Política

El TSJ catalán avala que un policía nacional cobre menos en Barcelona que en Madrid

La Sala hace suyos los argumentos de la Abogacía del Estado, que sostiene que las funciones de los agentes en ambas ciudades "no son en absoluto equivalentes" / La diferencia en el complemento de 'territorialidad' es de 127 euros al mes

Agentes de la Policía Nacional en la barcelonesa Vía Laietana. | EP

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha avalado que un policía nacional destinado en la ciudad de Barcelona cobre menos que otro con idéntica categoría y prestando el mismo servicio en la capital de España, al entender que las funciones que desempeñan ambos funcionarios son "diferentes".

En una sentencia fechada el pasado 19 de marzo, de la que ha sido ponente el magistrado Eduardo Barrachina y a la que ha tenido acceso El Independiente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha desestimado el recurso interpuesto por una oficial destinada en la Brigada de Policía Judicial de Barcelona de la Jefatura Superior de Cataluña que reclamaba cobrar en concepto de complemento de 'territorialidad' la misma cuantía que sus compañeros con plaza en Madrid ciudad, en el aeropuerto Adolfo Suárez-Barajas y en los organismos centrales. En concreto, en Cataluña se percibe por este plus 53,04 euros al mes y en Madrid 180,02 euros mensuales.

Dicho complemento se regula en la Regla Complementaria Tercera del Catálogo de Puestos de Trabajo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y su importe depende de la localización geográfica del puesto de trabajo, teniéndose en cuenta para su cálculo -entre otros motivos- el coste de la vida o la peligrosidad del trabajo policial. La mayor cantidad se fija para la plantilla en el País Vasco (600 euros al mes), debido a la amenaza que suponía la actuación armada de la banda terrorista ETA.

En su demanda, la funcionaria -ex secretaria general de la Unión Federal de Policía (UFP) en Cataluña-defendía que no existe ninguna justificación "objetiva y razonable" que explique la diferencia salarial entre los agentes destinados en las ciudades de Madrid y Barcelona, por lo que -en su opinión- la Administración estaba actuando de forma discriminatoria y arbitraria. "Nos encontramos ante una quiebra del principio de igualdad retributiva", sostenía.

La Sala respalda la tesis de la Abogacía del Estado: las funciones de los agentes en ambas ciudades "no son en absoluto equivalentes"

"La diferencia retributiva existente por este concepto entre las ciudades de Madrid y Barcelona no es debida a una diferencia de la carestía de la vida, la problemática policial, traslados al trabajo o al coste de la vivienda, así como los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que prestan servicio en Madrid no realizan labores de mayor dificultad técnica, responsabilidad, peligrosidad o penosidad que los que prestan servicio en Barcelona ciudad, por lo que no existe una causa que avale dicha diferencia retributiva", exponía la recurrente.

Para tratar de apuntalar su tesis, esta policía aportó diversos informes de empresas especializadas con los que trataba de demostrar que el precio de la vivienda -tanto en propiedad como en alquiler- era más elevado en la Ciudad Condal que en la capital de España, al tiempo que pedía que se ponderase las consecuencias que para los agentes y sus familiares estaba teniendo el "rechazo" que una parte de la sociedad catalana mostraba ya a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad como consecuencia de la "situación política existente" en Cataluña.

Lejos de avenirse a este planteamiento, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC rechaza la pretensión de la funcionaria y hace propios los argumentos que, en su contestación a la demanda, había expuesto la Abogacía del Estado: las funciones de un agente destinado en la Jefatura Superior de Cataluña "no son en absoluto equivalentes a las de otros compañeros en puestos diferentes al suyo en la ciudad de Madrid".

En la sentencia, el tribunal considera que "no se han desvirtuado los razonamientos jurídicos" esgrimidos por la División de Personal del Cuerpo Nacional en la resolución con la que desestimó en vía administrativa la petición de esta oficial de policía y avala que se prestan "funciones diferentes" en ambas ciudades. "La propia estructura orgánica, localización geográfica que afecta al ámbito de las funciones profesionales desempeñadas, impide la equiparación total entre ambas unidades", concluye.

Un policía destinado en Madrid ciudad cobra un complemento de 'territorialidad' de 180 euros, 127 más que su compañero en Barcelona

En una nota informativa, la secretaría provincial de la UFP en Barcelona califica de "injusta" la sentencia y reitera que "a los ojos de cualquiera se está produciendo una discriminación retributiva", al tiempo que descarta recurrirla ante el Supremo por no poder asumir el coste económico que supondría para esta organización sindical pleitear en el alto tribunal.

"Hace tres o cuatro años, el que era DAO [Director Adjunto Operativo], el comisario principal Eugenio Pino, en una reunión improvisada con los sindicatos dijo que la territorialidad para Cataluña era 'inminente'. Está claro que la interpretación de inminencia la hacemos diferente", ironiza la UFP.

Plus congelado desde 2007

El complemento de 'territorialidad' que abona la Dirección General de la Policía a los funcionarios destinados en la capital catalana apenas ha sufrido variación desde hace al menos 12 años, mientras sí se le ha incrementado de manera notable a los que sirven en la ciudad de Madrid: de 45,49 euros en 2007 se ha pasado a 184,14 euros en 2019.

El aumento de este plus salarial para los agentes destinados en Barcelona es una antigua reivindicación de los sindicatos policiales, reactivada tras el desafío independentista con motivo del referéndum del 1-O. Las organizaciones, que cifran en una cantidad equivalente al 0,7% del presupuesto anual de la Dirección General de Policía el coste de la aplicación del complemento demandado, consideran que este incentivo económico es imprescindible para garantizar la estabilidad de las plantillas y evitar que Cataluña siga siendo un "destino de paso" para los funcionarios del Cuerpo Nacional.

Como ha informado este diario, 524 policías nacionales que sirven en la actualidad en Cataluña (362 policías, 104 oficiales y 58 subinspectores) han pedido en el último concurso general de méritos vacantes ofertadas en otras comunidades, mientras que tan sólo se han cubierto 26 de las 276 plazas ofertadas en las cuatro provincias catalanas.

Desbandada de policías en Cataluña

Con seguridad, como ya ocurrió en 2018, la Dirección General destinará a Cataluña el grueso de los policías nacionales de nuevo ingreso -a los que se dará destino el próximo mes de julio tras completar durante los dos últimos años su formación en la Escuela de Ávila y su periodo de prácticas- para evitar que se agrave el déficit en esta comunidad.

De acuerdo con los últimos datos aportados al Congreso de los Diputados por el Gobierno, el Cuerpo Nacional de Policía contaba a 30 de abril de 2018 con 2.921 efectivos disponibles en Cataluña (2.205 en Barcelona, 290 en Girona, 287 en Tarragona y 139 en Lleida), cuando su catálogo de activos se cifraba en 4.008 plazas. El déficit de puestos, en consecuencia, superaba el millar (el 80 % en la Ciudad Condal).

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