La educadora social de la cárcel de mujeres de Brieva (Ávila) donde Iñaki Urdangarin cumple condena por delitos de corrupción en la gestión del instituto Nóos, considera que "si bien en el interno no se observan las carencias de la mayoría de la población penitenciaria, sí consideramos que la falta de actividades le está afectando negativamente".
La Audiencia Provincial de Ávila se refiere a la situación psicológica del cuñado del rey Felipe VI en su último auto, notificado este lunes, en el que rechaza el recurso de la Fiscalía contra las salidas de Urdangarin dos veces por semana para hacer voluntariado con discapacitados en el centro religioso Don Orione de Pozuelo de Alarcón (Madrid).
No está aislado por voluntad propia
Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Ávila se pronuncian sobre el "aislamiento" del cuñado de Felipe VI en la prisión donde se encuentra como único varón entre todas las presas puesto que el Ministerio Público recurrió que se le permitiera salir de la cárcel para realizar el voluntariado. Argumentó, de hecho, que fue él quien eligió tal situación.
Sin embargo, la Sala recuerda que "la competencia para determinar en qué centro penitenciario ha de cumplirse la pena privativa de libertad corresponde exclusivamente a la Administración Penitenciaria" y, por lo tanto "no cabe sostener, como insinúa el Ministerio Fiscal, que haya sido la elección del interno la que ha determinado el régimen de cumplimiento al que se encuentra sometido, sino que éste viene impuesto por las especiales circunstancias del centro en el que se desarrolla la ejecución de la pena".
"La falta de actividades a las que hace referencia viene impuesta por las específicas características del centro de cumplimiento, que impide la participación del interno en actividades comunes programadas por los profesionales para el resto de las internas, dado el principio de separación que exige nuestro sistema penitenciario", afirma la Sala.
La Audiencia de Ávila confirma por tanto la autorización del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 1 de Valladolid para que Urdangarin realice su voluntariado y rechaza los motivos alegados por el Ministerio Público.
No hace falta cumplir una cuarta parte
La Fiscalía también argumentó que el marido de la infanta Cristina todavía no ha cumplido una cuarta parte de la condena de cinco años y 10 meses de prisión por malversación, prevaricación, fraude a la Administración, dos delitos fiscales y tráfico de influencias que confirmó el Tribunal Supremo contra él y que, por tanto, no podía acceder a tal permiso.
Sin embargo, la Audiencia de Ávila recuerda que para que un interno clasificado en segundo grado de cumplimiento de una pena privativa de libertad pueda acceder a la ejecución de programas especializados únicamente se requiere perfil de baja peligrosidad social y que no ofrezca riesgos de quebrantamiento de condena. "No contempla ni exige dicho precepto el cumplimiento de la cuarta parte de la condena como presupuesto necesario e imprescindible para que el interno pueda acceder a la realización de tales programas especializados, a diferencia del régimen de otros beneficios o institutos penitenciarios", explica la Sala. De ahí que confirmen que rechacen la petición de la Fiscalía y confirmen que Urdangarin puede salir de la cárcel dos jornadas por semana y continuar con su voluntariado.
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