El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha debatido este jueves en Pleno el proyecto de nuevo Reglamento del Ministerio Fiscal con el que Ministerio de Justicia trata de ascender a la actual fiscal general en funciones María José Segarra a fiscal de Sala, la categoría más alta en el Ministerio Fiscal. Segarra se encuentra en estos momentos en funciones ya que el fiscal general cesa cuando lo hace el Gobierno de turno.
El artículo 62.1. a del citado Reglamento sostiene que “el Fiscal General del Estado que, siendo miembro de la Carrera Fiscal, cese en sus funciones por alguna de las causas previstas en el artículo 31 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, quedará adscrito, a su elección, a la Fiscalía del Tribunal Supremo o a cualquiera de las Fiscalías cuyo Jefe pertenezca a la categoría primera, adquiriendo de forma automática los derechos, honores y tratamientos de Fiscal de Sala del Tribunal Supremo hasta su provisión por el Gobierno de conformidad con los artículos 13 y 36 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal”.
El informe que aprobará este jueves el Pleno del CGPJ sobre el Reglamento de Fiscalía es preceptivo pero no vinculante
El informe aprobado el órgano de gobierno de los jueces, al que ha tenido acceso El Independiente, sostiene que este cambio normativo “no parece encontrar un encaje preciso en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
La ponencia, que ha correspondido a los vocales Rafael Mozo y Juan Manuel Fernández, establece que el Estatuto Orgánico del Ministerio no contempla dentro de los supuestos de adscripción provisional “tras la expiración del mandato por cese, el caso del fiscal general del Estado cuando este pertenezca a la Carrera Fiscal”. El CGPJ, cuyo informe es preceptivo pero no vinculante, sostiene que cuando el fiscal general del Estado es miembro de la Carrera Fiscal se encuentra en situación de servicios especiales al ocupar dicho cargo.
Malestar en la Carrera Fiscal
“El reingreso al servicio activo tras el cese del cargo determinante de la situación de servicios especiales se regula en el artículo 355 LOPJ y comporta el acceso a la plaza reservada que ocupase al pasar a esa situación o la que pudiera obtener durante su permanencia en la misma. La LOPJ sólo contempla la adscripción provisional como consecuencia del cese de la situación de servicios especiales para aquellos casos en que la declaración de tal situación administrativa no conlleva el derecho de reserva de plaza, al pasarse a tal situación desde la situación de excedencia voluntaria”, explican los ponentes en su informe que previsiblemente verá luz verde este jueves en el Pleno.
Lo cierto es que la pretendida reforma del Reglamento del Ministerio Fiscal provocó gran malestar en un amplío sector de la Fiscalía que vio, tras dicha maniobra, un intento del Ejecutivo de recompensar a Segarra en el caso de que no sea nombrada de nuevo como cabeza visible del Ministerio Público.
Si no es renombrada fiscal general del Estado, Segarrá debe volver a la Fiscalía de Sevilla donde ya no tendría la condición de jefa
María José Segarra dejó su puesto de fiscal jefe de Sevilla para ser fiscal general del Estado. Si como todo apunta, el Gobierno del PSOE decide ahora no revalidarla en el cargo, tendría que volver de fiscal rasa a la Fiscalía de la capital hispalense, puesto que su anterior plaza ya salió a concurso. De ahí, que la modificación del mencionado Reglamento de la Carrera Fiscal se haya percibido como una reforma impulsada ‘ad hoc’ para la todavía fiscal general en funciones.
Además, este proyecto, promovido por el Ministerio que dirige Dolores Delgado, que tiene rango normativo de decreto, se realizó sin tener en cuenta la opinión de los representantes de los fiscales.
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