Política

El Gobierno sostiene que Estrasburgo "no impide" exhumar a Franco en contra de la familia

El Supremo advirtió en diciembre de que el traslado de los restos del dictador puede ser recurrido y recordó que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó en 2018 a Polonia por exhumar los restos de dos ciudadanos en contra de sus familias

Ofrendas florales sobre la tumba de Franco el pasado 20 de noviembre.

El Gobierno defiende que la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) “no impide en términos absolutos” que se realicen exhumaciones en contra de la voluntad de las familias de los afectados. Así lo sostiene el Ejecutivo de Pedro Sánchez en el acuerdo aprobado el pasado viernes en Consejo de Ministros para trasladar los restos del dictador Francisco Franco desde la basílica del Valle de los Caídos, adelantado por El Independiente.

La citada afirmación no es baladí. El pasado mes de diciembre, la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo rechazó paralizar por el momento la exhumación de los restos del dictador en un auto en el que dejó claro que el cuerpo embalsamado de Franco no podrá salir de Cuelgamuros a otro lugar "sin que previamente los recurrentes hayan podido recurrirlo y recabar la tutela judicial efectiva, incluida la cautelar, y esta Sala se haya pronunciado al respecto".

Sin ir más lejos, el Alto Tribunal invocaba en dicha resolución la conocida como sentencia Solska y Rybycka -fechada el pasado 20 de septiembre de 2018- en la que se condenó a Polonia por exhumar a dos ciudadanos que fallecieron en un accidente de avión en contra del criterio de las familias. La Corte de Estrasburgo concluyó en ese caso que el país había violado el derecho al respeto a la vida privada y familia.

De ahí que ahora el Gobierno –sabedor de que si exhuma a Franco sin el consentimiento de los nietos puede ser condenado en el futuro por el TEDH– haya querido contrarrestar esta postura en su acuerdo de exhumación, anunciado públicamente el pasado viernes pero notificado formalmente a las partes este martes.

La familia del dictador está dispuesta a llegar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos si el TS no le da la razón

El Ejecutivo de Pedro Sánchez sostiene que Estrasburgo "ha dictado varias sentencias en las que ha conectado el tratamiento dado a los restos mortales de familiares con el derecho a la vida familiar protegido" por el artículo 8.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH). Este precepto dice textualmente: "Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia".

Según Moncloa, en dichas sentencias "no se reconocen en términos rotundos la existencia de un 'derecho a disponer de los restos mortales de familiares" y "no se impide en términos absolutos que se realicen exhumaciones contra la voluntad de la familia".

Sentencias del TEDH

Además, el Gobierno entiende que el TEDH tampoco reconoce "en términos generales un derecho a recibir físicamente los restos mortales de un familiar, sino que a veces se limitan a proteger el derecho a conocer dónde están inhumados o a acompañarlos en el momento de la inhumación". Para llegar a esta conclusión, en el acuerdo del Consejo de Ministros se citan siete sentencias del TEDH: Pannullo y Forte contra Francia (2001), Znamenskaya contra Rusia (2005), Yildirim contra Turquía (2007), Hadri-Vionnet contra Suiza (2008), Elli Poluhas Dödsbo contra Suecia (2013), Sabanchieyeva y otros contra Rusia (2013) y Maric contra Croacia (2014). Todas estas resoluciones son anteriores a la citada por la Sala Tercera del Supremo, que fue dictada el año pasado.

El acuerdo adoptado el pasado viernes por el gabinete de Pedro Sánchez para exhumar al dictador, sin fecha aún, dará paso a una batalla judicial ya anunciada por los nietos de Franco. Estos se han opuesto en redondo al traslado de los restos de su abuelo, alegando que el proyecto del Gobierno vulnera derechos fundamentales y no puede ejecutarse.

Los descendientes del jefe del Estado ya han anunciado que pedirán al Tribunal Supremo que paralice cautelarmente la ejecución hasta que se resuelva el pleito, cuya sentencia difícilmente podría dictarse este año. A estas alturas es muy improbable que la salida de la momia de Franco de su sepultura del Valle de los Caídos, donde fue enterrado el 23 de noviembre de 1975, pueda tener lugar antes de las elecciones generales del próximo 28 de abril.

El abogado que defiende a la familia, Luis Felipe Utrera-Molina, ya ha confirmado que sus representados están dispuestos a agotar todas las instancias judiciales para evitar la exhumación, lo que incluye el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. "Es una batalla por la dignidad y la van a dar hasta el final. No se perdonarían moralmente abandonar los restos de su abuelo. Que nadie busque intencionalidad política", concluye el letrado.

La familia no dará alternativa

De momento, el gabinete de Sánchez ha dado dos semanas a los nietos del dictador para que determinen un lugar de inhumación que no sea la Catedral madrileña de la Almudena, emplazamiento señalado por la familia en su escrito de alegaciones en caso de no poder frenar el traslado. El abogado ya ha anticipado que no detallarán ninguna sepultura alternativa y que la respuesta la recibirá el Ejecutivo en el Tribunal Supremo.

La familia pidió al Alto Tribunal a principios del pasado mes de diciembre que suspendiese el acuerdo del Consejo de Ministros de 8 de noviembre por el que se aprobó la continuación del procedimiento de exhumación de los restos mortales de Franco. El Supremo rechazó esa pretensión al entender que dicho acto administrativo no justificaba por sí mismo la exhumación ni producía una situación irreversible que hiciera perder su finalidad al recurso, por cuanto entonces la familia tenía aún disponible un plazo de alegaciones y el Consejo de Ministros no había resuelto.

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