El número dos de la trama Gürtel, Pablo Crespo, ha pedido al Supremo que analice "con todo detalle" el informe que dio pie a la apertura de un expediente disciplinario al juez Julio de Diego -uno de los magistrados que integraron el tribunal que juzgó la primera etapa de la red corrupta- por su comportamiento "inaceptable" durante el juicio antes de resolver el recurso que interpuso contra la sentencia de la Audiencia Nacioanl por la que le condenaron a 37 años y seis meses de cárcel.
En un escrito dirigido a la Sala Segunda, fechado este martes y al que ha tenido acceso El Independiente, la defensa de Crespo -dirigida por el abogado Miguel Durán- considera "fundamental" que el Alto Tribunal Tribunal disponga del informe elaborado por el magistrado Ángel Hurtado sobre la conducta de su compañero de estrado antes de resolver la casación.
Hurtado, presidente del tribunal sentenciador, elevó un informe al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el que afeaba el comportamiento que tuvo Julio de Diego durante la vista oral del caso Gürtel. En concreto, llama la atención sobre el hecho de que se colocara en una posición "más retrasada" que él, que prestara "escasa atención", que "no guardaba la compostura adecuada a las exigencias del juicio", que manejara su teléfono móvil "varias veces" y que llegara a dar cabezadas a la vista de todos en plena sesión.
"Inequívoco desprecio"
El abogado de Pablo Crespo considera que la actitud de De Diego "mal se compadece" con la que debe exigirse a un tribunal que impuso "severísimas penas" a los encausados y cuya sentencia "ha servido para 'derribar' un Gobierno de la nación española", toda vez que el fallo fue la razón esgrimida por el PSOE para promover la moción de censura contra Mariano Rajoy.
En este sentido, Crespo sostiene que el juez fue influenciado por el magistrado José Ricardo de Prada -el tercer integrante del tribunal- para que se citara a declarar como testigo a Rajoy y acudiera físicamente a la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares (Madrid) y para introducir en la sentencia el párrafo esgrimido luego por Pedro Sánchez para justificar la operación política que le permitió alcanzar la Presidencia del Gobierno.
El condenado entiende que el comportamiento exhibido por el juez Julio de Diego no sólo es "incompatible" con los "estándares que imprimió" la Sala Segunda del Tribunal Supremo al enjuiciar a los líderes independentistas en el caso del procés sino que proyecta un "inequívoco desprecio" por uno de los principios esenciales del proceso penal: el de inmediación y contradicción, al "renunciar" el magistrado a seguir "en un estado de rigurosidad y seriedad un litigio de especial dificultad".
"No parece, pues, admisible ni tolerable, conforme a una concepción garantista del proceso penal, que un miembro de un tribunal, en el acto más solemne de un procedimiento, esto es, el acto de juicio oral, haga ostentanción de un flagrante desprecio por lo que allí sucede, cayendo 'ensimismado', si es que quiere recurrirse a dicho eufemismo, cuando lo cierto es que simple y llanamente estaba transitando entre la vigilia y el sueño; el sueño y la vigilia. Buena prueba de ello son las 'cabezadas' (...); cabezadas que por propia definición son los 'movimientos o inclinación que hace con la cabeza quien, sin estar acostado, se adormece", expone.
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