El Tribunal Constitucional ha rechazado los recursos de amparo contra la prisión preventiva de los condenados en la sentencia del procés Jordi Sànchez y Carme Forcadell, presidente de Assamblea Nacional Catalana (ANC) y ex presidenta del Parlament.
En el primero de los casos, el Pleno del Alto tribunal ha avalado la decisión del juez Pablo Llarena y de la Sala de lo Penal del Supremo de mantener en prisión preventiva, comunicada y sin fianza, al líder independentista aunque lo ha hecho con el voto particular de los magistrados Fernando Valdés y Juan Antonio Xiol Ríos. Precisamente estos dos magistrados ya emitieron un voto particular contra la decisión del Tribunal Constitucional sobre el mantenimiento de la prisión preventiva del ex vicepresidente catalán, Oriol Junqueras. Se trató de la primera vez que el Pleno del Constitucional rompía su unanimidad respecto a la "cuestión catalana".
No se vulneraron los derechos de Forcadell
La decisión que sí ha tomado por unanimidad el Pleno del Constitucional ha sido la de corroborar que la prisión preventiva contra la ex presidenta del Parlament, Carme Forcadell, no vulneró sus derechos fundamentales.
Concretamente, la defensa de Forcadell presentó un recurso de amparo en el que consideró que se había vulnerado su derecho a un juez ordinario predeterminado por la ley y a un proceso con todas las garantías y con doble instancia penal puesto que fue juzgada directamente en el Tribunal Supremo sin pasar por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. Los magistrados rechazan su recurso y confirman que el auto del juez instructor Pablo Llarena del 23 de marzo de 2018 que la envió a prisión y el del 17 de mayo de 2018 de la Sala Penal que lo confirmó fueron constitucionales.
El Tribunal Constitucional ha avanzado parte de las dos decisiones, cuya sentencia dará a conocer en los próximos días.
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