La promoción del psicoanálisis y el método formulado por Sigmund Freud es de interés general y la organización sin ánimo de lucro que promueve esa labor debe ser declarada de utilidad pública. Al Ministerio del Interior no le ha quedado más remedio que inscribir a la Escuela Lacaniana de Psicoanálisis del Campo Freudiano en el Registro Nacional de Asociaciones después de que esta entidad le haya ganado el pulso en los tribunales.
Fundada en Madrid en el año 2000 en el marco del movimiento iniciado por Jacques Lacan en 1964 y con 263 miembros en la actualidad, la Escuela Lacaniana de Psicoanálisis del Campo Freudiano solicitó el 14 de julio de 2016 la declaración de utilidad pública. Entre otros beneficios, esta catalogación abre la puerta a gozar de exenciones fiscales.
La entidad chocó contra el muro de Interior. El 22 de marzo de 2017, la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior -por delegación del ministro, entonces el popular Juan Ignacio Zoido- resolvió denegando dicha solicitud con el argumento de que no quedaba acreditado el interés general de las acciones que promueve esta asociación. "Ni hay constancia de que los resultados que se extraen de dichas actividades tengan un impacto real en la sociedad en su conjunto y una repercusión más allá de los profesionales e interesados en el psicoanálisis del campo freudiano a quienes van dirigidas", zanjó.
Interior denegó la declaración de 'utilidad pública' a la entidad con el argumento de que su promoción del interés general es sólo "puntual"
En su resolución, este departamento ministerial recordaba que la concesión a una asociación de la condición de 'utilidad pública' es una medida de fomento que conlleva la adquisición de un "estatus cualificado" que da la posibilidad de gozar de exenciones y beneficios fiscales. "El examen de la presencia y efectiva consecución del interés general no puede por menos que ser riguroso", justificó.
Desde un punto de vista jurídico, Interior entendía que no cumplía el requisito que la Ley orgánica reguladora del derecho de asociación establece en su artículo 32.1 a) para que una entidad pueda ser considerada de utilidad pública: "Que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general (...) y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza".
Inscripción con efecto retroactivo
Casi dos años después de ver rechazada su pretensión en vía administrativa, la justicia se ha puesto del lado de la Escuela Lacaniana de Psicoanálisis del Campo Freudiano, con sede en Barcelona pero cuyo ámbito de actuación abarca todo el territorio nacional. En una sentencia fechada el pasado 23 de enero, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Pazos, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional no sólo ha estimado el recurso interpuesto por la citada asociación frente a la resolución denegatoria del Ministerio del Interior sino que ha condenado en costas al departamento que hoy dirige Fernando Grande-Marlaska.
Lejos de recurrir ante el Tribunal Supremo, Interior ha acatado el fallo y el mismo secretario general técnico que rechazó la inscripción, Juan Antonio Puigserver, firmó el pasado 7 de junio la orden por la que se publica la declaración de utilidad pública de la citada entidad. Como puede comprobarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE), la Escuela Lacaniana de Psicoanálisis del Campo Freudiano -inscrita con el número 101.147- goza a todos los efectos de dicha consideración desde el pasado 23 de enero, fecha de la sentencia.
La Audiencia Nacional ha dado la razón a la asociación que promueve el método del padre del psicoanálisis y ha condenado en costas a la Administración
En su recurso, la entidad recordaba que sus fines son los mismos que los de la Escuela Europea de Psicoanálisis del Campo Freudiana y de la Asociación Mundial de Psicoanálisis y negaba que su actividad estuviera limitada en exclusiva a beneficiar a sus asociados y no al ciudadano, como decía la Administración.
Para apuntalar ese argumento, la asociación detalló todas las acciones que promueve en un intento de demostrar el cumplimiento efectivo de su objeto estatutario: publicaciones en la revista El psicoanalista, la creación de una red de bibliotecas abierta al público, la celebración de un curso de extensión universitaria en la Complutense de Madrid bajo el título Elementos de psicoanálisis para pensar lo social, el desarrollo de un aula docente en el madrileño Hospital Doce de Octubre, la organización de un foro sobre autismo y la firma de convenios de colaboración con ministerios, entre otras.
En la resolución del recurso, la Sala de lo Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional concede gran importancia al informe favorable que emitió el 3 de noviembre de 2016 la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación -dependiente del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad- sobre la pretendida declaración de utilidad pública que dicha asociación había solicitado cuatro meses antes.
80 años de la muerte
En este sentido, el tribunal comparte la conclusión plasmada en el citado informe por Sanidad y llama la atención sobre el hecho de que las actividades que la asociación asegura que lleva a cabo "no se discute" en ningún momento. También tira por tierra el argumento de que la promoción del interés general sea "puntual", como alegó Interior para fundamentar la denegación de la solicitud.
"A la vista de la contribución a tal interés que late en la ayuda a la formación de psicoanalistas que prestan asistencia sanitaria, y de las muy diversas actividades que resultan de la documentación aportada (...), no puede compartirse el carácter puntual que invoca la Administración, por lo que, en definitiva, siendo varios los medios dirigidos al público en general, sin que se pueda mantener que la actividad de la recurrente esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados, se ha de concluir que procede la estimación del recurso al tener los fines estatutarios a promover el interés general y dar cumplimiento efectivo su actividad a tales fines", razona la sentencia.
Casi 80 años después de su muerte, ocurrida concretamente el 23 de septiembre de 1939 en el barrio londinense de Hampstead, Freud le ha ganado el pulso de alguna manera a Zoido (hoy eurodiputado del PP). Al menos sus discípulos sí pueden invocarlo.
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