Gobernaba el país José Luis Rodríguez Zapatero, el Rey no había abdicado aún la Corona en Felipe VI, faltaban tres años para que se constituyera Podemos, Pedro Sánchez era un diputado en Cortes que aún no había leído la tesis doctoral, el Real Madrid lucía en sus vitrinas sólo nueve de las 13 copas que ha ganado hasta hoy en la Champions League y hacía sólo unos meses que había muerto en Lanzarote el escritor portugués José Saramago, autor del celebrado Ensayo sobre la ceguera.
El 19 de enero de 2011, la juez sevillana Mercedes Alaya iniciaba la instrucción del caso ERE, el procedimiento penal que acabó anticipadamente con las carreras políticas de Manuel Chaves y José Antonio Griñán y que ha revelado la existencia de un sistema opaco con el que la Junta de Andalucía -en la etapa socialista- repartió durante una década de manera presuntamente irregular al menos 680 millones de euros en ayudas a empresas en crisis y trabajadores afectados por procesos de reestructuración.
El 19 de noviembre de 2019, casi nueve años después de que se incoaran las diligencias previas 174/2011, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla notificará la primera sentencia -de las muchas que tendrán que llegar- de esta macrocausa: la relativa a la ideación, diseño, organización, establecimiento y mantenimiento del procedimiento específico con el que la Administración andaluza entregó el dinero para los citados fines entre los años 2000 y 2010. Después de 11 meses de espera, Chaves, Griñán y otros 19 acusados conocerán su futuro.
El fallo judicial determinará si la responsabilidad penal se circunscribe a la actuación de "cuatro o cinco golfos", como Chaves describió al inicio de la instrucción en un intento de minimizar la importancia del caso, o si por el contrario una pluralidad de altos cargos se concertaron a lo largo del tiempo para instaurar -primero- y mantener -después- un sistema ilegal con el que consintieron que se sustrajeran los caudales públicos. Esta sentencia marcará el camino y, sin duda, desplegará sus efectos sobre las que se dicten cuando en los próximos años se sometan a enjuiciamiento las cerca de 200 piezas separadas -una por cada ayuda concedida con cargo a la partida 31.L o fondo de reptiles- en las que se desgajó la causa matriz tras la salida de la magistrada Alaya del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla.
Los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía para los que las acusaciones mantuvieron los cargos al término de la vista oral -la Fiscalía terminó retirando la acusación sobre Antonio Estepa, ex secretario general de Hacienda- se enfrentan a una petición de pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de 10 años como presuntos autores de un delito continuado de prevaricación. El castigo solicitado, por tanto, se sitúa en el rango bajo que prevé el Código Penal en su artículo 404 para sancionar a los funcionarios públicos que dictaren resoluciones arbitrarias a sabiendas de su injusticia: de nueve a 15 años.
Malversación: la gran incógnita
El tribunal que ha juzgado la denominada pieza política del caso ERE ha logrado que, al menos hasta ahora, no haya habido filtraciones sobre el tenor de la sentencia que se conocerá este martes. La gran incógnita que se mantiene es si considerará probada la comisión de la malversación, delito por el que la Fiscalía ha acusado a Griñán y a otros 14 de los 21 procesados. En concreto, cuatro ex consejeros (José Antonio Viera, Antonio Fernández, Carmen Martínez Aguayo y Francisco Vallejo), dos ex viceconsejeros (Agustín Barberá y Jesús María Rodríguez Román), dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social (Javier Guerrero y Juan Márquez), dos directores generales del ente público IDEA (Miguel Ángel Serrano y Jacinto Cañete), tres ex secretarios generales técnicos de Empleo (Juan Francisco Sánchez, Javier Aguado y Lourdes Medina) y un ex interventor general (Manuel Gómez Martínez).
El tribunal notifica este martes, un año después de que acabara el juicio y casi 9 desde que se inició el caso, la primera sentencia de los ERE
Por el delito de malversación, el Ministerio Público ha pedido al tribunal que imponga seis años de prisión y 20 años de inhabilitación absoluta a Griñán, el mismo castigo que para otros cuatro acusados. Más que por su etapa como presidente del Ejecutivo autonómico, el reproche penal que formularon los fiscales a José Antonio Griñán se deriva de su etapa como consejero de Economía y Hacienda (2004-2009), responsabilidad que le hacía destinatario del informe con el que la Intervención General alertó en 2005 de que se estaba prescindiendo de manera total y absoluta del procedimiento establecido en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la concesión de subvenciones. En buena manera, ello explica que a él se le imputara también el delito de malversación y a Chaves sólo el de prevaricación.
