La abadía del Valle de los Caídos considera que la urgencia que esgrime el Gobierno en funciones para ejecutar la exhumación de los restos de Franco es "meramente electoralista" e insiste en que el acceso a la basílica "sin la preceptiva e insustituible autorización eclesiástica" supondría la "violación de un lugar sagrado".
En un escrito presentado este martes ante la Sección Cuarta de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, al que ha tenido acceso El Independiente, la comunidad benedictina se opone a que se levante la suspensión cautelar de los acuerdos por los que el Consejo de Ministros ha decidido trasladar el cuerpo embalsamado del dictador hasta que el Alto Tribunal no resuelva su recurso. Y, de paso, avanza que terminarán recurriendo ante el Constitucional por vulneración de derechos fundamentales.
El prior rechaza así la pretensión de la Abogacía del Estado, que ha pedido que se alce ya esta medida provisional -el Supremo podría resolver esta cuestión esta misma semana- para que se pueda llevar a cabo "de forma inmediata" la exhumación de la momia de Franco. El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, ha reconocido su intención de que la reinhumación del dictador en el cementerio madrileño de El Pardo-Mingorrubio se lleve a cabo durante el mes de octubre.
Hasta ahora, el Supremo tan sólo ha resuelto el recurso que interpusieron los siete nietos de Franco contra el acuerdo por el que el Ejecutivo pretende llevar a cabo la exhumación, avalando por unanimidad la postura del Gobierno. Pero aún tiene que dictar sentencia sobre las alegaciones planteadas por otras tres partes que se oponen al traslado: la abadía benedictina, la Fundación Nacional Francisco Franco y la Asociación para la Defensa del Valle de los Caídos.
La abadía se opone a que se levante la suspensión cautelar sobre el traslado de los restos del dictador hasta que el Supremo no resuelva su recurso
En este sentido, el prior considera que, si se dejara sin efecto la medida suspensiva antes de que la Sala entre en el fondo y emita un pronunciamiento, se "vulneraría" el derecho de la comunidad benedictina a un proceso con las garantías debidas de contradicción y prueba.
"No puede alzarse una medida cautelar destinada a conjurar el riesgo de vulneración irreversible de derechos fundamentales de la abadía por el simple hecho de que se haya desestimado en la sentencia una denuncia de vulneraciones de derechos de terceros (la familia Franco), distintos de mi representada", razona el abogado en su escrito.
Esta parte recuerda que la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que la razón de la suspensión es evitar hacer perder su finalidad al recurso, por lo que, si se consuma el acceso a la basílica del Valle de los Caídos para llevarse a cabo la exhumación y en el futuro prosperara su recurso, el daño sería "irreversible".
"Imposible reparación"
El perjuicio sería "parcialmente subsanable" si los restos salieran de Cuelgamuros y una posterior estimación judicial obligara a devolverlos a la sepultura en la que se encuentran desde 1975, pero la infracción del derecho a la inviolabilidad de los lugares sagrados y a la libertad religiosa de la abadía sería de "imposible reparación" -mantiene la comunidad benedictina- en caso de que otra "se declarase ulteriormente la vulneración de dicho derecho fundamental".
La comunidad benedictina del Valle de los Caídos sostiene que, en contra de lo que afirma la Abogacía del Estado, "no están juzgadas todavía" sus alegaciones en relación con la vulneración de su derecho a la libertad religiosa y a la no intromisión de los poderes civiles en los lugares y actos de culto "si se desprecia o inaplica" el principio de inviolabilidad que el Acuerdo con la Santa Sede para asuntos jurídicos consagra para los espacios sagrados.
