Primero, el Tribunal Supremo dijo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en sentencia que los magistrados Enrique López y Eloy Velasco no podían ocupar plaza en la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional porque no eran los más antiguos en el escalafón atendiendo tanto a las pruebas de especialización convocadas por el CGPJ en julio de 2011 como a las pruebas de promoción de juez a magistrado para las órdenes civil y penal. La Sala Tercera del Alto Tribunal anuló por unanimidad sus nombramientos.
Aún así, la Comisión Permanente que preside Carlos Lesmes decidió el pasado mes de mayo mantenerlos como adscritos a la citada Sala aunque dicho órgano, compuesto hasta ahora por tres magistrados –que pasará a tener cinco integrantes-, tan sólo dictó 18 sentencias durante todo el año pasado. De hecho, ambos togados estaban actuando en la actualidad como refuerzos de las Secciones de la Sala Penal por este motivo: la escasa carga de trabajo de la Sala de Apelaciones.
Entonces, el Alto Tribunal, en un durísimo auto, adelantado por El Independiente, recordó al Consejo que, como órgano del Poder Judicial, debe “extremar el respeto al ordenamiento jurídico, los principios que lo rigen y las sentencias de los distintos órganos”. La Sala de lo Contencioso Administrativo concluyó que el CGPJ se “excedió de lo ejecutoriado en su sentencia” cuando decidió mantener a López y Velasco en la Sala de Apelaciones teniendo una “actitud puramente voluntarista” en este asunto. Esa decisión se adoptó en el mismo acuerdo donde se nombró nuevos miembros de la citada Sala a los magistrados Ángel Hurtado y Manuela Fernández de Prado.
"Insuficiencia de trabajo"
Aún así, el órgano de gobierno de los jueces ha mantenido el pulso al Supremo y, por segunda vez, vuelve a nombrar a los citados magistrados como adscritos a la 'súpersala' de la Audiencia, ahora en un acuerdo independiente. Votaron en contra de esta decisión los vocales Álvaro Cuesta y Rafael Mozo, según ha podido saber este medio.
En el mismo se hace referencia a la posible “insuficiencia de trabajo” en la citada Sala: “Adscribir a los magistrados Eloy Velasco y Enrique López a la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, debiendo concursar para obtener plaza en propiedad. Ello sin perjuicio de que la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional, en el supuesto de insuficiencia de trabajo en la Sala de Apelación, pudiera proponer una adscripción obligatoria, en régimen de comisión de servicio sin relevación de funciones, en función de las necesidades del servicio”.
Por otro lado, en el citado acuerdo el Consejo trata de hacer un guiño a la Sala de Gobierno de dicho tribunal donde hubo voces muy críticas con las citadas adscripciones, según ha podido saber este periódico.
Los adscritos acuden al TC
El CGPJ –donde sentó muy mal que el Supremo corrigiese su ya cuestionada política de nombramientos- ha optado por mantener a Velasco y Lesmes en la ‘Gran Sala’ de la Audiencia pese a que su propio gabinete técnico informó de que también existía la posibilidad de que quedaran adscritos a la Sala de lo Penal.
La batalla legal abierta no termina aquí. Los magistrados nombrados han decidido acudir en amparo al Tribunal Constitucional alegando vulneración de derechos fundamentales por parte del Alto Tribunal mientras las asociaciones judiciales estudian ya recurrir este nuevo acuerdo del Consejo por la vía contencioso-administrativa. El Supremo ya avisó de que este acto administrativo es "susceptible de control tanto en vía administrativa como posteriormente en vía jurisdiccional”.
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