Mossos d'Esquadra se quejan de que la dirección del Cuerpo no está tramitando las actas que los agentes levantan tras identificar a personas que participan en las manifestaciones no autorizadas que se suceden en Cataluña en protesta por la sentencia del procés, lo que explica que ciudadanos que han sido denunciados hasta en cuatro ocasiones sigan participando en concentraciones no comunicadas previamente.
Desde el pasado 14 de octubre se suceden en la comunidad catalana cortes de carreteras y vías de tren y concentraciones multitudinarias en infraestructuras críticas y calles estratégicas con las que el movimiento independentista responde al fallo por el que el Tribunal Supremo ha impuesto severas penas de prisión a los líderes secesionistas.
Los funcionarios de la Policía de la Generalitat están obligados a identificar a quienes participan en manifestaciones que se llevan a cabo en lugares de tránsito público no comunicadas por escrito y autorizadas previamente por la Administración, como es preceptivo, y a levantar el correspondiente acta de denuncia (concretamente el formulario A68).
"Hay una instrucción del jefe o subjefe de la región policial indicando que hay que hacer actas y se hacen. Pero o las dejan prescribir o no se tramitan. Por eso los manifestantes y concentrados no tienen miedo a ser multados", denuncia un mosso.
La fuente explica que para que la denuncia surta efecto y se imponga la sanción ha de ser firmada por el director general de la Policía Autonómica, Pere Ferrer. "Se identifican por parte de Mossos a muchos concentrados y manifestantes que no tienen autorizada dicha actividad, pero luego el director general no sanciona nada o casi nada", añade.
Tenemos instrucción de levantar acta, pero o las dejan prescribir o no se tramitan. Por eso los manifestantes no tienen miedo a ser multados", dice un agente
Desde el departamento de Comunicación de los Mossos advierten, sin embargo, de que la participación en un corte de carretera o calle "está recogido dentro del derecho de manifestación y concentración" y que la Policía Autonómica no puede derivar acciones contra los participantes en esos cortes si no se produce una acción posterior añadida que implique la posible comisión de un delito, como una agresión a un agente o contra bienes públicos.
Es el mismo caso que cuando se producen cortes en manifestaciones sindicales, de estudiantes o de la Unió de Pagesos, que -aclaran estas fuentes- han recurrido repetidamente a esta vía de protesta. "El simple corte de una carretera no acompañado de una acción policial", argumentan. Recuerdan, además, que los Mossos no han permanecido en absoluto pasivos antes los disturbios de las últimas semanas, pero que las detenciones se han producido siempre por acciones que iban más allá de una concentración o corte de carretera.
Más de 200 detenciones en tres semanas
En total se han producido 218 detenciones en Cataluña por incidentes relacionados con la reacción de los grupos independentistas a la sentencia del procés, que se hizo pública el pasado 14 de octubre. De esas detenciones, 166 las han llevado a cabo los Mossos, 43 la Policía Nacional y nueve diversas policías locales. La demarcación de Barcelona concentra la mayoría de las detenciones -un total de 110- seguida por Lleida, Tarragona y, en último lugar, Girona.
Es en esta provincia donde se ha producido el peor corte de carreteras, el de la Junquera, que imposibilitó la conexión por carretera con Francia por este punto fronterizo. La AP-7 estuvo cortada durante más de 24 horas coincidiendo con la huelga general convocada por la Intersindical independentista entre el 18 y el 19 de octubre. Los CDR disolvieron el corte tras la llegada de un helicóptero y cinco furgonetas de intervención de los Mossos.
La contemporizadora postura oficial de los Mossos, que invocan el derecho de manifestación para justificar cualquier corte de carretera, contrasta sin embargo con la regulación autonómica en esta materia. En Cataluña, la realización de reuniones y manifestaciones en lugares de tránsito público tiene que comunicarse previamente por escrito a la Dirección General de Administración de Seguridad del Departamento de Interior. Esa comunicación debe realizarse con una antelación de entre 10 y 30 días, contemplándose tan sólo un margen mínimo de 24 horas en casos en los que concurran "causas extraordinarias y graves".
Según establece la Ley orgánica de protección de la seguridad ciudadana en su artículo 30, la responsabilidad por las infracciones "recaerá directamente en el autor del hecho" en que consista dicho incumplimiento, quedando exentos los menores de 14 años. En estos casos, la autoridad competente tiene la obligación de ponerlo en conocimiento del Ministerio Fiscal para que lleve a cabo las "actuaciones oportunas".
Cuatro veces identificados
"Los cortes de carreteras, de vías de tren, de calles... Los que lo hacen sabe que no les pasará nada. No hay sanción aunque los identifiquen los Mossos. Se ha denunciado mediante A68 más de cuatro veces a una misma persona y sigue participando en concentraciones…", reprochan funcionarios de la Policía de la Generalitat.
Este modo de proceder contrasta con la actuación que el Cuerpo ha tenido en casos precedentes de concentraciones no autorizadas previamente. Como informó el diario El Punt Avui, en septiembre de 2016 trascendió que el Departamento de Interior de la Generalitat impuso una multa de 500 euros a la Coordinadora en Defensa de la Sanidad Pública de Mataró y el Maresme por la protesta llevada a cabo meses antes, sin permiso y que afectó a los accesos al hospital mataronense.
En la etapa de Felip Puig como conseller de Interior, la Generalitat llegó a imponer una sanción de 4.500 euros a los dos supuestos promotores de una manifestación antifascista que recorrió las calles de Salt (Gerona) en agosto de 2011. Puig justificó aquella multa -anulada dos años después por un juzgado de lo Contencioso-Administrativo al no identificarse en el atestado de los Mossos a los agentes que fueron testigos de los hechos- por la actitud "hostil y agresiva" que habían mostrado los manifestantes y por el hecho de que la concentración no se hubiera comunicado "en los términos y plazos" legales.
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