Los nietos de Franco confían en que, aunque la Justicia avale finalmente al acuerdo de exhumación, el Supremo les reconozca su derecho a reinhumar los restos de su abuelo en el lugar deseado por ellos y vetado por el Gobierno de Pedro Sánchez: la catedral madrileña de La Almudena.
Así lo plantean los descendientes del dictador en el escrito de conclusiones presentado ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, último trámite procesal antes de que se dicte la sentencia que determinará si el Ejecutivo de Sánchez puede abrir la losa que tapa la actual sepultura de Franco para sacarlo de la basílica del Valle de los Caídos.
"Para el hipotético caso de que, pese a la contundencia y bondad de nuestros argumentos, esta Excma. Sala diese vía libre al acuerdo de exhumación, confiamos en que no validará en absoluto un cercenamiento tan escandaloso de los derechos fundamentales de mis representados que se decían garantizados en el real decreto-ley y se reconocerá su legítimo derecho a inhumar a su abuelo en su sepultura familiar en la cripta de La Almudena", exponen.
En el escrito, al que ha tenido acceso El Independiente, los Franco reiteran los argumentos que vienen defendiendo desde que el gabinete de Pedro Sánchez acordó la exhumación el pasado 15 de febrero y combaten el "ejercicio de prestidigitación" que realiza la Abogacía del Estado en la contestación a la demanda.
Los nietos del dictador insisten en que el Gobierno no puede llevar a cabo el traslado de los restos sin la autorización eclesiástica
De entrada, los descendientes del dictador se muestran seguros de que el Supremo elevará cuestión de constitucionalidad ante la ausencia del "presupuesto habilitante" -razones de urgencia y extraordinaria necesidad- en la norma elegida por el Gobierno para dar cobertura legal a su decisión: el real decreto-ley por el que se modificó el pasado mes de agosto la Ley de Memoria Histórica para establecer que en el conjunto del Valle de los Caídos sólo pueden yacer los restos mortales de personas fallecidas a causa de la Guerra Civil.
En su opinión, el uso de este mecanismo legislativo en vez de la tramitación ordinaria para tratar de ejecutar el traslado de Franco supone un "intolerable ejercicio abusivo y arbitrario" y, de no abortarse por la Justicia, "sentaría un precedente peligrosísimo para el futuro".
"Sería irresponsable cerrar los ojos a la realidad y a nadie se le escapa que la única urgencia que concurre en este caso vino determinada por el simple deseo o capricho del gobierno presidido por D. Pedro Sánchez de proceder a exhumar el cadáver de Francisco Franco con la mayor premura tras acceder al poder tras la moción de censura, por motivos estrictamente ideológicos y electoralistas que en nada justifican la utilización de un instrumento excepcional como el Real Decreto Ley", razona el escrito, firmado por el abogado Luis Felipe Utrera-Molina.
"Disposición de caso único"
La familia de Franco insiste en que dicho decreto-ley es una "disposición de caso único" que quiebra el principio de igualdad ante la ley que consagra la Constitución y demuestra la "precipitación" del Ejecutivo para "llevar a cabo la promesa estrella de su investidura".
En este sentido, recuerdan que el Gobierno "no ha realizado gesto alguno tendente a iniciar el procedimiento de exhumación" del resto de personas que se encuentran enterrados en Cuelgamuros y que no cumplen el requisito que establece la Ley de Memoria Histórica: haber muerto "a causa de la Guerra Civil".
"Ha quedado acreditado, sin lugar a dudas, no sólo en el presente procedimiento, sino a tenor de las declaraciones de destacados miembros del Gobierno y la inacción absoluta del mismo en este sentido, que la verdadera finalidad del Real Decreto Ley no es la de exhumar a todos aquellos inhumados en el Valle de los Caídos que no fallecieron a consecuencia de la Guerra Civil, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley de Memoria Histórica, sino única y exclusivamente la de exhumar los restos mortales de D. Francisco Franco Bahamonde, lo que la convierte en una verdadera disposición legal de caso único, contraria el principio de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 14 de la Constitución", añaden.
La familia advierte del “peligrosísimo” precedente si la Justicia avala el 'decretazo' como mecanismo para dar cobertura legal a la promesa de Sánchez
Junto a Franco, existen otras 192 personas enterradas en el Valle de los Caídos -entre ellos 20 monjes benedictinos, uno de ellos a finales del pasado año- cuyos restos habría que exhumar en aplicación estricta de la Ley de Memoria Histórica al morir después de que hubiera terminado la guerra.
En paralelo, los nietos del dictador reiteran que, en virtud del Acuerdo con la Santa Sede para asuntos jurídicos, es la autoridad eclesiástica a quien compete "en exclusiva" la decisión de exhumación de los restos de un católico "en un lugar sagrado" como la basílica de Cuelgamuros.
El papel del prior
En este caso, la competencia correspondería al prior de la abadía del Valle de los Caídos, quien ha denegado la autorización ante la oposición de la familia a que se lleve a cabo el traslado. Y ello, en opinión de esta parte, conllevaría la "nulidad" de los acuerdos del Consejo de Ministros en aplicación del artículo 47.1.b) de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La familia tampoco pasa por alto las "infracciones urbanísticas" en las que incurre presuntamente el proyecto elaborado por Patrimonio Nacional para llevar a cabo la exhumación, lo que ha llevado a un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid a suspender cautelarmente la licencia hasta que entre en el fondo y dicte sentencia.
Asimismo, consideran que el informe pericial encargado a expertos en seguridad -sometido a contradicción ante la Sala el pasado 4 de julio- "pone en evidencia" las razones esgrimidas por el Gobierno para rechazar que los restos de Franco puedan ser reinhumados en La Almudena, opción unánimemente preferida por los siete nietos si no puede mantenerse en la sepultura actual.
"Mínimo rigor y justificación objetiva"
Dicho trabajo niega que el riesgo en la catedral madrileña pudiera incrementarse por la presencia de los restos del dictador y concluye que es en el cementerio de Mingorrubio-El Pardo -el emplazamiento designado por el Ejecutivo- donde hay más posibilidades de que se produzcan "atentados, altercados, colapso o daños al medio ambiente".
"La prueba pericial practicada en el procedimiento ha puesto de manifiesto que los informes de la Delegación del Gobierno en Madrid, que concluyen la improcedencia, por razones de seguridad ciudadana, de que los restos mortales de don Francisco Franco sean inhumados en la cripta de la Catedral de la Almudena, carecen del mínimo rigor y justificación objetiva, por lo que implican una intervención y limitación máximas del derecho de una familia a elegir el lugar de inhumación de sus deudos, desconociendo absolutamente el referido principio de proporcionalidad, lo que vicia de nulidad el Acuerdo de 15 de febrero, por la vulneración que comporta del referido principio de proporcionalidad", razona.
Los nietos de Franco piden a la Sala que, en caso de que avale la "inidoneidad" de que los restos de su abuelo reposen en La Almudena, se les conceda "un plazo adicional razonable" para poder designar un "lugar alternativo de inhumación" al señalado "unilateralmente" por el Gobierno. La familia entiende que el Ejecutivo tan sólo podría imponer el emplazamiento en caso de "silencio o discrepancias" entre los descendientes, circunstancia que "no se ha dado en el presente caso".
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