El Gobierno no da los nombres del comité de técnicos que le ha asesorado para decidir qué territorios pasan a la fase 1 de desescalada de restricciones contra el coronavirus. Pero este silencio parece tener poco recorrido. Dos leyes distintas, la de Transparencia y la General de Salud Pública, obligan a dar publicidad a los comités que hagan recomendaciones sanitarias. De ahí que expertos en Derecho Sanitario no entiendan por qué oculta el Gobierno dicha información.
Más allá de eso, juristas indican a El Independiente que si alguna de las comunidades autónomas a las que el Ministerio de Sanidad comunique que no pasa de fase (como ya ha sido el caso de Madrid) recurre la decisión por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Supremo, eso obligaría al Gobierno a hacer público el expediente que sostienen tal decisión, incluyendo el nombre de los técnicos que lo redactaron.
El ministro de Sanidad, Salvador Illa, indicó esta semana que quienes han decidido el paso de una fase a otra bajo razones "cualitativas" forman parte del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES) bajo la dirección de Fernando Simón y la directora general de Salud Pública, Pilar Aparicio.
Sin embargo, en una de las ruedas de prensa para informar sobre la evolución del virus, Simón rechazó indicar quiénes son los 12 expertos que componen el comité alegando las "presiones" a las que podían someterse: "No les voy a dar nombres de ninguna persona. Las presiones que sufre cualquier persona de la que se da el nombre por parte de la sociedad y de los medios de comunicación acaban haciendo muy difícil que puedan trabajar con la suficiente libertad", afirmó. Sí indicó que este equipo ha trabajado estrechamente con las direcciones generales de Salud Pública de cada comunidad autónoma para tomar las decisiones.
"El Gobierno tendrá que rectificar"
Con esta decisión de ocultar información que denunciaron tanto el Partido Popular como Vox en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados, el Gobierno incumple dos leyes.
La Ley General de Salud Pública, en su artículo 11, establece que "será pública la composición de los comités o grupos que evalúen acciones o realicen recomendaciones de salud pública, los procedimientos de selección, la declaración de intereses de los intervinientes, así como los dictámenes y documentos relevantes, salvo las limitaciones previstas por la normativa vigente".
Igualmente, los artículos 14 y 15 de la Ley de Transparencia establece que el derecho de los ciudadanos al acceso a dicha información pública sólo quedará restringido cuando suponga un perjuicio para la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores o la seguridad pública, causas que no parecen concurrir en este caso.
Francisco Lavale, abogado experto en Derecho Sanitario, considera que "no hay ningún motivo para que el Gobierno mantenga en secreto el nombre de los expertos que componen este comité", por lo que cree que no debería ser necesario que las comunidades recurrieran el paso de una fase a otra ante el Supremo para darlo a conocer.
Cree que "igual que en ocasiones anteriores, cuando cerró el portal de Transparencia y ocultó la información de contratos sanitarios, el Gobierno tendrá que rectificar porque sabe que se está equivocando". El experto recuerda que los responsables de Sanidad podrían enfrentarse incluso a la inhabilitación por incumplir la transparencia que requieren estas leyes.
Si los responsables de Sanidad no hacen públicos esos nombres, el experto ve posible que cualquiera de los recursos que las comunidades autónomas presenten contra la desescalada por la vía contencioso-administrativa incluya el requerimiento para que esa información se de a conocer.
"Debe existir una orden ministerial"
Carlos Sardinero, también doctor en Derecho experto en el ámbito sanitario que formó parte de una comisión de expertos con el Gobierno anterior, explica que no sería necesario llegar a resolver la cuestión por medio de un recurso.
"Debe existir una orden firmada por el ministro de Sanidad en la que se nombrara a dicho comité de expertos, debe estar publicada en el Boletín Oficial del Estado y se le habrá entregado en mano a los expertos. Si no, la decisión sería ilegal", traslada.
Sardinero recuerda que la publicidad que exigen este tipo de nombramientos y decisiones también exige que el Gobierno aclare si el informe de los expertos es vinculante para tomar la decisión de las fases de desescalada y si en éste los miembros del comité tomaron la decisión por unanimidad o con discrepancias. También repara en que los miembros de dicho comité, aunque sean cargos de libre designación, deben ser seleccionados entre expertos de reconocido prestigio en la materia de estudio.
"Esto no es ningún secreto de Estado. Si no se hace público, los ciudadanos podrían sospechar, incluso, que este comité no existe, pues estas decisiones exigen publicidad como marca el principio rector del artículo 105 de la Constitución Española dentro del Estado Social y Democrático de Derecho que somos", explica el experto.
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