en el inminente inicio de la vista oral en el Alto Tribunal.

No obstante, distintas fuentes jurídicas consultadas por este medio adelantan a que se harán esfuerzos por no romper la unanimidad que ya el anterior presidente, Francisco Pérez de los Cobos, logró recabar a la hora de dar respuesta  a los asuntos sobre el desafío soberanista catalán.

El Supremo se pronuncia sobre el caso Demirtas

No obstante, esta división en el Constitucional provocó de forma casi inmediata que algunos presos, como el ex líder de ANC, Jordi Sánchez, instara al Supremo a pronunciarse sobre la doctrina Demirtas. El Alto Tribunal lo ha hecho este lunes en un auto donde vuelve a rechazar la libertad de los nueve presos preventivos. En dicha resolución, el tribunal que preside Manuel Marchena ha descartado este lunes la comparación establecida entre los políticos catalanes y el opositor kurdo al que dio la razón el Tribunal de Estrasburgo.

El Supremo sostiene que “conviene destacar, por otra parte, un dato que singulariza y distingue las dos situaciones que las defensas, en su legítimo discurso impugnativo, pretenden igualar. El señor Demirtas era un líder opositor cuyo encarcelamiento –sin entrar en otro orden de consideraciones acerca de las notas definitorias del sistema jurisdiccional turco y de la pervivencia de preceptos penales difícilmente conciliables con el Convenio de Roma- podía llegar a implicar una ruptura de la legitimidad democrática”.

Además, la Sala señala que “los hechos que delimitan el objeto de la presente causa especial no se atribuyen por el Fiscal, el Abogado del Estado y la acusación popular a líderes de la oposición. Antes al contrario, la mayor parte de los procesados eran líderes políticos integrados en el Gobierno de una comunidad autónoma en la que asumían la máxima representación del Estado en ese ámbito territorial. No expresaban, por tanto, la silenciada voz discrepante frente a una política hegemónica que se impone sin contrapesos. Los políticos cautelarmente privados de libertad, cuya situación las defensas identifican con el cautiverio del señor Demirtas, se hallaban plenamente integrados en las estructuras de ejercicio del poder autonómico. La pretendida equiparación entre las medidas cautelares que afectan a los procesados y el encarcelamiento del opositor turco que está en el origen de la sentencia del Tribunal Europeo, es contemplada por la Sala como una respetable estrategia defensiva, pero carente de viabilidad por la falta de similitud con los hechos que van a ser objeto de enjuiciamiento”.

En su recurso de amparo al TC, la defensa del líder de ERC –ejercida por el abogado Andreu Van de Eyden- plantea la vulneración de derechos fundamentales a la libertad, a la libertad ideológica, al juez ordinario predeterminado por la ley, el derecho a la defensa, a la presunción de inocencia, a la legalidad, a la participación y representación políticas, al juez imparcial, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías.

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