La Fundación Francisco Franco considera que si el Tribunal Supremo no suspende cautelarmente la ejecución de la exhumación se cometería un "daño irreparable a la moral, honor y dignidad" de Juan Carlos I, la autoridad que entregó a la comunidad benedictina la custodia del cuerpo para su inhumación en el sepulcro habilitado ex profeso en la basílica del Valle de los Caídos.
La entidad creada en 1976 para difundir "la memoria y obra" del dictador ha interpuesto este martes un recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo adoptado el pasado 15 de febrero por el que el Consejo de Ministros decide trasladar los restos de Franco y ha pedido al alto tribunal que paralice la exhumación, al entender que si se consuma se produciría un perjuicio a la familia, a la orden religiosa que custodia el templo, a la Fundación Franco y a "los derechos morales de la sociedad en su conjunto".
A las 16 horas del 22 de noviembre de 1975, dos días después del fallecimiento del dictador, el entonces jefe del Estado dirigió un escrito -firmado como "Yo el Rey"- al entonces abad mitrado de la abadía del Valle de los Caídos, Luis María de Lojendio, en el que le pedía que recibiera los restos mortales de Franco y los colocara en el sepulcro destinado al efecto: en el presbiterio, entre el altar mayor y el coro de la basílica.
Más de 43 años después, la Fundación Franco expone esa circunstancia histórica entre los argumentos esgrimidos para justificar por qué el Supremo debería acceder a la suspensión del traslado, como le han pedido ya formalmente los nietos del dictador y la comunidad benedictina de la abadía del Valle de los Caídos. El alto tribunal resolverá previsiblemente en un par de semanas, a las puertas del inicio de la campaña electoral del 28-A.
La fundación ve un "claro desprecio" al poder judicial la decisión del Gobierno de poner fecha a la reinhumación
"Si el Tribunal Supremo no suspende la exhumación acordada antes de que se dicte sentencia sobre el fondo se cometerían daños irreparables a la moral, honor y dignidad de quien ha representado parte fundamental en la historia de España sin la cual no podría entenderse el actual régimen constitucional, en el supuesto -para nosotros evidente- de que la sentencia fuera estimatoria de nuestras pretensiones de nulidad. Es evidente que la Historia, con mayúscula, no puede ser alterada ni ocultada por un acuerdo gubernamental", razona.
Esta parte considera un "claro desprecio" al poder judicial y a la "separación de poderes" que el Consejo de Ministros haya puesto fecha a la exhumación y reinhumación del cuerpo embalsamado del dictador -el 10 de junio de 2019-, lo que achaca al intento de Pedro Sánchez de presentar una "bandera estrella" cara a los próximos comicios. Ello, en su opinión, obliga a adoptar "si cabe aún más" la medida cautelar solicitada.
Interés "partidista del Gobierno"
La Fundación Franco sostiene que "no existe interés general" sino "partidista del Gobierno" en sacar a Franco de Cuelgamuros por "criterios ideológicos y de rentabilidad política", máxime cuando "partidos de distinto signo político" han gobierno el país incluso "con mayorías absolutas" en las últimas cuatro décadas y no adoptaron ninguna decisión "de este calibre". "Ninguna prisa de valor jurídico o fáctico tiene no suspender la ejecutividad de un acuerdo del Consejo de Ministros que permite llevar a cabo la exhumación del cadáver embalsamado de D. Francisco Franco Bahamonde profanando un lugar sagrado", añade.
La parte considera que el procedimiento de exhumación promovido por el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha sido una "infracción permanente", lo que concreta en la "parcialidad de la instructora", la "denegación" de pruebas propuestas durante la instrucción, "irregularidades urbanísticas" y "ocultismos de trámites y diligencias".
Frente a la interpretación que hace el Gobierno en el acuerdo motivado el pasado 15 de febrero, cuando afirma que son los poderes públicos los que deben decidir el uso que se le da al Valle de los Caídos por ser un espacio de "titularidad pública", la fundación que honra la memoria del dictador sostiene que el propietario del conjunto monumental "no" es Patrimonio Nacional sino la Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos y que el administrador de los bienes de ésta es "el abad auxiliado por el consejo de administración de Patrimonio Nacional".
Igualmente, la Fundación mantiene que el acuerdo del Consejo de Ministros es "contrario" al Acuerdo con la Santa Sede para asuntos jurídicos que España firmó el 3 de enero de 1979, norma que -en su artículo 1.5- consagra la "inviolabilidad" de los lugares de culto e impide cualquier actuación en un templo sin la preceptiva autorización eclesiástica. "Sólo el consentimiento de su titular podría permitir el acceso a dicho lugar sagrado; y sólo para la realización de actos acordes con la santidad del lugar, lo que, desde luego, no lo es la exhumación contra la voluntad de sus familiares y herederos, expresada de forma unánime", agrega.
Jerarquía normativa
En este sentido, la parte recuerda que, en aplicación del principio de jerarquía normativa, el citado acuerdo con la Santa Sede prevalece sobre la Ley de Memoria Histórica o el combatido acuerdo del Consejo de Ministros por tener naturaleza de tratado internacional. Ello impediría la ejecución de la exhumación aun en el caso de que el Tribunal Supremo denegara la suspensión cautelar.
En su escrito, la Fundación Franco deja entrever su voluntad de instar, "en el momento procesal oportuno", la presentación de una cuestión de inconstitucionalidad al entender que el real decreto-ley con el que el Gobierno ha dado cobertura legal al proyecto de traslado de los restos de Franco vulnera artículos de la Carta Magna y de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea.
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