El retraso sistemático y crónico en la tramitación de los procedimientos penales tras el impacto del covid-19 se ha transformado en su práctica paralización. Incluso los trámites escritos que no necesitan de la presencia física del abogado ni del procurador ni de nadie, al cursar telemáticamente mediante Lexnet, se han detenido en aplicación de las normas dictadas por el Gobierno y los acuerdos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Han llegado los juzgados penales al punto que siempre era considerado por mi capitán –hice la ‘mili’– como un imposible metafísico. Cuando alguien expresaba alguna queja en plena marcha o ante alguna orden, él para reconfortar a la tropa gritaba muy convencido ‘¡No se quejen!’, a lo que seguía su argumento irrebatible: ‘Cualquier situación, por difícil que sea, es susceptible de empeorar’. En la Justicia Penal, después del confinamiento, habremos alcanzado una situación que ya es imposible de empeorar.
Incluso sin el consuelo de mi capitán, de nada valdrá quejarse. No hay mal que por bien no venga y, así como todos ordenamos la mesa cuando ya no encontramos la pluma, pudiera ocurrir que sea el momento de afrontar una transformación de nuestra Justicia Penal que desde hace décadas viene siendo inaplazable.
De modo similar a cómo las Fuerzas Armadas dejaron atrás unos modos, un estilo y una configuración inapropiada por desfasada y sus miembros cambiaron la tertulia en la sala de oficiales por el gimnasio, los conciliábulos por los encuentros con militares de otros países y la exacerbacion emocionada de viejos lemas por la mejor cualificación técnica en dispositivos y medios de última generación, nuestra Justicia Penal tiene que cambiar de siglo y superar un modelo nacido a finales del siglo XIX. Las especialísimas circunstancias que vivimos y la necesidad de hacer frente a una situación impensable para todos, incluso para mi capitán, pudiera paradójicamente ofrecer la oportunidad para dar paso de una vez a un nuevo sistema penal.
Ante esta tragedia mundial que cambiará todo, hagamos de la necesidad virtud. Menos Derecho penal pero más efectivo y justo; ésa es la vacuna"
No es sitio ni momento para diseñar un nuevo modelo de Justicia Penal, pero sí para aportar dos ideas que bien pudieran ser fundamentos sobre los que construirlo.
La primera idea central de una Justicia Penal del siglo XXI debiera ser la drástica reducción del campo de relaciones y conflictos a los que a día de hoy se pretende dar una respuesta penal. En tanto que esta idea de un ‘Derecho penal mínimo’ pueda traducirse en un nuevo Código Penal, podriamos empezar por intentar un ejercicio más limitado y prudente de la acción penal pública. Defiendo la imposición y desarrollo de un criterio restrictivo en la apertura de los procedimientos penales y en la decisión de formular acusación. Si estamos de acuerdo con el refrán popular de que “quien mucho abarca poco aprieta”, concluiremos que una política criminal que imponga una acción penal rigurosa, limitada sin sentido práctico, ajustada y realista lejos de provocar impunidad tendrá el resultado contrario.
La segunda idea fundacional se refiere a la re-distribución de funciones: sólo el fiscal puede preparar su acusación con agilidad y sentido práctico; sólo el juez puede ejercer de árbitro y ofrecer la garantía del juego limpio con unas mismas reglas de juego para todas las partes. Quienes teman la influencia del Gobierno en los procedimientos si el fiscal es instructor sepan que, a día de hoy, quien instruye es la Policía. Y quienes asocien más garantías a un incremento de la impunidad, sin necesidad de disquisiciones filosóficas o de ética social, recuerden que es la falta de medios y el traslado de todos los conflictos al juzgado penal -con el consiguiente atasco total- lo que más conviene al delincuente.
Ante esta tragedia mundial que cambiará todo, hagamos también en el juzgado penal de la necesidad virtud. Menos Derecho Penal pero más efectivo y justo. Ésa es la vacuna.
José María Calero Martínez es abogado penalista.
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