Los nietos de Franco han pedido al Supremo que aclare si, en caso de que el prior del Valle de los Caídos vuelva a denegar el acceso a la basílica para proceder a la exhumación de los restos del dictador, la autorización eclesiástica puede ser sustituida por otra judicial y en ese caso qué órgano sería el competente.
Así lo plantea el abogado de la familia en un escrito de aclaración de sentencia presentado ante la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal tras analizar el tenor literal del fallo notificado este lunes. Este trámite "no tiene efectos suspensivos", según el Supremo.
El letrado Luis Felipe Utrera-Molina no tiene dudas de que la sentencia avala la obligación que tiene el Gobierno de contar con la autorización de la Iglesia para poder entrar en el templo -en virtud del principio de inviolabilidad que blinda los lugares sagrados- y materializar el traslado del cuerpo embalsamado de Franco. La cuestión que quiere que la Sala aclare ahora es si es sustituible el placet eclesiástico por el judicial.
En la sentencia, el Tribunal Supremo concluye que la negativa del prior de la abadía benedictina de Cuelgamuros -emitida el pasado 26 de noviembre, casi tres meses antes de que el Consejo de Ministros acordara la exhumación (15 de febrero)- "debe entenderse que decae" tras determinarse que los familiares de Franco «ni tienen capacidad de disposición absoluta o ilimitada sobre un bien de titularidad pública ni sus derechos a la intimidad personal y familiar y a la libertad religiosa les confieren la facultad de impedir la exhumación legalmente acordada».
"Principios religiosos y morales"
El pronunciamiento judicial deja claro que "se requiere la autorización eclesiástica" para acceder al templo, como ya había entendido la Abogacía del Estado al solicitar el permiso al prior durante el expediente administrativo tramitado por el Ministerio de Justicia. En una carta enviada el 26 de diciembre a la ministra de Justicia, Dolores Delgado, el religioso denegaba el permiso para no incumplir «principios religiosos y morales» y no provocar «un perjuicio irreparable» a los descendientes de Franco por la posible vulneración de «derechos fundamentales» que les provocaría si daba el consentimiento para que se llevara a cabo la exhumación sin su consentimiento.
«Sin perjuicio de lo anterior, y como no podía ser de otra manera, esta Comunidad [religiosa] está sujeta a lo que decidan en su día las autoridades competentes que, dado el carácter conflictivo de la cuestión, no pueden ser otras que las judiciales…», concluía el prior, Santiago Cantera.
El Supremo decidirá la próxima semana si levanta las medidas cautelares que paralizan la exhumación
De momento, la abadía del Valle de los Caídos ha excusado valorar la sentencia con la que se ha desestimado íntegramente y por unanimidad el recurso de los nietos del dictador, a la espera de que el Supremo resuelva el recurso que la orden benedictina había interpuesto contra el acuerdo del Consejo de Ministros. En su escrito, el prior defendía el carácter inviolable del templo (en virtud del Acuerdo con la Santa Sede para asuntos jurídicos, vigente desde 1979), por lo que entendía que el Gobierno no puede acceder a la basílica para llevar a cabo la exhumación si no es con su consentimiento expreso.
La Iglesia española puede hacer recomendaciones pero carece de autoridad para doblegar al prior del Valle de los Caídos a fin de que éste conceda la autorización que hasta ahora ha rechazado. El religioso tan sólo responde ante el Papa.
La Abogacía del Estado mueve ficha
De otro lado, la Abogacía del Estado ha solicitado al Tribunal Supremo que levante las medidas cautelares que paralizan el desenterramiento de Franco y que resultan de los recursos presentados por los monjes benedictinos del Valle de los Caídos, la Fundación Nacional Francisco Franco y la Asociación en Defensa del Valle de los Caídos.
A pesar de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo rechazó el recurso contra la familia Franco contra el acuerdo de exhumación -afirmando que la operación era equiparable a una "obra menor" y por tanto no hacía falta licencia urbanística-, todavía quedan tres recursos más contra la decisión de sacar los restos de Franco de Cuelgamuros. De ahí que el Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, solicite ahora que se levanten dichas medidas cautelares.
También ha pedido al Alto Tribunal que le remita un "certificado de sentencia" para dirigirlo al magistrado José Yusty, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid que considera que el procedimiento abierto por la licencia urbanística para levantar la lápida del dictador sigue "vivo". Con dicha medida, el Gobierno pretende agilizar el pronunciamiento del juez que también dificulta la exhumación inmediata del ex jefe de Estado.
El Gobierno en funciones de Pedro Sánchez ha asegurado que su intención es ejecutar el traslado de los restos de Franco al cementerio madrileño de El Pardo-Mingorrubio "lo antes posible" a fin de alejar el acto de exhumación de la campaña electoral del 10-N. La fecha tendrá que fijarla el Consejo de Ministros.
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