La Fiscalía del Tribunal Supremo ha elevado este miércoles a definitiva su petición de 25 años de condena de cárcel por rebelión y malversación para el exvicepresident de la Generalitat de Cataluña y diputado suspendido Oriol Junqueras como dirigente del 'procés' independentista y mantiene igualmente su petición inicial de pena para los otros ocho procesados por el primero de estos delitos, tal y como avanzó este martes El Independiente.
Tampoco ha variado su petición de penas para los tres exconsejeros del ex Govern de Carles Puigdemont encausados por desobediencia y malversación de caudales públicos.
Sin embargo, como novedad, el Ministerio Fiscal, que sostiene que en los meses de septiembre y octubre de 2017 en Cataluña se produjo un "período insurreccional" con incidentes violentos en distintos puntos de la autonomía, pide a la Sala que preside Manuel Marchena que en su sentencia aplique el artículo 36.2 de Código Penal, referido a delitos de especial gravedad.
Dicho artículo legal sostiene que “cuando la duración de la pena de prisión impuesta sea superior a cinco años, el juez o tribunal podrá ordenar que la clasificación del condenado en el tercer grado de tratamiento penitenciario no se efectúe hasta el cumplimiento de la mitad de la pena impuesta”. De esta forma, la Fiscalía intenta evitar que los presos del 'procés' vayan a tener un trato preferente al cumplir en cárceles catalanas. A los fiscales Sala del Alto Tribunal no se les escapa que el Govern de Quim Torra tendrá en su mano promover un régimen penitenciario más laxo a los líderes del ‘procés’ que sean condenados por el Tribunal Supremo debido a que la Generalitat tiene transferidas las competencias de Instituciones Penitenciarias.
Por su parte, la Abogacía del Estado también mantiene su petición de 12 años de cárcel para Junqueras por sedición y malversación; penas de entre 11 años y medio para los ex conseller Joaquím Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva; 10 años para Carme Forcadell; y 8 años para los Jordis, todos ellos por un delito de sedición en un claro gesto del Gobierno de Pedro Sánchez con las fuerzas independentistas. En un primer momento, la Abogacía del Estado iba a acusar por rebelión a quienes de forma unilateral promovieron la declaración de la república de Cataluña.
La acusación popular ejercida por Vox ha retirado su petición de pena de organización criminal malversación para el exconsejero de Empresa Santiago Vila y lo deja en desobediencia, que no conlleva pena de cárcel sino tan sólo una inhabilitación para cargo público.
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