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Otra decena de encausados se enfrentan a una petición de cárcel más elevada aún: ocho años. Entre éstos se encuentran los ex consejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández y el ex director general Javier Guerrero, el alto cargo que tenía a su cargo la partida 31.L. Guerrero fue uno de los investigados que permaneció en prisión preventiva durante la fase de instrucción, concretamente siete meses en 2012 (del 16 de marzo al 22 de octubre) y dos y medio en 2013 (del 20 de marzo al 5 de junio).
"Desde una perspectiva objetiva técnico-jurídica, considero que al tribunal no se le han dado durante el juicio los mimbres para hacer el cesto de la malversación. Pero si me pongo en un plano más realista, tengo muchas dudas y temores ante la posibilidad de que la Sala se sitúe en línea con la expectación y las presiones sociales, mediáticas y políticas y se arrastre a condenar por este delito", expresa un abogado de las defensas a este diario.
Qué dijo el Supremo en instrucción
El juez que terminó la instrucción de la pieza política del caso ERE y elevó las actuaciones a la Audiencia de Sevilla para su enjuiciamiento, Álvaro Martín, fue más allá que el magistrado del Supremo (Alberto Jorge Barreiro) que instruyó el procedimiento contra los cinco investigados que gozaban de aforamiento por su condición de diputados en Cortes: Chaves, Griñán, Zarrías, Viera y la ex consejera Mar Moreno.
En en el auto por el que el magistrado de la Sala Segunda del Alto Tribunal planteaba mantener la competencia para seguir investigando la causa pese a haber renunciado Griñán nueve días antes como senador y haber perdido el fuero, con el argumento de que tres diputados en Cortes mantenían sus actas y en su opinión la causa era inescindible, Alberto Jorge Barreiro veía indicios de que el ex presidente de la Junta de Andalucía podría haber cometido un delito de prevaricación pero no de malversación, como sí apreciaba Alaya cuando elevó la exposición razonada al Supremo.
El magistrado mantenía que Griñán sabía que el sistema de concesión de las subvenciones era "claramente ilegal en su tramitación" por los informes emitidos por la Intervención pero no apreciaba indicios de que aquél conociera que, con la materialización de dicho procedimiento, "se estuvieran desviando importantes sumas de dinero para procurar el beneficio ilícito de terceras personas". Indiciariamente, Alberto Jorge Barreiro tan sólo apreciaba una actuación malversadora en el caso de José Antonio Viera, máximo responsable andaluz de Empleo entre 2000 y 2004 y uno de los dos firmantes del convenio que dio pie al nacimiento del fondo de reptiles.
"No hubo un gran plan pero sí un gran fraude", resumió Griñán a los periodistas tras declarar durante cuatro horas en el Supremo en 2015
El 9 de abril de 2015, tras declarar como investigado durante cuatro horas en el Tribunal Supremo, José Antonio Griñán pronunció a los periodistas una frase que forma parte de la intrahistoria de este caso. "No hubo un gran plan [para defraudar] pero sí un gran fraude", confesó el entonces senador. Griñán dimitió como presidente de la Junta de Andalucía a finales de agosto de 2013 y a principios de junio de 2016, antes de que el juez dictara auto de procesamiento, se dio de baja del PSOE.
Sea absolutoria o condenatoria, la sentencia que este martes notifique la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla acabará con toda seguridad en el Alto Tribunal. Será ésta la instancia y no el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ante la que se podrá recurrir. La instrucción de esta pieza se inició el 17 de noviembre de 2015 y la disposición transitoria por la que se creó el recurso de apelación es una norma aprobada el 5 de octubre de 2015 –modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales– pero que no entró en vigor hasta el 5 de diciembre de dicho año.
Tardanza de la sentencia
La primera sentencia del caso ERE se notificará a las partes más de 11 meses después de que terminara el juicio. Como presidente del tribunal, el magistrado Juan Antonio Calle lo declaró visto para sentencia el 17 de diciembre de 2018, después de 152 sesiones y de que más de un centenar de testigos desfilaran por la sala de vistas de la Audiencia de Sevilla.
Desde entonces, el ponente ha ido encadenando periodos de dedicación exclusiva para que pudiera dedicar todo el tiempo a la deliberación y redacción del fallo, que triplicará la extensión de la sentencia delprocés (493 páginas) y en el que tendrá que darse respuesta jurídica a hechos sin base jurisprudencial en algunos casos y a la actuación individualizada de los 21 procesados. La sentencia, sin duda, será analizada con lupa.
En su última petición al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado Calle exponía que ya había redactado medio centenar de archivos con hechos probados y fundamentos de derecho, quedándole la integración de dichos fragmentos a fin de que tuviera un "orden congruente" el documento final. Durante el tiempo que el tribunal ha estado deliberando y redactando la sentencia se han celebrado dos elecciones generales (28 de abril y 10 de noviembre).
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