De los 600 testigos que aproximadamente desfilarán por el Salón de Plenos del Tribunal Supremo a partir del martes día 12 en el juicio del ‘procés’, sólo uno de ellos lo hará en calidad de testigo protegido. Se trata de un miembro de los Mossos d’Esquadra que relató en un juzgado de Lérida cómo él y sus compañeros tenían órdenes políticas para facilitar la celebración del referéndum ilegal del 1 de Octubre.
El agente, que ya declaró con protección en las diligencias previas 1341/2017 del Juzgado de Instrucción Número 4 de Lérida, también lo hará ante el tribunal que preside el magistrado Manuel Marchena siguiendo los parámetros legales que establece la Ley Orgánica 19/1994.
Durante su declaración ante el juez de Lérida, el agente desveló que los Mossos d'Esquadra tenían obligación de informar sobre los movimientos llevados a cabo por la Guardia Civil y Policía para impedir el referéndum del 1-O. Relató, además, que recibieron unos ‘briefings’ donde se les dio una serie de directrices encaminadas a facilitar la celebración de la consulta ilegal. Por ejemplo, en esas reuniones informativas se les prohibió llevar a cabo un gran número de acciones, entre ellas, entrar a la fuerza en los colegios electorales.
"Total pasividad"
En concreto, este testigo protegido puso de manifiesto que les dijeron “que lo mejor era dejar todo el material antidisturbios en el furgón y que si no se podía entrar en los colegios pidiéndolo por favor, que no se entrara". Además, este mosso señaló que entre el cuerpo de policía autonómica catalana hubo una actitud de “total pasividad” incluso cuando los guardias civiles fueron agredidos. También narró en sede judicial cómo desoyeron las peticiones de colaboración hechas por los guardias civiles ya que había que mantener una postura de “total alejamiento” hacia ellos.
Tanto la Fiscalía del Tribunal Supremo como la Abogacía del Estado propusieron esta prueba testifical en el juicio del ‘procés’ al dar gran valor probatorio al relato del agente. El tribunal, tras deliberar sobre la pertinencia de esta prueba, decidió finalmente acordarla en el auto notificado a las partes el pasado viernes. Es el único testigo que gozará de protección en el Alto Tribunal.
Proteger su identidad
Sin embargo, según informa fuentes jurídicas, todavía no se ha decidido cuál será la fórmula escogida para que el agente declare en la vista oral con la debida protección. Fuentes del Alto Tribunal sostienen que cuando se resolvió la ilegalización del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) por parte de la Sala del 61 se celebró la declaración de un testigo protegido con una mampara; así se impedía ver su identidad. Otra opción, indican las fuentes consultadas, es que además se dote de menor publicidad a esa prueba testifical en el juicio que va camino de convertirse en el más transparente de la historia de España, al ser retransmitido en tiempo real por la propia web del Poder Judicial.
La Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, recoge que los tribunales deben acordar medidas de protección sobre los testigos protegidos para que “que no consten en las diligencias que se practiquen su nombre, apellidos, domicilio, lugar de trabajo y profesión, ni cualquier otro dato que pudiera servir para la identificación de los mismos, pudiéndose utilizar para ésta un número o cualquier otra clave”. De igual manera, la Ley prevé que los testigos protegidos comparezcan "para la práctica de cualquier diligencia utilizando cualquier procedimiento que imposibilite su identificación visual normal”.
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