Haber contratado al comisario vinculado a las cloacas del Estado José Manuel Villarejo puede traer serios quebraderos de cabeza. Que se lo digan a la excúpula del segundo banco de España, el BBVA, a los navieros Ángel y Álvaro Pérez Maura o al bufete de abogados Herrero y Asociados. Todos ellos están imputados por delitos de cohecho por haber contratado a un funcionario público, es decir, al polémico policía para sus asuntos particulares.
La Fiscalía Anticorrupción considera que pudieron cometer sobornos o cohechos activos cuando contrataron al agente encubierto bien para frenar que una empresa como Sacyr tomara el control del BBVA o para frustrar una extradición a Guatemala en el caso de los Pérez Maura o para hacer seguimientos a sus ex socios de despacho como ocurrió con Herrero y Asociados.
El artículo 424 del Código Penal establece que “el particular que ofreciere o entregare dádiva o retribución de cualquier otra clase a una autoridad, funcionario público o persona que participe en el ejercicio de la función pública para que realice un acto contrario a los deberes inherentes a su cargo o un acto propio de su cargo, para que no realice o retrase el que debiera practicar, o en consideración a su cargo o función, será castigado en sus respectivos casos, con las mismas penas de prisión y multa que la autoridad, funcionario o persona corrompida”.
Nuestra legislación castiga con hasta seis años de prisión a los autores del delito de cohecho. El Código Penal sostiene que tanto los funcionarios públicos como los particulares que los corrompiesen serán castigados "a pena de prisión de tres a seis años, multa de doce a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a doce años".
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