El Tribunal General de Unión Europea (TJUE) ha anulado el auto por el que el pasado julio desestimó la aplicación de medidas cautelares que hubiera permitido al expresident de Cataluña Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín ocupar un escaño como eurodiputados en el inicio de sesiones de la nueva Eurocámara el pasado 2 de julio en Estrasburgo (Francia).
El caso deberá ser examinado de nuevo por la corte europea, según ha informado el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un auto de la vicepresidenta del Tribunal General en el que advierte de que la composición del Parlamento europeo "debe reflejar fiel e íntegramente la voluntad de los ciudadanos de la UE".
Así, dice el auto "no cabe excluir" a primera vista que la lista de eurodiputados electos del 13 de junio en la que aparecían Puigdemont y Comín fuera la proclamación oficial de los resultados de las elecciones europeas de mayo.
Mediante el auto dictado hoy, la vicepresidenta del Tribunal de Justicia anula el auto del presidente del Tribunal General y devuelve el asunto a dicho tribunal para que examine de nuevo la demanda de medidas provisionales.
Acatamiento de la Constitución
"Determinar si el juramento o acatamiento de la Constitución forma parte del proceso electoral de los miembros del Parlamento Europeo es una cuestión de Derecho cuya respuesta no salta a la vista, sino que debe ser objeto de un examen en profundidad, que no puede ser hecho por el juez de medidas provisionales", se pronuncia la vicepresidenta del Tribunal de Justicia en su auto.
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