La tardanza en la instrucción del caso ERE abre la puerta a una eventual rebaja de pena por posibles dilaciones indebidas en caso de que el tribunal que ha juzgado a 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía establezca condenas -opción que dan por segura varios abogados defensores con los que ha hablado este diario en los últimos días- en el fallo que se dará a conocer este martes a media mañana.
La Constitución consagra el derecho que tiene todo justiciable a "un proceso público sin dilaciones indebidas", es decir, a que su causa se dilucide en un tiempo prudencial. Para resarcir eventuales desviaciones, el Código Penal prevé en su artículo 21.6 que un hipotético retraso es motivo para que se atenúe la responsabilidad criminal, siempre que la demora no sea atribuible al inculpado y no sea proporcional a la complejidad del caso.
Once meses después de que terminara el juicio, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla sentenciará si los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 19 antiguos cargos públicos de la Administración andaluza cometieron los delitos de prevaricación y/o malversación de caudales públicos que les atribuye la Fiscalía Anticorrupción y las dos acusaciones populares -ejercidas por el PP y el colectivo de funcionarios Manos Limpias- por la ideación, diseño, organización, establecimiento y mantenimiento del procedimiento específico con el que la Junta de Andalucía repartió al menos 741 millones de euros en ayudas a empresas en crisis y trabajadores afectados por procesos de reestructuración entre los años 2000 y 2010.
La sentencia de la llamada pieza política del caso ERE, la primera que se dictará en esta macrocausa desgajada en cerca de 200 ramas y que marcará el camino al resto de hechos que se investigan, se notificará a las partes casi nueve años después de que empezara la tramitación del procedimiento. En concreto, la incoación de las diligencias previas tuvo lugar el 19 de enero de 2011, cuando al frente del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla se encontraba la magistrada Mercedes Alaya (hoy en la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla).
De los 21 ex altos cargos que se han sentado en el banquillo de los acusados, uno se encuentra imputado desde el comienzo de la investigación -concretamente Javier Guerrero, ex director general de Trabajo y Seguridad Social- y otro -Antonio Fernández, ex viceconsejero (2000-2004) y ex consejero andaluz de Empleo (2004-2009)- cuando la tramitación de las actuaciones no llevaba ni dos meses en tramitación.
La sentencia de la pieza política del 'caso ERE' se conocerá casi nueve años después de que la juez Alaya comenzara a investigar los hechos
Guerrero fue llamado al procedimiento en calidad de imputado el 20 de enero de 2011, a raíz de que la Policía Judicial -cuando investigaba las irregularidades en dos ERE financiados por la Junta de Andalucía a Mercasevilla en 2003 y 2007- detectara la existencia de una "trama" que colaba falsos trabajadores (intrusos) en expedientes de regulación de empleo sufragados con dinero público. Semanas antes, el 21 de diciembre de 2010, el ex alto cargo había confesado a los investigadores policiales que la Administración autonómica contaba con un "fondo de reptiles para crisis" a fin de salir en auxilio de empresas que "necesitaban respirar".
Cuando el tribunal notifique este martes la sentencia, habrán transcurrido exactamente 3.225 días (105 meses) desde que Guerrero fue imputado en esta macrocausa, desgajada en piezas separadas a raíz de que la juez María Núñez Bolaños sustituyera a Mercedes Alaya como titular del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla a mediados de junio de 2015 y se aviniera al criterio de Anticorrupción. En este tiempo, Guerrero -éste se enfrenta a una petición de pena de la Fiscalía de ocho años de prisión y 30 de inhabilitación por malversación y prevaricación- ha permanecido en prisión preventiva casi diez meses en dos periodos: del 16 de marzo al 22 de octubre de 2012 y del 20 de marzo al 5 de junio de 2013.
Baja de la juez, falta de medios...
Por su parte, Antonio Fernández está personado en las actuaciones desde el 15 de marzo de 2011, cuando ya había abandonado su responsabilidad de consejero de Empleo y ejercía como presidente del consejo regulador de la Denominación de Origen Jerez-Xérès-Sherry', Manzanilla-Sanlúcar de Barrameda y Vinagre de Jerez. El ex titular de Empleo ha sido el segundo ex alto cargo que permaneció en prisión preventiva durante la fase de instrucción.
La investigación de esta pieza del caso ERE se prolongó hasta el 31 de mayo de 2016, cuando el magistrado Álvaro Martín -en labores de apoyo a la titular del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños- acordó que las diligencias previas continuaran por el trámite del procedimiento abreviado e instó que se presentaran escritos de acusación o el sobreseimiento de la causa.
Javier Guerrero, uno de los principales encausados, conocerá el fallo judicial 3.225 días después de que la juez lo llamara como imputado
Antes, la instrucción había sufrido diversas vicisitudes, como el hecho de que Alaya hubiera permanecido casi seis meses de baja a causa de una neuralgia del trigémino -entre mediados de septiembre de 2012 y principios de marzo de 2013- cuando se encontraba todavía al frente del juzgado, lo que hizo que toda la investigación sufriera un parón. La magistrada también se quejó de falta de medios, lo que le llevó a requerir a la Junta de Andalucía -competente en materia de Justicia- que dotara su juzgado de un escáner y de armarios para guardar la documentación.
La vista oral en la que se ha dilucidado la legalidad del procedimiento específico con el que la Administración autonómica concedió durante una década ayudas para empresas en crisis y el pago de prejubilaciones a trabajadores afectados por procesos de reestructuración arrancó en diciembre de 2017, prolongándose hasta el 17 de diciembre de 2018. Desde entonces permanece vista para sentencia.
El Supremo tendrá la última palabra
La gran incógnita que se mantiene es si la Audiencia de Sevilla considerará probada la comisión de la malversación, delito por el que la Fiscalía ha acusado a Griñán y a otros 14 de los 21 procesados. A diferencia de la prevaricación, que se castiga con inhabilitación, la condena por malversación sí acarrea pena de cárcel.
Con seguridad, la sentencia terminará recurriéndose ante el Tribunal Supremo, bien por parte de las acusaciones en el caso de que haya una absolución masiva o condenas bajas o bien por parte de las defensas en el caso de que el tribunal dé por acreditada que una parte de los encausados tuvo una actuación malversadora en los hechos enjuiciados.
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