Una juez de Tarragona se ha visto obligada a dar archivazo a una de las causas en las que se investigaba el papel desempeñado por los Mossos d'Esquadra durante la jornada del 1-O al no haber formulado acusación la Fiscalía, pese a que ella sí aprecia "indicios de delito" en la conducta de algunos de los imputados.
En un auto fechado el pasado 9 de enero, al que ha tenido acceso El Independiente, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de El Vendrell acuerda el sobreseimiento provisional de las actuaciones que se seguían desde finales de 2017 contra varios mandos y agentes de la Policía de la Generalitat, directores de colegios que se utilizaron como centros electorales y varias personas identificadas por los agentes como responsables en los puntos de votación, entre ellos el entonces alcalde de Torredembarra y otros tres concejales.
La magistrada Tamara Beltrán ha adoptado esta decisión después de dar traslado al Ministerio Público "hasta en tres ocasiones" de las peticiones de sobreseimiento solicitadas por varios investigados para que informara y no obtener respuesta. La Fiscalía ya había solicitado el archivo de otras dos causas (las diligencias previas 420/2017 y 499/2017) relacionadas con el desarrollo de la jornada del 1 de octubre, concretamente la negativa de la Generalitat a la apertura segura de la sede judicial tras el requerimiento de los juzgados de El Vendrell.
De la lectura del auto se infiere que la juez sobresee muy a su pesar, dado que ella sí considera que de las actuaciones investigadas a raíz de denuncias ciudadanas se desprenden indicios de delito. En aplicación del principio acusador por el que se rige el ordenamiento jurídico español, sin acusación no puede seguir tramitando las actuaciones.
Según la instructora, las declaraciones practicadas y la documental obrante en autos sobre el despliegue que la Policía Autonómica diseñó para el 1-O ponen de manifiesto que se enviaron agentes "en número insuficiente" a cada colegio electoral "pese a tener conocimiento de que los mismos se hallaban ocupados" y que desde días se conocía que serían ocupados con el pretexto de llevar a cabo supuestas actividades lúdicas y deportivas.
Una juez de El Vendrell ve indicios de delito pero se ve obligada a sobreseer por la postura del Ministerio Público
"No obstante, pese a ello, los agentes que fueron enviados a los colegios se mantienen en una actitud pasiva y conformista con la situación, tal y como se desprende de varias de las imágenes que se aportan procedentes de redes sociales, apareciendo como meros espectadores pasivos de un hecho declarado ilegal, no siendo en algunos casos capaces ni de rodear el perímetro de las escuelas con intención de buscar algún modo de acceso al interior distinto de la puerta principal, manteniéndose en todo momento dentro de los vehículos o apartados del lugar en segundo plano, sin hacer intentos de ver el interior de los colegios y acomodándose en esa actitud pasiva en la que parecen encontrar amparo en una incorrecta interpretación del principio de jerarquía dentro del Cuerpo de Policía", razona.
La juez deja claro que la "pasividad buscada" convirtió en "ineficaz" el ordenamiento jurídico y el principio de jerarquía normativa constitucional, "claramente superior al principio de jerarquía que en el desempeño de sus funciones como policías les afecta". Expresado en otras palabras, el mandato judicial -el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) había ordenado que se impidiera la consulta tras declararla ilegal el Tribunal Constitucional- estaba por encima a las órdenes que los agentes pudieran recibir de sus superiores en el Cuerpo.
La responsabilidad de los "mandos intermedios"
Con todo, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de El Vendrell que la actuación "cargada de mayor responsabilidad penal" no fue la de los policías que en binomios acudieron aquella jornada a los centros de votación sino los "mandos intermedios" que gestionaron los recursos humanos y materiales aquel día.
"Los tres centros escolares de Torredembarra se encontraban ocupados desde el viernes por la tarde y era manifiesto que no efectuaban actividades extraescolares; esto lo sabían desde Mossos d'Esquadra, pues las noches anteriores al 1 de octubre se realizaron pasadas con los vehículos policiales por los centros escolares, observando los agentes personas acampadas en el interior", describe. Y agrega: "De manera que sabiendo que no había actividades extraescolares programadas para ese fin de semana en ninguno de los colegios, cosa sabida porque los agentes ya se habían entrevistado con los directores de los centros, y apreciando personas en el interior de los mismos las noches previas sin causa justificada por estas actividades extraescolares (se ignora por completo qué puede justificar la permanencia en el interior de un patio de colegio a las 2 a.m.), cabe preguntarse por qué no se procedió al desalojo de los mismos".
La instructora ve "incomprensible" que mandos de los Mossos no mandaran más refuerzos ni intentaran desalojar los colegios la noche anterior
Por ello la instructora entiende que, en aplicación de la orden judicial y la información que en las jornadas anteriores se difundía por las redes sociales, la actuación policial debió haberse llevado a cabo en la madrugada del 1-O y no cuando las escuelas estaban ya ocupadas por multitudes de personas que pretendían que se pudiera llevar a cabo la votación ilegal.
"Teniendo en cuenta toda esta información, aun así, los responsables de la Comisaría de Tarragona en el momento de los hechos no mandaron reforzar esos centros escolares, ni consta intento de desalojo o mediación para ello las noches previas. Resulta incomprensible", censura.
La magistrada considera "manifiestamente insuficiente" el despliegue que la Policía Autonómica llevó a cabo aquella jornada, por cuanto la Comisaría de Tarragona tenía bajo control 48 puntos de votación y una dotación de 110 agentes. "Es a todas luces insuficiente y, sin embargo, de ello no se dio cuenta ni se solicitó refuerzo a Guardia Civil ni Cuerpo Nacional de Policía, que sólo debían actuar a requerimiento de Mossos d'Esquadra, tal y como se había constituido a tal efecto", critica.
Actividades extraescolares "sin permiso"
La juez no acierta a comprender por qué "no se actuó" si se conocía de antemano la pretensión de ocupar los colegios electorales, la ausencia de actividades extraescolares oficiales del colegio para ese fin de semana de otoño y los llamamientos para llevar a cabo actividades lúdicas en las escuelas "no justificadas" y "sin permiso".
"Pese a ello, y obrando prueba de todo en la causa, el Ministerio Fiscal omite cualquier pronunciamiento cuando se le solicita informe por dos veces acerca de si considera que la causa han de continuar o si se solicita su archivo y una tercera en el traslado de la solicitud última de sobreseimiento recogida. Tal omisión debe considerarse en sentido negativo", zanja.
En relación con la responsabilidad de los directores de los centros educativos, la titular del Juzgado de Instrucción 3 de El Vendrell considera "irresponsable" que hubieran sido avisados por los Mossos el viernes acerca de la orden judicial por la que tendrían que estar cerrados durante el fin de semana y "no se molestaran en comprobar si el colegio "del que son máximos responsables era o no ocupado".
Igualmente, la juez intuye que el ex alcalde y los concejales imputados pudieron poner en marcha una "estrategia" con la que, a cambio de cooperar con el cierre de uno de los puntos de votación (L'Antina), buscaban "salvaguardar la apertura de los otros dos centros".
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