El Tribunal Supremo condena a los líderes del proceso independentista de Cataluña por los delitos de sedición en concurso medial con malversación, descartando el delito de rebelión. Los magistrados consideran que las herramientas del Estado impidieron la "mera quimera" del propósito independentista, aunque dan por probada la existencia de violencia. Lo que sí ven claro es el delito de sedición porque los condenados "movilizaron a la ciudadanía en un alzamiento público y tumultuario que, además, impide la aplicación de las leyes y obstaculiza el cumplimiento de las decisiones judiciales".
La sentencia del procés comunicada este lunes a los condenados castiga al ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras como líder del procés a 13 años de prisión por sedición en concurso medial con malversación, así como le inhabilita para cargo público, aunque sea electivo, durante 13 años.
Por los mismos delitos condena a los ex consejeros Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, a los que impone penas de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta. Los ex consejeros Joaquim Forn y Josep Rull han sido condenados a 10 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta por el delito de sedición, el tribunal les exime de la malversación.
La presidenta del Parlament, Carme Forcadell, ha sido condenada también por un delito de sedición a 11 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta. Los líderes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, han sido condenados a 9 años de prisión y 9 de inhabilitación absoluta por el delito de sedición.
Los tres ex consejeros Santiago Vila, Meritxell Borrás y Carles Mundó son los únicos que no reciben penas de prisión. Han sido condenados a multas de 60.000 euros e inhabilitlación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos por un delito de desobediencia durante 1 año y 8 meses.
Hubo violencia pero no rebelión
La sentencia de casi 500 páginas de la Sala de lo Penal del Supremo confirma la existencia de la violencia en el procés. Sin embargo, considera que no basta la "constatación de indiscutibles episodios de violencia para proclamar que los hechos integran un delito de rebelión". "La violencia tiene que ser una violencia instrumental, funcional, preordenada de forma directa, sin pasos intermedios, a los fines que animan a la acción de los rebeldes", afirman los magistrados.
De ahí que condenen a los miembros del procés por un delito contra el orden público y no contra la Constitución. Consideran los magistrados que los condenados no pudieron ejecutar su intención de romper con el orden constitucional y alcanzar la independencia gracias a la aplicación del artículo 155 de la Constitución: "Bastó una decisión del Tribunal Constitucional para despojar de inmediata ejecutividad a los instrumentos jurídicos que se pretendían hacer efectivos por los acusados. Y la conjura fue definitivamente abortada con la mera exhibición de unas páginas del Boletín Oficial del Estado que publicaban la aplicación del artículo 155 de la Constitución a la comunidad autónoma de Cataluña", confirma el fallo.
"La inviabilidad de los actos concebidos para hacer realidad la prometida independencia era manifiesta. El Estado mantuvo en todo momento el control de la fuerza, militar, policial, jurisdiccional e incluso social. Y lo mantuvo convirtiendo el eventual propósito independentista en una mera quimera", afirma el tribunal.
Rechazan la petición del tercer grado
La Sala presidida por Manuel Marchena, en un fallo firmado por unanimidad por todos los magistrados, rechaza la petición del Ministerio Público de que los condenados no pudieran alcanzar el tercer grado penitenciario hasta la mitad de la condena, en aplicación del artículo 36.2 del Código Penal. Éste establece que quienes sean condenados a penas de más de cinco años de prisión no accedan al régimen de semilibertad hasta la mitad de la condena.
Precisamente éste punto era uno de los que más preocupaba a los líderes del procés, pues la mayoría de ellos ya han cumplido casi dos años de prisión preventiva. En el caso de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, este miércoles se cumplen los dos años en prisión, el máximo legal permitido para la prisión provisional sin revisión de medidas cautelares.
