El juez de vigilancia penitenciaria de Valladolid, Florencio de Marcos, ha acordado que Iñaki Urdangarin, el cuñado de Felipe VI que cumple condena en la cárcel de Brieva (Ávila) por el caso Nóos, tenga concedidas dos salidas de prisión al mes en fin de semana.
El titular del Juzgado de Vigilancia ha dictado un auto en el que acepta parcialmente un recurso presentado por Urdangarin y le mantiene en la clasificación de segundo grado (la mayoritaria entre los presos) aunque acepta aplicar el principio de flexibilidad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario (el mismo por el que se ha permitido a los líderes del procés condenados salir de la cárcel a diario para trabajar) de forma que, además de las tres salidas semanales ya aprobadas por el juez al amparo del artículo 117 del mismo reglamento, tendrá dos salidas de fin de semana cada mes.
La Administración impuso el "aislamiento"
La decisión estima parcialmente un recurso de Urdangarin contra su clasificación e insiste en que no fue él quien eligió el centro y la forma de vida en "aislamiento" (puesto que la cárcel es femenina y solo tiene un módulo para él) sino que "habrían sido impuestas por la Administración por razones de seguridad y para preservar la vida e integridad del penado".
De ahí que el auto del juez justifique la aplicación a Urdangarin de aspectos propios del tercer grado, como son las dos salidas de fin de semana al mes, en la "excepcionalidad de la situación de aislamiento impuesta (cuarto caso en toda la historia del sistema penitenciario actual) y la imposibilidad de implementar un programa especial de tratamiento que no pueda ejecutarse de otra forma. De hecho, conviene destacar que en veinte meses de cumplimiento no se ha adoptado por la Administración medida alguna al respecto", se dice en la resolución.
No podrá ir a Ginebra con la infanta
Lo que sí rechaza el juez es la petición del cuñado del Rey para desplazarse de manera excepcional a Ginebra, lugar de residencia de su esposa, la infanta Cristina, y sus hijos, durante alguna de las salidas de fin de semana o permisos de salida debido al principio de territorialidad de la Ley Penal. Además, recuerda al recurrente que está cumpliendo una pena privativa de libertad.
La medida acordada por el juez no será efectiva, sin embargo, hasta que sea firme. La Fiscalía, que se opuso al último recurso presentado por Urdangarin contra su clasificación, podrá recurrir la decisión del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria ante la Audiencia de Palma que dictó sentencia, y no contra la de Ávila.
Si el Ministerio Fiscal recurre, será el órgano sentenciador el que resuelva. El Juzgado cree que la aplicación de este precepto "afecta a la clasificación y no se trata de una mera cuestión regimental", por lo que cree que ha de pronunciarse en última instancia no la Audiencia de Ávila sino la que le condenó en su día.
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