La sala del Tribunal Supremo que juzgó el caso del procés independentista en Cataluña ha advertido este martes a la Generalitat que la excarcelación de los líderes independentistas por la pandemia de coronavirus podría enmarcarse en un delito de prevaricación. La Consellería de Justicia ha anunciado esta misma mañana su intención de aplicar a los presos amparados en el artículo 100.2 del reglamento penitenciario el mismo criterio que a los de tercer grado y excarcelarlos para permitir que cumplan el confinamiento sanitario en sus domicilios.
La portavoz del Govern, Meritxell Budó, ha argumentado tras conocerse la advertencia del Tribunal Supremo que ha sido el Ministerio del Interior el que ha abierto la puerta a aplicar esta medida de confinamiento penitenciario a los presos amparados por el artículo 100.2 para rebajar la densidad en las cárceles. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias del Estado "ha dictado que todos los presos con medidas de flexibilidad con el 100.2 pueden pasar a confinamiento en domicilios" ha asegurado Budó tras la reunión del Consell Executiu.
La base legal, una orden del Ministerio de Interior
"Esa es la base legal" en la que se ampara la Conselleria de Justicia para dar la orden a las juntas de tratamiento para que se pueda estudiar la excarcelación de los 405 reclusos en cárceles catalanas que actualmente tienen concedidas esas medidas de flexibilización en base al artículo 100.2 del reglamento penitenciario. Una tesis que ha apoyado la ministra portavoz, María Jesús Montero, al afirmar hoy que la salida o no de los líderes independentistas es una medida que "son las juntas de tratamiento" de las prisiones correspondientes las que deben determinar la situación de cada interno.
Sin embargo, en una nota remitida por su gabinete de prensa, el alto tribunal señala que en el caso de que la Junta de Tratamiento de las cárceles donde se encuentran los presos de la causa del 'procès' acuerde su excarcelación para cumplir el confinamiento en sus respectivos domicilios, ese órgano se dirigirá a cada de esas juntas de régimen general y al director o directora de los centros respectivos para que a la mayor brevedad expliquen el fundamento jurídico que justifica esa decisión e identifiquen de forma nominal a los funcionarios que han apoyado ese acuerdo.
"Ello se enmarcaría en la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación", añade la nota, que se emite después de que la consejera de Justicia de la Generalitat, Ester Capella, haya asegurado que las juntas de tratamiento de las cárceles catalanas estudiarán este martes si los presos que cumplen condena por el 1-O pueden seguir con su confinamiento en sus casas debido a la crisis sanitaria por el Covid-19.
Según el anuncio de la Generalitat, las prisiones catalanas empezarán hoy mismo la revisión de los 405 presos clasificados con un 100.2. Durante la semana se celebrarán en todas ellas juntas de tratamiento extraordinarias para revisar estos casos. En todos aquellos en los que se opte por el confinamiento domiciliario la medida será «de aplicación inmediata», añaden desde la Conselleria. Una medida desde los entornos de los condenados por el 1-O ya habían pedido ayer públicamente.
«Se trata de un procedimiento sin intervención de la Secretaría de Medidas Penales. La decisión va directa a la mesa del juzgado de vigilancia penitenciaria» correspondiente, añaden para eximir de la decisión a los cargos «políticos» del departamento de Justicia. Y el juzgado será el responsable de informar a la Fiscalía para que se posicione sobre cada caso, antes de que el juzgado decida si ratifica o rechaza cada propuesta de excarcelación. En caso de recurso, la última instancia es la audiencia de la demarcación, añade Justica, que adverte que «el recurso no suspende la aplicación» de esta medida.
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