También consideran que no se ha dado respuesta judicial a la "infracción" que el decreto-ley con el que el Ejecutivo de Pedro Sánchez modificó la Ley de Memoria Histórica para dar cobertura legal a la exhumación de Franco provoca sobre los familiares de la veintena de monjes que están enterrados en el cementerio de la abadía y que ya no cumplen el requisito para continuar en Cuelgamuros. La redacción del texto es clara: «Sólo podrán yacer en el Valle de los Caídos los restos mortales de personas que fallecieron a causa de la Guerra Civil y, en consecuencia, habilitar la exhumación de los restos mortales de personas distintas a las caídas durante la Guerra».
Los monjes insisten en que la autorización eclesiástica para acceder a la basílica es “preceptiva”
El prior, igualmente, defiende que la sentencia con la que el Supremo ha resuelto el recurso de los descendientes de Franco tampoco se pronuncia sobre dos aspectos que afectan a su tutela judicial efectiva. De un lado, que sólo les haya quedado la opción de plantear una cuestión de inconstitucionalidad al haber elegido el Ejecutivo la figura del decreto-ley en lugar de utilizar su "potestad reglamentaria", en cuyo caso sí habrían podido acudir a los tribunales ordinarios.
Y, de otro, también considera vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva por la "interpretación arbitraria e irrazonable" del artículo 1.5 del Acuerdo con la Santa Sede para asuntos jurídicos ("los lugares de cultor tienen garantizada su inviolabilidad con arreglo a las Leyes"). "[Ello] lleva a la absurda conclusión de que una de las partes de un tratado internacional puede modificarlo unilateralmente, a su antojo, mediante una ley interna", censura.
"Absoluta indefensión"
Por todo ello, la comunidad benedictina expone que el levantamiento de la suspensión cautelar de la exhumación les dejaría "en la más absoluta indefensión", toda vez que, al no haber concluido el procedimiento judicial ni haberse dictado sentencia todavía, ellos no podrían acudir al Tribunal Constitucional para solicitar las medidas cautelarísimas.
"En otras palabras, mientras que la familia Franco sí podría solicitar, desde ya, el amparo constitucional y las medidas cautelares (por las razones que estime oportunas), mi mandante quedaría total y absolutamente indefensa frente a un levantamiento de la suspensión que la dejaría inerme para soportar la vulneración de sus derechos fundamentales (especialmente su derecho a la libertad religiosa al infringirse la inviolabilidad de los lugares de culto y la res sacra)", resume.
"Consecuentemente, la 'urgencia' a la que se refiere el representante del Gobierno no es otra que una 'urgencia electoral', subordinando la correcta Administración de Justicia y la justa aspiración a la reparación de vulneraciones de derechos fundamentales, a un propósito meramente electoralista: se consumaría, así, irreparablemente, violaciones de derechos fundamentales y se atentaría al derecho de libertad religiosa de la Iglesia católica (con infracción, en nuestra opinión, de un tratado internacional y otros derechos fundamentales) en aras de una finalidad que nada tiene que ver con el interés general", concluye.
Respuesta a la carta de Calvo
El prior tampoco aprecia la "urgencia de la ejecución" esgrimida ante el Tribunal Supremo por la Abogacía del Estado para que se alce ya la suspensión cautelar cuando el dictador permanece enterrado en la actual sepultura desde hace casi 44 años y Pedro Sánchez "declaró que si había estado esperando más de 40 años podía esperar un poco más".
El Consejo de Ministros tiene que fijar la fecha en que llevará a cabo el traslado de los restos del dictador desde el Valle de los Caídos hasta El Pardo. Según expuso el pasado viernes la ministra portavoz en funciones, Isabel Celaá, hay que concluir el expediente administrativo y preparar «aspectos logísticos» de la operación.
Antes, el prior deberá comunicar al Gobierno si mantiene su denegación de la autorización eclesiástica para que el Ejecutivo pueda acceder al templo o si, tras el fallo del Supremo, acata la sentencia. Por el tenor del último escrito, todo hace indicar que el máximo responsable de la abadía de Cuelgamuros mantendrá su negativa al persistir la oposición de los nietos del dictador.
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