La Fiscalía del Tribunal Supremo se opondrá a que los líderes del procés que integran listas electorales salgan de prisión para participar en mítines de campaña. Según informan fuentes fiscales a El Independiente, el Ministerio Público informará además de forma desfavorable a la excarcelación de los encausados por desarrollar el desafío independentista en el otoño de 2017 al entender que su puesta en libertad podría interferir en la celebración del juicio que se desarrolla en el Alto Tribunal, que no acabará previsiblemente antes del mes de junio.
Respecto a la participación en la campaña, la Fiscalía entiende que el derecho a la participación política del ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, los ex consellers Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull y el ex líder de ANC Jordi Sánchez sufre ciertas mermas cuando hay una medida de prisión preventiva dictada. Tanto si esos mítines se pretenden celebrar en las cárceles como fuera de ellas la Fiscalía se opondrá a la participación de los presos en dichos actos. No puede existir un ejercicio pleno de dicho derecho debido a la medida privativa de libertad, según el Ministerio Fiscal.
Asimismo, la semana pasada los citados presos solicitaron al tribunal que preside Manuel Marchena que acordara su puesta en libertad "para el normal desarrollo de dicha campaña" ya que la prisión incondicional limita de modo grave sus derechos políticos como candidatos "al no poder intervenir en debates electorales, dirigir con normalidad mensajes a la ciudadanía, etc".
"Garantizar derechos políticos"
"Para garantizar su derecho de defensa y en estos casos, garantizar sus derechos políticos de participación en una campaña electoral, su derecho y el de todos los ciudadanos a escuchar a sus candidatos; entendemos que debe decretarse libertad provisional y a partir de ahí, tomar las medidas que la Sala considere oportunas", subrayó el letrado de Oriol Junqueras -número uno de ERC para las elecciones generales y Romeva.
Por su parte, el tribunal que juzga la causa del ‘procés’ ha dictado este martes una providencia en la que señala, en relación a la solicitud del expresidente de la ANC Jordi Sànchez de celebrar un debate electoral en el centro penitenciario donde se encuentra ingresado, que no es competente para resolver dicho asunto.
La Sala concluye, de acuerdo a la Constitución y a la Ley General Penitenciaria, que “no compete al órgano jurisdiccional velar por los principios que determinan la regulación de la actividad electoral”. Añade que “tampoco le incumbe la fijación de un determinado régimen penitenciario. Lo solicitado no es un acto que afecte a una posible incomunicación judicial -que no se ha acordado por esta Sala-, ni supone una excarcelación del centro penitenciario. Todo ello sin perjuicio de la competencia atribuida a la Administración Electoral para velar por la vigencia de los principios que rigen el desarrollo del proceso electoral”, señalan los magistrados.
El Alto Tribunal tampoco prevé acordar ninguna puesta en libertad en estos momentos si bien deliberará sobre los permisos de prisión para acudir a los mítines electorales, indican las fuentes informantes. La doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre este asunto condicionará en gran medida la decisión de los siete jueces que juzgan a los líderes del 'procés'.
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