Los familiares de muertos durante la pandemia del coronavirus en España (15.843 este viernes) podrán solicitar ante juzgados de instrucción esclarecer los hechos de su fallecimiento, como contemplan las leyes españolas, para lo que un juez podría autorizar la exhumación de los cadáveres. Expertos en Derecho Penal consultados por El Independiente consideran que las reclamaciones de este tipo se acumularán a partir de ahora en los juzgados de instrucción mientras los plazos procesales están suspendidos.
Sin embargo, aclaran que el deseo de aclarar si un familiar murió por coronavirus o por otra causa no es, en ningún caso, suficiente para iniciar una investigación. Para que un juzgado de instrucción decida abrir unas diligencias penales por causa de fallecimiento será necesario que encuentre indicios de criminalidad tras la muerte, entre los que se puede incluir el abandono o el maltrato.
La normativa permite el desenterramiento
A pesar de que el coronavirus ya es considerado pandemia mundial, que una persona haya dado positivo por Covid-19 antes de morir no sería impedimento para exhumar su cadáver en caso de que un juez lo acordara, según la normativa.
La última versión (6 de abril) del documento técnico de Sanidad para el manejo de cadáveres de casos de Covid-19 clasifica a éstos en el Grupo II del Reglamento de Policía Sanidad Mortuoria de 1974. Éstos sí pueden ser exhumados, a diferencia de los del Grupo I, en el que se encuentran aquéllos "cuya causa de la defunción represente un peligro sanitario como es el cólera, viruela, carbunco, ébola (...) o los cadáveres contaminados por productos radiactivos", según la citada normativa.
El documento técnico del manejo de cadáveres redactado por el Gobierno durante la crisis del coronavirus especifica que "dado que el cadáver puede constituir un riesgo biológico, se proponen algunas medidas adicionales para su manejo en base a la información existente y a las recomendaciones aplicables a nivel internacional", pero no pone impedimentos a la exhumación.
Residencias de ancianos o dependientes
La abogada penalista Beatriz de Vicente recuerda en conversación telefónica con este diario el principio de intervención mínima del Derecho Penal español, que implica que únicamente hay que recurrir a éste cuando fracase el resto de modos de protección y que las sanciones penales deben limitarse a lo imprescindible.
Sólo progresarán las investigaciones en casos puntuales de ancianos, personas dependientes o discapacitados que murieron porque sufrieron maltrato o abandono
La letrada considera que "sólo progresarán las denuncias de familiares que sospechen que hubo una infracción del deber de cuidado detrás de la muerte. Es decir, casos puntuales de ancianos, personas dependientes o discapacitados que murieron porque sufrieron maltrato o abandono".
En este sentido, De Vicente cree que "aunque haya un aluvión de denuncias, los juzgados de instrucción archivarán todas las que no presenten indicios de criminalidad". "Las familias deberán justificar sus sospechas (incluso con vídeos) para que se entienda que hubo una voluntad en ese maltrato (dolo en el derecho penal) o una clara imprudencia (culpa)", explica.
Esa necesidad de presentar indicios claros, incide, "se acrecienta en una situación de emergencia sanitaria como la provocada por el coronavirus". La abogada recuerda que en las investigaciones por presunta negligencia médica se valora si los responsables sanitarios actuaron conforme a lex artis. Es decir, si hicieron lo que correspondía y tenían los medios para poder hacerlo. "¿Quién va a pedir una investigación contra cualquier sanitario en esta crisis si están haciendo todo lo que pueden con los medios de que disponen para luchar contra el virus, incluso exponiéndose ellos mismos al peligro?", reflexiona.
"La desconfianza es habitual en el duelo"
En similares términos se manifiesta el abogado Eduardo Ranz, quien considera muy probable que haya multitud de peticiones de investigación para esclarecer las causas de muertes durante la pandemia porque "la desconfianza es un sentimiento habitual en el proceso de duelo", traslada a este diario.
El abogado penalista explica que los familiares de los fallecidos tendrían que presentarse en un primer momento ante el juzgado de instrucción para solicitar una investigación "como mínimo con el certificado de defunción, la documentación con las circunstancias concretas del enterramiento facilitado por la funeraria, así como el certificado médico de fallecimiento" en el que se describe la causa inmediata, intermedia y fundamental de la muerte.
En toda España, las fiscalías provinciales ya han abierto más de 20 investigaciones alrededor de residencias de ancianos por la alta mortalidad durante la crisis del coronavirus. La Fiscalía General del Estado anunció una investigación tras denunciar el Ministerio de Defensa que miembros de la Unidad Militar de Emergencias encontraron ancianos fallecidos conviviendo junto a otros en estos centros. Finalmente, la fiscal general Dolores Delgado archivó dichas diligencias al desarrollar cada provincia las suyas, que informarán de su avance a la Fiscalía General.
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