Los hechos
La sentencia del Tribunal Supremo castiga a quienes, al margen de la ley y con la utilización de las instituciones públicas, diseñaron una ruta para alcanzar la independencia de Cataluña de manera unilateral. El tribunal ha analizado durante el juicio y los meses posteriores las pruebas de dicho plan que tuvieron su punto álgido los días 20 y 21 de septiembre de 2017 -con el asedio de hasta 40.000 manifestantes a los registros judiciales en la consejería catalana de Economía- y el referéndum ilegal del 1 de octubre del mismo año.
En la cúspide de dicho plan habría estado el ex presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, al que el Supremo no ha podido juzgar ni condenar al estar fugado de la justicia española, igual que otros cinco miembros de su gobierno.
La sentencia es la respuesta legal al desafío independentista que se orquestó, según consideran acreditado los magistrados, desde las instituciones catalanas de autogobierno (por los miembros del Govern y del Parlament) y las entidades sociales soberanistas ANC, Òmnium Cultural que llamaron a la movilización ciudadana el otoño de 2017.
El juicio
El fallo llega tres meses después de que concluyera el juicio al procés, en el que desde febrero se juzgó a los 12 acusados de “dirigir, promover y/o participar activamente en la ejecución de una estrategia –a la que denominaron “procés”- perfectamente planificada, concertada y organizada para fracturar el orden constitucional con el fin de conseguir la independencia de la Comunidad Autónoma de Cataluña como nuevo Estado con forma de República, segregándola así del resto de España”, según acusó la Fiscalía.
En el banquillo se sentaron el ex presidente de la Generalitat, Oriol Junqueras y los ex consejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa, Joaquim Forn, Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila; la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell y los líderes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart.
Las acusaciones
Las Fiscalía solicitaba una pena de 25 años de prisión y 25 de inhabilitación absoluta para Oriol Junqueras por rebelión con malversación. Para los ex consejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa y Joaquim Forn, 16 años de prisión y 16 de inhabilitación absoluta también por rebelión con malversación.
En el caso de Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Carme Forcadell, el Ministerio Público les acusaba de rebelión y pedía 17 años de prisión y 17 de inhabilitación absoluta. Para los exconsejeros Meritxell Borras, Carles Mundó y Santiago Vila, pedía una pena de 7 años de prisión y 16 de inhabilitación absoluta por el delito de malversación, más multa de 30.000 euors y 20 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el de desobediencia.
La Abogacía del Estado acusó por un sedición, delito contra el orden público y no contra la Constitución, a los líderes del procés. También por malversación y desobediencia. En el caso de Junqueras, pidió una pena de 12 años de prisión y 12 de inhabilitación absoluta por sedición y malversación.
Para los ex consejeros Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull, Dolors Bassa y Joaquim Forn, solicitó penas de 11 años y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta también por sedición y malversación. Para Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, la Abogacía del Estado solicitó 8 años de prisión y 8 de inhabilitación absoluta por sedición.
En el caso de Carme Forcadell, pidió la pena de 10 años de prisión y 10 de inhabilitación absoluta por el mismo delito de sedición. Por último, para Meritxell Borrás, Carles Mundó y Santiago Vila, solicitó 7 años de prisión y 10 de inhabilitación absoluta por malversación más multa de 30.000 euros y 20 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por desobediencia.
La Acusación Popular ejercida por Vox fue la más dura en su acusación y en sus peticiones de pena, incluyendo el delito de organización criminal para todos los acusados. Así, solicitó 74 años de prisión, 20 de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público y 20 de inhabilitación especial para Junqueras, Turull, Romeva, Rull, Bassa y Forn por rebelión, organización criminal y malversación.
Para Jordi Sánchez, Jordi Cuixart y Carme Forcadell, pidieron 62 años de prisión, 20 de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público y 20 de inhabilitación especial por rebelión y organización criminal.
Para Meritxell Borràs, Carles Mundó y Santiago Vila, reclamaron 24 años de prisión, 20 de inhabilitación especial, 20 de inhabilitación absoluta para empleo o cargo público y multa de 216.000 euros.
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